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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE FELANITX

Núm. 63942
Delegación en la EBAP de las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir dos vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la Policía Local y de las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de Policía Local

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Texto

El pleno del Ayuntamiento de Felanitx, en sesión extraordinaria y urgente de día 27 de enero de 2026, adoptó el acuerdo siguiente:

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS EN LA EBAP PARA LA ADHESIÓN AL PROCESO UNIFICADO DE SELECCIÓN DE POLICÍAS LOCALES

Primero. De acuerdo con lo establecido en el anejo I de la Resolución de la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local publicada en el BOIB núm 171, de 25 de diciembre de 2025, por la que se aprueba la convocatoria para que los ayuntamientos deleguen en la Escuela Balear de la Administración Pública las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía, delegar la gestión del proceso selectivo de dos vacantes de la categoría de policía local del cuerpo del Ayuntamiento de Felanitx, en favor de la consejería competente en materia de coordinación de policías locales mediante el EBAP, así como también delegar las competencias siguientes:

a) Aprobar las bases y la gestión del proceso selectivo, que será el único para cada isla. La delegación incluye las competencias para adoptar las resoluciones necesarias para llevar a cabo la convocatoria y aprobar las bases y el proceso selectivo, sin que suponga la alteración de la titularidad de la competencia atribuida a cada ayuntamiento.

b) Llevar a cabo todos los actos materiales y jurídicos que integren el procedimiento de oposición según las bases de la convocatoria, y las normas sobre policías locales y función pública aplicables.

Estos actos son, como mínimo, los siguientes:

  • Recepcionar y gestionar las solicitudes de participación y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como el cobro de las tasas que se prevén en la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

  • Elaborar las resoluciones de las listas, tanto las provisionales como las definitivas, de las personas admitidas y excluidas en los procedimientos.

  • Gestionar el operativo necesario para el desarrollo material de los ejercicios.

  • Notificar y publicar los actos administrativas y las resoluciones relacionadas con el proceso selectivo.

  • Determinar la composición del tribunal calificador, nombrar a sus miembros y resolver las posibles recusaciones.

  • Proponer la adjudicación de destinaciones de los aspirantes que superen la oposición para que el ayuntamiento correspondiente los nombre personal funcionario en prácticas.

  • Las demás actuaciones que sean necesarias para el funcionamiento normal del proceso selectivo, incluidas las resoluciones de reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que, si caben, se presenten y que deriven de la fase de oposición del proceso selectivo, con la colaboración jurídica del Instituto de Seguridad Pública de las Illes Balears.

La delegación no incluye las reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que se presenten en relación con la fase de prácticas en el municipio que se tendrá que desarrollar en cada ayuntamiento.

Esta delegación se podrá llevar a cabo para cubrir, en propiedad, dos vacantes de la categoría de policía local del cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Felanitx.

Segundo. Facultar a la alcaldesa del Ayuntamiento de Felanitx, Catalina Soler Torres, a realizar todos los trámites necesarios para hacer efectivo este acuerdo”.

Felanitx, documento signado electrónicamente (28 de enero de 2026

La alcaldesa Catalina Soler Torres)