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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CAMPOS

Núm. 62426
Bases que regirán la convocatoria de la prueba de aptitud para la obtención del permiso municipal de autotaxi de Campos del año 2026

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Texto

La alcaldesa del Ayuntamiento de Campos ha dictado, en fecha de 27 de enero de 2026, la siguiente resolución, que se hace pública por el general conocimiento:

“Decreto de alcaldía

Antecedentes

1. Atendida la provisión de batlia del Ayuntamiento de Campos que figura al expediente, en la cual se dispone la emisión de los informes correspondientes por los servicios técnicos para la convocatoria de la prueba para la obtención del permiso de autotaxi, así como una propuesta de bases que tienen que regir la correspondiente prueba de aptitud.

2. Atendido el informe propuesta emitido por la técnica de administración general, por el cual se expone la legislación aplicable, el contenido mínimo de las pruebas así como se proponen unas bases que regirán la prueba de aptitud correspondiente.

Legislación aplicable

1. Artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las bases del régimen local-de ahora en adelante, LRBRL-.

2. Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.

3. Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Islas Baleares.

4. Reglamento municipal regulador del servicio de transporte público urbano de viajeros con vehículos de turismo (autotaxis) (BOIB número 68 de 2 de junio de 2018).

Por todo esto, y en virtud de las competencias conferidas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, reguladora de las bases de régimen local, tengo a bien dictar la siguiente,

Resolución

Primero.- Aprobar las bases que regirán la convocatoria de la prueba de aptitud para la obtención del permiso municipal de autotaxi de Campos del año 2026, con el siguiente tenor literal:

Bases específicas que regirán la convocatoria ordinaria de la prueba de aptitud para la obtención de permiso municipal de Autotaxi de Campos

Primera.- Objeto de la convocatoria

Es objeto de estas bases la definición de los requisitos y condiciones que tienen que regir la realización de las pruebas de aptitud para obtener el permiso municipal de auto tase del Ayuntamiento de Campos, así como el desarrollo de la prueba de aptitud.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes

De acuerdo con el establecido en el artículo 11 del Reglamento Municipal regulador del servicio de transporte público urbano de viajeros con vehículos de turismo -autotaxis- (BOIB número 68 de 2 de junio de 2018), para obtener el permiso municipal de taxista, el interesado o interesada tendrá que reunir, en la fecha de finalización del plazo para presentar las instancias, los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del carnet de conducir que proceda en función del tipo de vehículo adscrito a la licencia de autotaxi (permiso de circulación B).

b) Conocer de forma suficiente y adecuada el término municipal de Campos, los itinerarios entre los diferentes núcleos de población y los lugares principales, las normas de tráfico, circulación vehículos a motor y seguridad vial, el Reglamento municipal de autotaxi y el resto de normas relativas al servicio de autotaxi.

c) No sufrir enfermedad o impedimento físico o psicológico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión (se tendrá que acreditar después de superar la prueba, mediante certificado médico de aptitud).

d) Además, en virtud del establecido a la ordenanza fiscal reguladora de la tasa para la expedición de documentos administrativos, se tendrá que satisfacer, dentro del plazo de presentación de instancias, una tasa por importe de quince (15) euros en concepto de derechos de examen.

Esta tasa se tiene que satisfacer en el momento de presentación de las instancias, sin que en ningún caso se pueda satisfacer con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de las mismas.

 El abono de los derechos de participación tendrá que ser satisfecho a la siguiente cuenta bancaria:

ES60 2100 0089 5902 0000 0142 (CaixaBank)

En el concepto se tendrá que incluir el documento de identidad de la persona aspirando, así como la indicación de la prueba a la cual se quiere participar (Prueba auto-taxi 2026).

Tercera.- Forma y plazo de presentación de instancias

Las instancias para participar a la presente convocatoria se tendrán que presentar, según el modelo normalizado que figura al Anexo Y de estas bases, dirigidas a la Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Campos, dentro del plazo de manantial (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de las bases específicas al Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Las instancias se podrán presentar ante el registro general de entrada del Ayuntamiento de Campos, ubicado en la Plaza Mayor, 1 (07630 Campos), o por cualquier de los medios admitidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Si el último día del mencionado plazo es inhábil, el plazo se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

Además, para tomar parte a la prueba de aptitud, las persones aspirantes tendrán que presentar la siguiente documentación:

  • Copia simple del documento nacional de identidad o NIE, según corresponda - anverso y reverso-.
  • Modelo de solicitud de participación y de declaración responsable de cumplimiento de todos los requisitos establecidos a la convocatoria, según consta al Anexo I.
  • Justificando de pago de la tasa de 15 euros expuesta al epígrafe segundo.

La falsedad en los datos que se hagan constar en la solicitud o en la documentación anexa siempre y cuando determine la carencia de los requisitos para participar en la convocatoria, comportará la exclusión inmediata de la persona solicitante desde el momento en que se advierta, sin perjuicio de las medidas legales que correspondan.

Los aspirantes quedarán vinculados a los datos que se hagan constar en su solicitud. El domicilio y teléfono que figuren en la misma se considerarán válidos a efectos de notificaciones, y será responsabilidad exclusiva de los candidatos tanto los errores descriptivos, como la no comunicación durante la convocatoria de cualquier cambio en los datos de la solicitud.

Cuarta.- Admisión de las personas aspirantes

Una vez finalizada el plazo de presentación de solicitudes, la batlia de este Ayuntamiento dictará resolución por la cual declarará aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas.

