Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA
Núm. 57120
Resolución de aprobación de la convocatoria del programa «Estancias Hoteleras en Mallorca para Personas Mayores marzo 2026» del Departamento de Presidencia del Consell Insular de Mallorca
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Antecedentes
1. La Dirección Insular de Promoción Sociocultural del Consell Insular de Mallorca, en el marco de las atribuciones que tiene asignadas y de acuerdo con su programa de actividades, ofrece un programa consistente en estancias en hoteles de Mallorca para las personas mayores, formado por dos (2) turnos, a partir de los sesenta (60) años, potenciando de esta forma las políticas de oferta sociocultural diversa con la finalidad de abarcar y cubrir las necesidades e intereses de toda la ciudadanía.
2. El 19 de enero de 2026, los servicios jurídicos de Promoción Sociocultural han emitido informe favorable sobre el programa «Estancias Hoteleras en Mallorca para Personas Mayores marzo 2026».
Fundamentos de derecho
- De acuerdo con el artículo 70.18 de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, la promoción y animación sociocultural es competencia propia del Consell Insular de Mallorca.
- La Ley 6/1994, de día 13 de diciembre, de atribución de competencias en los consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes, establece que estos asumirán todas las competencias que habían sido asumidas por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de promoción sociocultural y de animación sociocultural.
- El Real decreto 4101/1982, de 29 de diciembre, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado en el Consell General Interinsular de les Illes Balears, en materia de cultura, determina las competencias que se transfieren en materia de asistencia social y promoción sociocultural.
- La redacción vigente del Decreto de la Presidencia, de 28 de julio de 2023, por el cual se establecen las competencias de los departamentos del Consell Insular de Mallorca modificado en el BOIB núm. 94, de 17 de juliol de 2025 i en el BOIB núm. 97, de 24 de juliol de 2025 asigna al Departamento de Presidencia, entre otros, las relativas a la promoción, organización y fomento de las actividades socioculturales relativas al sector de las personas mayores y al asociacionismo.
Con la organización y el desarrollo del programa «Estancias Hoteleras en Mallorca para Personas Mayores marzo 2026» se pretende, en el marco del programa de actividades destinadas a este colectivo, potenciar el establecimiento de nuevas relaciones e intercambios y a la vez suscitar un aliciente por la acción y estimular la atención, la reflexión y la memoria y, en definitiva, fomentar el envejecimiento activo entre la población de la isla.
Resolución
Por todo esto resuelvo:
1. Iniciar el procedimiento y aprobar la convocatoria del programa «Estancias Hoteleras en Mallorca para Personas Mayores marzo 2026» que se adjunta como Anexo y en el cual se determinan los requisitos para la selección de las personas participantes.
2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y en el Tablón de Anuncios de la Sede electrónica del Consell Insular de Mallorca.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la publicación. El recurso se puede interponer formalmente ante este consejero ejecutivo/consejera ejecutiva o ante el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación de este recurso.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin recibir la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se podrá interponer el recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante lo anterior, se podrá interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (21 de enero de 2026)
El consejero executivo de Bienestar Social Guillermo Sánchez Cifre por suplencia del consejero executivo de Presidencia (Decreto de Presidencia de día 28 de julio de 2023, BOIB núm. 106, de 29 de julio de 2023)
ANEXO Convocatoria del programa «Estancias Hoteleras en Mallorca para Personas Mayores marzo 2026»
1. Contenido
La Dirección Insular de Promoción Sociocultural del Consell Insular de Mallorca, en el marco de las atribuciones que tiene asignadas y de acuerdo con su programa de actividades, ofrece un programa consistente en estancias hoteleras en Mallorca para las personas mayores, formado por dos (2) turnos, a partir de los sesenta (60) años, potenciando de esta forma las políticas de oferta sociocultural diversa con la finalidad de abarcar y cubrir las necesidades e intereses de toda la ciudadanía.
En este sentido, se considera importante, desde el ámbito de la promoción y animación sociocultural, impulsar una oferta sociocultural diversa y de calidad en una sociedad cada vez más heterogénea social, económica y culturalmente. Las propuestas culturales formuladas en términos sociales son primordiales para estimular el intercambio entre las culturas locales y contribuir al desarrollo comunitario.
Por todo ello, se deben activar estrategias adecuadas a las necesidades e intereses de cada uno de los diferentes colectivos, entre las que destacan el desarrollo de programas interculturales y la diversificación de la oferta sociocultural.
