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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 64167
Delegación de competencias del proceso unificado de selección para cubrir vacantes de categoría de policía local del Ayuntamiento de Manacor

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Texto

Por Decreto de Alcaldía núm. 2026-0583, de 28 de enero de 2026, se ha resuelto lo siguiente:

"Antecedentes y fundamentos de derecho

1. La Resolución de la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local por la que se aprueba la convocatoria para que los ayuntamientos deleguen en la Escuela Balear de Administración Pública las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos 171, de 25 de diciembre de 2025.

2. La propuesta de la delegada de Recursos Humanos de 26 enero de 2026.

3. El informe de la técnica de administración general de 27 de enero de 2026.

4. El artículo 30.1 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, dispone que corresponde a los ayuntamientos la competencia para la selección de nuevo ingreso, la promoción y la movilidad del personal de los cuerpos de policía local y de los policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local, de acuerdo con las policías locales.

El tercer apartado del artículo 30 establece que los ayuntamientos pueden pedir al Gobierno de las Islas Baleares la convocatoria y ejecución de los procesos selectivos.

El artículo 188 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares regula la asunción de la convocatoria de las plazas vacantes y la realización de los procesos selectivos por delegación del ayuntamiento correspondiente a favor de la consejera competente en materia de coordinación de policías locales, mediante la Escola Balear d'Administració Pública.

Asimismo, el apartado 3 del mismo artículo dice que las entidades locales podrán delegar en la conselleria competente en materia de policías locales la competencia para la convocatoria y gestión de todo o parte de los procesos selectivos

La Resolución de la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local publicada en el BOIB 171, de 25 de diciembre de 2025 regula la convocatoria dirigida a los ayuntamientos para establecer esta colaboración mediante la delegación por parte de los ayuntamientos interesados ​​a favor del Gobierno, para que la EBAP convoque y seleccione la personal.

RESOLUCIÓN

1. Delegar a la consejera competente en materia de coordinación de policías locales mediante la EBAP, la gestión del proceso selectivo de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local, en los términos establecidos en la Resolución de la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno Cooperación Local publicada en el BOIB 171, de 25 de diciembre de 2025.

Esta delegación se condiciona a llevar a cabo la aprobación, publicación y comunicación a la EPAB de la oferta pública de empleo hasta la fecha máxima de 6 de febrero de 2026.

Las competencias que se delegan con este acuerdo:

a) la aprobación de las bases y la gestión del proceso selectivo así como la adopción de las resoluciones necesarias para llevar a cabo la convocatoria y aprobar sus bases y el proceso selectivo, sin que ello suponga la alteración de la titularidad de la competencia atribuida al ayuntamiento.

b) la realización de los actos materiales y jurídicos que integran el procedimiento de oposición según las bases de la convocatoria, y las normas sobre policías locales y función pública de aplicación.

 

Estos actos son, como mínimo, los siguientes:

  • Recepcionar y gestionar las solicitudes de participación y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como el cobro de las tasas que se prevén en la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
  • Elaborar las resoluciones de las listas, tanto provisionales como definitivas, de las personas admitidas y excluidas en los procedimientos.
  • Gestionar el operativo necesario para el desarrollo material de los ejercicios.
  • Notificar y publicar los actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo.
  • Determinar la composición del tribunal calificador, nombrar a sus miembros y resolver las posibles recusaciones.
  • Proponer la adjudicación de destinos de los aspirantes que superen a la oposición para que el ayuntamiento correspondiente los nombre personal funcionario en prácticas.
  • El resto de actuaciones que sean necesarias para el normal funcionamiento del proceso selectivo, incluidas las resoluciones de reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que, en su caso, se presenten y que deriven de la fase de oposición del proceso selectivo, con la colaboración jurídica del Instituto de Seguridad Pública de las Illes Balears.

La delegación no incluye las reclamaciones y recursos potestativos de reposición que se presenten en relación con la fase de prácticas en el municipio que deberá desarrollarse en cada ayuntamiento.

Las plazas que deben convocarse en base a esta delegación son 8 plazas correspondientes a las ofertas públicas de Empleo del Ayuntamiento de Manacor de los años 2025 y 2026.

2. Publicar esta delegación en el BOIB.

3. Dar cuenta de esta delegación al próximo Pleno para su ratificación."

 

Manacor, (firmado electrónicamente: 29 de enero de 2026)

La 2ª teniente de alcalde y delegada genérica del Área de Recursos Humanos y Turismo (Decreto 2025-2652, de 16/05/2025. BOIB n.º 64 de 22/05/2025) Antònia Llodrà Brunet