Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 68265
Resolución por la que se modifica parcialmente la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 10 de noviembre de 2025 por la cual se conceden las subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Islas Baleares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (PITEIB PF) en la parte que afecta al expediente PF_PITEIB-503/2024
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Hechos
1. El 26 de diciembre de 2023 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU) (BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023).
2. En fecha 2 de abril de 2024, con núm de registro GOIBE202810/2024, ALEJANDRO ESTEBAN COLACELLI presentó documentación para acogerse a las ayudas por convocatoria de subvención para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como a de renovables térmicas, promovidas para personas físicas.
3. El 5 de octubre de 2025 se emitió un informe técnico. Este informe concluye «Dado que la documentación presentada es conforme con el contenido de convocatoria, informo favorablemente a que se dicte la propuesta de resolución provisional con una cuantía de subvención de 1.650,00 Euros».
4. En fecha 16 de octubre de 2025 se publicó, en el BOIB núm. 137, la propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, y posteriormente, en fecha 13 de noviembre de 2025, se publicó en el BOIB núm. 150 la resolución definitiva del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, por las cuales se conceden las subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (PITEIB PF), mediante las cuales se concedía a ALEJANDRO ESTEBAN COLACELLI una subvención de 1.650,00 euros, autorizándose y disponiéndose a su favor este gasto con cargo a la partida presupuestaria 2025/G/731A01/78000/00/19701/MR052.
5. El 9 de diciembre de 2025, en la fase de justificación, el señor ALEJANDRO ESTEBAN COLACELLI presentó una documentación con el NIE ***7291*. Igualmente, aportó un documento de la Dirección General de la Policía según el cual; «Consultado el Registro Central de Extranjeros de la Dirección General de la Policía sobre ALEJANDRO ESTEBAN COLACELLI (...) consta que tiene asignado el NIE ****7291*». En la actualidad es titular del DNI: ***5650**, figurando como ALEJANDRO ESTEBAN COLACELLI RAMOLLINO por adquisición de la nacionalidad española».
6. En fecha 27 de enero de 2026, los servicios técnicos de la DG de Energía y Cambio Climático emitió un informe técnico respecto a la subvención otorgada a ALEJANDRO ESTEBAN COLACELLI, según el cual: «Una vez comprobada que el solicitante ALEJANDRO ESTEBAN COLACELLI ha adquirido la nacionalidad española con anterioridad a la presentación de la documentación de solicitud con su NIE, y verificando que es la misma persona tal y como consta en el documento policial adjuntado al expediente de PF_PITEIB 503/2024, procede publicar modificación de la resolución que concede la ayuda indicando el DNI **5650** y nombre ALEJANDRO ESTEBAN COLACELLI RAMOLLINO».
7. El ejercicio presupuestario 2025 se encuentra cerrado, teniendo que continuar la tramitación de esta subvención a cargo del 2026 en el que existe crédito adecuado y suficiente.
8. A nivel contable, se ha cerrado el expediente CONCE a cargo de 2025 del expediente indicado (PF_PITEIB-503/2024) y abierto un nuevo CONCE a cargo del 2026 (CONCE 0000001216/2026).
Fundamentos de derecho
1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).
5. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB núm. 72, de 24 de mayo de 2008 ).
6. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia .
7. El Real decreto 451/2022, de 14 de junio, por el que se regula la concesión directa de ayudas destinadas a la financiación de estrategias de energía sostenible para les Illes Balears y Canarias, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se enmarca en el Plan de Recuperación, presentado por el Gobierno el 21 de abril de 2021 y aprobado por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021.
8. El Real decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.
9. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU) (BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023).
Por todo ello, dicto lo siguiente
Resolución
1. Modificar parcialmente la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de 10 de noviembre de 2025 por la cual se conceden las subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como a de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (PITEIB PF), en la parte que afecta al expediente PF_PITEIB-503/2024, del que es titular el Sr. ALEJANDRO ESTEBAN COLACELLI RAMOLLINO, con NIF ***5650**.
2. Aprobar la concesión de una subvención de 1.650,00 euros, concedidos por la Resolución de concesión de 10 de noviembre de 2025 (BOIB núm 150, de 13 de noviembre de 2025), a ALEJANDRO ESTEBAN COLACELLI RAMOLLINO con NIF ***5650**, número de expediente y CONCE indicados a la tabla siguiente:
|
Beneficiario |
NIF |
Expediento |
CONCE |
|
ALEJANDRO ESTEBAN COLACELLI RAMOLLINO |
***5650** |
PF_PITEIB-503/2024 |
0000001216/2026 |
3. Autorizar y disponer el gasto de 1.650,00 euros por el beneficiario indicado en el punto anterior a cargo de la partida presupuestaría de 2026.
4. Autorizar y disponer el gasto 1.650,00 euros con cargo a la partida presupuestaria G/731A01/78000/00/19701/MR052 de los presupuestos de 2026.
5. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes contando desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, fecha de la firma digital (28 de enero de 2026)
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm. 97, de 24/07/2025)