Con la finalidad que las personas mayores, mayor de 60 años, tenga acceso a las estancias promovidas, esta convocatoria pública fija las bases y las condiciones necesarias de planificación, estructura y participación del programa «Estancias Hoteleras en Mallorca para Personas Mayores marzo 2026».
2. Características de las estancias
La Dirección Insular de Promoción Sociocultural tiene previsto, como despliegue de sus políticas de promoción, organización y desarrollo de programas interculturales y de diversificación de la oferta sociocultural en el ámbito de las personas mayores, la organización de las «Estancias Hoteleras en Mallorca para Personas Mayores marzo 2026».
Para esta finalidad se ha realizado la contratación administrativa de este servicio.
El desarrollo de estas estancias aporta distracción, favorecen nuevas relaciones e intercambios al tiempo que suscitan un aliciente por la acción y estimulan la atención, la reflexión y la memoria y, en definitiva, fomentan el envejecimiento activo entre la población de la isla.
3. Estructura
3.1. Duración y fechas para el año 2026
Esta actividad se llevará a cabo en 2 turnos, con una duración de 3 días y 2 noches por cada turno, en las siguientes fechas:
- Primer turno: Del 23 al 25 de marzo de 2026.
- Segundo turno: Del 25 al 27 de marzo de 2026.
De los tres (3) días, habrá dos (2) días dedicados en la práctica de actividades adaptadas a los perfiles y capacidades de los participantes. También se prevén durante los dos (2) primeros días, actividades dinamizadoras, de animación y de cohesión de grupo con monitores especializados en ocio educativo.
3.2 Número de plazas
El número de participantes a los cuales se ofrece la actividad es de 1.000 personas. Para cada turno se ofrecerán 250 plazas que sumadas a las 250 para las personas acompañantes de estas, supone que cada turno estará formado por grupos de 500 personas.
La selección de los participantes se hará por medio de sorteo público, y cada persona que resulte beneficiaria del sorteo, dispondrá de una plaza de acompañante, el cual también tendrá que reunir los requisitos establecidos en esta convocatoria para ser beneficiario.
No se puede participar en las estancias de forma individual, sin acompañante.
Las 250 primeras personas formarán parte del primer turno y las 250 siguientes conformarán el segundo turno.
El resto de las personas participantes no seleccionadas formarán parte de la lista de espera.
Las personas que resulten beneficiarias del sorteo, y los respectivos acompañantes, sólo podrán disfrutar de la participación en uno de los dos turnos de las estancias.
3.3. Requisitos de las personas destinatarias
Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Residentes en la isla de Mallorca
- Edad: tener 60 o más años, en la fecha de realización de la preinscripción
3.4 Precio y gastos sufragados
El Consell Insular aportará una parte significativa de los gastos asociados a las estancias, aligerando así la carga económica sobre los participantes:
- El 75% del coste será sufragado por la Dirección Insular de Promoción Sociocultural a la entidad que resulte adjudicataria del contrato de servicio de las estancias.
- El 25% restante del coste, así como el importe de la ecotasa, será sufragado por las personas que resulten beneficiarias del sorteo. Este importe se cuantifica en 84,10 euros (IVA incluido) por persona.
El precio total del programa «Estancias Hoteleras en Mallorca para personas mayores marzo 2026» incluye:
- Estancia en el hotel Blau Colonia de St. Jordi de cuatro estrellas, con habitación doble, y los servicios necesarios para una adecuada confortabilidad.
- El régimen de estancia será de todo incluido. Los menús serán variados con opciones de platos fríos y calientes y se elaborarán teniendo en cuenta las características de los usuarios.
Asimismo, estarán preparados en condiciones de calidad y calorías apropiadas, debiendo contener un equilibrio dietético en cuanto a la utilización de carnes, pescados, verduras, etc. Para las personas que lo requieran por sus condiciones de salud y previo justificante médico dispondrán de un régimen dietético adecuado.
- Las comidas incluidas se inician con la cena del primer día y acaban con la comida del día de la salida.
- Seguro de responsabilidad civil y de accidentes.
Cualquier actividad o gasto adicional fuera del programa, que supongan un coste adicional al ya contratado, no serán sufragados por el Consell de Mallorca e irán a cargo de las personas beneficiarias.
