Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 70296
Aprobación inicial de la modificación puntual del PGOU Local, referida a la nueva formulación de la norma 115 “zona de servicios” con especial incidencia en la ordenación relativa al ámbito de la concreta zona de suelo calificado de industria artesanal (IA), comúnmente denominado “Can Berenguer” (Exp. 22/2026)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Visto el expediente de modificación puntual del PGOU Local, referida a la nueva formulación de la norma 115 “zona de servicios” con especial incidencia en la ordenación relativa al ámbito de la concreta zona de suelo calificado de industria artesanal (IA), comúnmente denominado “Can Berenguer”, el Pleno en sesión ordinaria de fecha 29 de enero de 2026, ha adoptado el acuerdo que, en su parte dispositiva, se transcribe a continuación:

Primero. Aprobar inicialmente la modificación puntual del PGOU local, referida a la nueva formulación de la norma 115 “Zona de Servicios”, con especial incidencia en la ordenación relativa al ámbito de la concreta Zona de suelo calificado de Industria Artesanal (IA), comúnmente denominado “Ca'n Berenguer”, reproducida en la documentación técnica elaborada en fecha 06.01.2026 por técnico arquitecto competente, Sr. Jaume X.Luis Salas, y compuesta concretamente de: (i) memoria informativa y justificativa, (ii) planos de información y ordenación, (iii) normas urbanísticas modificadas, (iv) estudios económicos (estudio económico financiero, que a la vez incorpora la sostenibilidad y viabilidad económica) y, finalmente también, (v) informe técnico justificativo de no sujeción de la el artículo 12.5 del D.Leg. 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las I.B; el conjunto de todo ello íntegra y debidamente validado por los servicios municipales después de ser contrastados con las normas y planes de aplicación y con el interés público.

Segundo. Someter a información pública el expediente administrativo de referencia, junto a toda la documentación descriptiva y gráfica citada en el ordinal anterior y resumen ejecutivo, por plazo de treinta (30) días, mediante anuncio en el BOIB (https://ajpollenca.net/ca/exposicio-publica/modificacio-pgou90-qualificacio-industria-artesanal-can-berenguer), la sede electrónica municipal (www.ajpollenca), www.ajpollenca, y para una mejor difusión, en uno de los periódicos de mayor circulación de la isla y en el tablón de anuncios municipal, quedando a disposición de cualquier persona que quiera examinarlo. Durante el mismo plazo podrán formularse las alegaciones pertinentes.

Tercero. Solicitar, en su caso, durante el plazo de información pública antes dicho, informe de cada una de las administraciones o de las entidades cuyas competencias puedan verse afectadas, y en todo caso el informe previo para la aprobación definitiva del órgano con competencias urbanísticas del Consejo Insular de Mallorca, en el trámite que dispone el primer párrafo del artículo 55.6 de la LU.

Cuarto. Hacer constar que el presente Acuerdo comporta la suspensión de la tramitación y aprobación de planes de desarrollo, de instrumentos de gestión, así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas para áreas o usos determinados, y la posibilidad de presentar comunicaciones previas, que entren en contradicción con la modificación de planeamiento inicialmente aprobada.

Lo que se hace público para general conocimiento.

 

Pollença, en fecha de la firma electrónica (30 de enero de 2026)

El alcalde Martí X. March Cerdà