Esta resolución se publicará al tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Campos y al portal de transparencia, otorgándose un plazo de tres días hábiles para que las personas interesadas presenten las alegaciones que consideren oportunas o enmienden su solicitud, excepto el pago de la tasa, que no podrá ser enmendado y su carencia determinará la exclusión.

Las posibles reclamaciones o alegaciones, si hubiera, serán aceptadas o rechazadas en la resolución que apruebe la relación definitiva de personas de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se hará pública del mismo modo que la relación anterior. Conjuntamente con esta resolución, se publicará el lugar, fecha y hora de la realización de la prueba.

Los sucesivos anuncios de la convocatoria se publicarán al tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Campos.

Quinta.- Comisión evaluadora

La Comisión evaluadora de la prueba estará constituida por los siguientes miembros:

Presidente/a titular

Marta Juárez Villalonga, Técnica de administración general del Ayuntamiento de Campos

President/a suplente

Daniel J. Mendo Romero, Técnico de administración general del Ayuntamiento de Campos

Vocal titular

Jaume Mas Rigo, Jefe accidental de la Policía Local del Ayuntamiento de Campos

Vocal suplente

Miguel Fernández Oliver, Oficial de Policía Local

Secretario/a titular

Aina Ferrer Claro, Técnica de administración general del Ayuntamiento de Campos

Secretari/a suplente

Joana Maria Llull Martí, Administrativa del Ayuntamiento de Campos

La Comisión evaluadora será colegiada y su composición se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de los suyos y sus miembros, procurando así mismo la paridad entre mujer y hombre.

La pertenencia a la Comisión evaluadora será siempre en título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

La Comisión evaluadora no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, ni sin presidente/a ni secretario/aria, y sus decisiones se adoptarán por mayoría.

La Comisión evaluadora estará facultada para resolver las dudas interpretativas que pudieran derivarse de la presente convocatoria.

La abstención y la recusación de los miembros de la Comisión evaluadora se regirá por los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y por los artículos 22 y 23 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Las decisiones adoptadas por el tribunal se pueden recorrer en las condiciones que establece el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Sexta. Contenido de las pruebas de aptitud

Para la evaluación de la aptitud de los aspirantes, se realizará única una prueba que consistirá en:

  • Prueba tipo test con un total de 30 preguntas, con tres opciones a señalar, siendo solo una de estas correcta. Cada pregunta correcta se valorará con uno (1) punto. Las preguntas incorrectas no restarán ningún punto. Será requisito mínimo para superar la prueba contar con un mínimo de quince (15) puntos.

La duración de la prueba será de 45 minutos.

Los conocimientos sobre los que versará la prueba son los estipulados en el artículo 11 del Reglamento Municipal regulador del servicio de transporte público urbano de viajeros con vehículos de turismo -autotaxis- (BOIB número 68 de 2 de junio de 2018), que sueño:

  • Conocimiento sobre el término municipal de Campos (principales calles, travesías, rondas, hoteles, locales públicos de recreo, oficinas municipales y lugares de especial interés turístico y cultural y otros).
  • Principales itinerarios entre los diferentes núcleos de población y/o los lugares de interés cultural y turístico (entre otros, se podrá solicitar sobre los itinerarios más directos).
  • Conocimiento de las normas de tráfico, sobre circulación vehículos a motor y seguridad vial.
  • Conocimientos sobre el Reglamento Municipal regulador del servicio de transporte público urbano de viajeros con vehículos de turismo -autotaxis- y el resto de normas relativas al servicio de autotaxi (Entre otros, la Ley 4/2014, de 20 de junio de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Islas Baleares).

Durante la realización de la prueba, no se permitirá la consulta de ningún tipo de documentación ni cabe otro tipo de elemento de consulta digital.

Séptima.- Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento

La Comisión evaluadora elevará una relación provisional de los aprobados por orden de puntuación a la Presidenta de la corporación, que procederá a su publicación a la sede electrónica de l‘Ayuntamiento de Campos y en el portal de transparencia municipal.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contadores desde el día siguiente a la publicación de los resultados provisionales a la sede electrónica, para presentar alegaciones, reclamaciones o solicitudes de revisión de la prueba.

Una vez resueltas las alegaciones existentes, se elaborará la relación definitiva de personas aspirantes aptos del Ayuntamiento, siendo esta publicada en la sede electrónica de l‘Ayuntamiento de Campos y al portal de transparencia municipal.

Finalizado el anterior plazo, y dictada resolución de la Presidenta de la corporación por la cual se aprueba la lista definitiva de aspirantes aptos, estos tendrán que aportar, ante el Ayuntamiento, dentro del plazo de diez días hábiles contadores desde el día siguiente en la publicación del anuncio correspondiente, de la siguiente documentación:

  • Certificado médico acreditativo de no sufrir enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite la realización de la profesión
  • Dos fotografías de carné.
  • Copia auténtica del carné de conducir exigido para el ejercicio de la profesión – permiso B-.

A los aspirantes que dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación o de la misma se dedujera que carecen de algún requisito exigido, no se los expedirá el permiso municipal.

Octava.- Recursos

Contra la convocatoria y las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por parte de las personas interesadas o bien recurso potestativo de reposición, a interponer ante esta Batlia, en el plazo de un mes desde su publicación al Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente y de forma alternativa, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con el establecido en los artículos mencionados y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, a interponer ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la publicación al Boletín Oficial de las Islas Baleares de la presente convocatoria.

Segundo.- Publicar la convocatoria en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Campos, al portal de transparencia municipal y al Boletín Oficial de las Islas Baleares.”

 

(Firmado electrónicamente: 27 de enero de 2026

La alcaldesa Francisca Porquer Manresa)​​​​​​​

Documentos adjuntos