El programa incluye la programación y las siguientes actividades:
El primer día, los participantes se presentarán en el hotel aproximadamente entre las 15,00 h y las 17,00 h. Una vez realizado los trámites de check-in en el hotel, se prevé tiempo libre hasta la hora de la cena. Después de cenar habrá actividades de animación (baile, música en directo, etc.) con una duración mínima de 2 horas respetando la limitación horaria municipal para actividades de este tipo.
El segundo día, aproximadamente de las 10 h a las 12 h y de las 16,00 h a las 18,00 h, se realizarán actividades de animación sociocultural, adaptadas a los perfiles y capacidades de los participantes, al menos ocho de las siguientes propuestas:
- Senderismo
- Yoga
- Gimnasia
- Torneo de truc
- Baile en línea
- Baile de salón
- Sevillanas
- Danzas del mundo
- Baile de bot
- Pilates
- Nordic Walkin
- Bingo musical
- Juegos de mesa
- Charlas dirigidas al colectivo de las Personas Mayores
Después de cenar habrá actividades de animación (baile, música en directo, etc.) con una duración mínima de 2 horas respetando la limitación horaria municipal para actividades de este tipo.
El tercer día, aproximadamente de las 10 a 12 h, se realizarán las actividades de animación sociocultural, indicadas para el día anterior.
Finalmente, la hora de salida del hotel y, en consecuencia, la finalización de la estancia, con check-out late, será después de comida hasta las 18:00 aproximadamente.
Cada una de las actividades tendrá una duración mínima de 50 minutos excepto la de senderismo que tendrá una duración de 2 h y, además, sólo se llevará a cabo de 10-12h.
El Departamento de Presidencia podrá realizar las modificaciones oportunas de las actividades de animación sociocultural y tengan relación con el perfil de los beneficiarios de las estancias.
4. Trámites
4.1 Solicitud de preinscripción para el sorteo
- La solicitud de preinscripción para el programa de estancias hoteleras se tiene que realizar obligatoriamente a través de la Sede electrónica del Consell de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net) y accesible a través de la web oficial de Promoción Sociocultural del Consell de Mallorca (https://web.conselldemallorca.es/dinamitzacio-sociocultural).
- Se tiene que rellenar un formulario predeterminado para este proceso.
- El plazo de preinscripción será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOIB hasta el 15 de febrero de 2026 (ambos incluidos).
En caso de que un mismo participante presente más de una solicitud de preinscripción, únicamente se tendrá en cuenta la última solicitud presentada, siempre que cumpla con los requisitos establecidos por la convocatoria.
Son motivos de exclusión:
- Falsedad de los datos aportados con la solicitud.
- Incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en esta convocatoria.
- No realizar la preinscripción a través del procedimiento habilitado al efecto o hacerlo fuera de plazo.
El hecho de formalizar la solicitud de preinscripción no garantiza obtener una plaza, sólo dará opción a formar parte de la lista provisional de admitidos para participar en el sorteo.
4.2 Listado de preinscripciones admitidas
Finalizado el plazo de preinscripción, se publicarán los listados de los participantes admitidos y excluidos, en la Sede electrónica (https://seu.conselldemallorca.net) y en la web de Promoción Sociocultural del Consell de Mallorca
(https://web.conselldemallorca.es/dinamitzacio-sociocultural).
A cada participante admitido se le asignará un número de acuerdo con el orden del registro de entrada de las solicitudes, que servirá de referencia para el sorteo.
De acuerdo con la normativa sobre protección de datos, la publicación de todos los listados de esta convocatoria se hará con la identificación exclusiva del DNI/NIE/pasaporte de las personas participantes.
4.3 Sorteo de adjudicación de plazas
Publicado el listado definitivo de los preinscritos se realizará un sorteo, que será público y tendrá lugar en la sede del Consell Insular de Mallorca (calle Palau Reial, 1 de Palma). El día y la hora del sorteo se publicará con los listados de preinscripciones admitidas.
Quedará totalmente prohibido el cambio de turno de estancia una vez adjudicada una plaza del sorteo.
El procedimiento consistirá en extraer un número aleatorio de entre todos los números asignados a los participantes en la lista definitiva de admitidos que establecerá el orden de adjudicación (a partir del número extraído siguiendo los números consecutivos hasta completar las plazas disponibles). La asignación del turno se realiza según el orden de adjudicación hasta completar las plazas de cada turno.
El resultado del sorteo, con indicación del turno correspondiente, se publicará en la Sede electrónica (https://seu.conselldemallorca.net) y en la web Promoción Sociocultural del Consell de Mallorca (https://web.conselldemallorca.es/dinamitzacio-sociocultural).
4.4 Lista de adjudicación de plazas
En la lista resultante del sorteo se indicarán los datos de la empresa adjudicataria encargada de la organización del programa «Estancias Hoteleras en Mallorca para Personas Mayores marzo 2026».
Las personas que resulten beneficiarias del sorteo, y los respectivos acompañantes, sólo podrán disfrutar de la participación en uno de los cuatro turnos de las estancias.
4.5 Proceso de inscripciones
Una vez publicado el resultado del sorteo, la empresa organizadora se pondrá en contacto con los participantes seleccionados, mediante el teléfono y/o correo electrónico aportado en el proceso de preinscripción, a efectos de cumplimentar el formulario de inscripción, indicar los datos del acompañante escogido por la persona beneficiaria y presentar la documentación requerida para ambos participantes, así como realizar el pago de 168,20 euros, equivalente al 25% del total del precio de las dos plazas y el importe de la ecotasa.
Las personas seleccionadas dispondrán de un plazo de tres (3) días naturales para presentar la documentación requerida y para hacer el pago a la empresa encargada de gestionar las estancias en los hoteles.
La documentación que se debe aportar a la empresa organizadora, tanto de la persona beneficiaria como del acompañante escogido, es la siguiente:
a. Copia del DNI/NIE/pasaporte
b. Justificante de pago
c. Certificado de residencia por viajes
La falta de presentación de los documentos exigidos y el error o falsedad de estos puede dar lugar a la exclusión del listado de participantes y puede ser causa de penalización para participar en convocatorias siguientes.
Igualmente, será motivo de exclusión del listado de participantes, que la persona beneficiaria no presente a un acompañante o que tanto la persona beneficiaria como el acompañante ya hayan participado en otro turno de las estancias.
Si dentro del plazo establecido no se presenta toda la documentación requerida o no se realiza el pago, el participante quedará excluido, sin que tenga derecho a la devolución de la cuantía entregada.
4.6 Lista de espera
Los participantes que no hayan obtenido plaza pasarán a formar parte de una lista de espera según el orden resultante del sorteo que servirá para cubrir las plazas que queden vacantes. Esta lista de espera se publicará en la sede electrónica (https://seu.conselldemallorca.net) y en la web oficial de Promoción Sociocultural del Consell de Mallorca (https://web.conselldemallorca.es/dinamitzacio-sociocultural).
En este caso, el participante en lista de espera que pase a obtener plaza será avisado telefónicamente o al correo electrónico que ha hecho constar en la hoja de preinscripción. En caso de que no responda dentro de las primeras 24 horas, perderá el derecho a reserva de plaza y se avisará a la siguiente persona de la lista.
Si el interesado acepta la plaza, dispondrá de 24 horas para entregar toda la documentación requerida y realizar el pago. Si dentro de este plazo no se presenta toda la documentación o no se realiza el pago quedará excluido.
4.7 Renuncias eventuales y devolución de la cuantía entregada
Cuando por causas no imputables a los participantes y no sea debido a causas de fuerza mayor o caso fortuito, y estas estancias en hoteles no se lleven a cabo, se procederá a la devolución del importe abonado.
Antes del inicio de la actividad, el interesado únicamente tendrá derecho a la devolución de la cantidad abonada, cuando concurra una cuestión médica debidamente justificada. No se tendrá derecho a la devolución en el resto de los supuestos.
4.8 Información sobre los datos de carácter personal
En cumplimiento de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, las personas participantes dan el consentimiento en el tratamiento de los datos personales incluidos en la solicitud con la finalidad de gestionarlas. Se informa de que los datos recogidos constarán en unos o más ficheros gestionados por la Dirección Insular de Promoción Sociocultural y la empresa adjudicataria del servicio de las estancias.
La empresa encargada del servicio de las estancias hoteleras tiene la consideración de encargado del tratamiento de los datos y está obligado al cumplimiento de la normativa aplicable al respecto. Sólo puede hacer uso de estos para la actividad concreta.
Las personas participantes tienen derecho a acceder a la información que las afecta, rectificarla si es errónea, cancelarla u oponerse al tratamiento de los datos facilitados, dirigiéndose por escrito a la Dirección Insular de Promoción Sociocultural del Consell de Mallorca.
4.9 Responsabilidad
En el caso de comportamiento inadecuado de las personas participantes en las estancias, que den lugar a actuaciones, multas o sanciones por parte de las autoridades competentes, serán de responsabilidad exclusiva personal de estas personas.