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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN

Núm. 48606
Resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, por la que se autoriza el cambio de adscripción de unos espacios del edificio de la calle Felicià Fuster, 7 de Palma (edificio periférica) a favor de la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

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Texto

Hechos

1. La Comunidad Autónoma de las Illes Balears es titular de una serie de espacios ubicados en el edificio situado en la calle Felicià Fuster, 7 de Palma, cuyo uso es compartido con la Administración del Estado.

2. La titularidad de estos espacios deriva del Real Decreto 994/2022, de 29 de noviembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de ordenación y gestión del litoral. Según la relación núm. 1 del Real Decreto, se transfirieron, entre otros, los espacios siguientes, que en conjunto suponen el 6,24% de la superficie total del edificio:

  • Archivo: 40,8 m²
  • Oficina: 185,82 m²
  • Zonas comunes: 136,15 m²
  • Seis plazas de garaje

3. La distribución concreta de los espacios quedó recogida en el plano de ubicación incorporado al Acta de entrega, de fecha 21 de julio de 2023, firmada entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, que se adjunta como anexo 1 de esta Resolución.

4. Los espacios transferidos constan de alta en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears con el número de activo AF 100000019122 y están adscritos a la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua, competente en materia de costas y litoral, de acuerdo con el Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. Según la información del Servicio de Patrimonio, los espacios destinados a oficinas no han sido ocupados por personal de la Comunidad Autónoma desde su recepción; igualmente, las plazas de aparcamiento no se han utilizado, excepto una, y el espacio destinado a archivo aún está ocupado por el Ministerio.

6. El 13 de enero de 2026 tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio una memoria justificativa del secretario general de la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social mediante la cual solicita la adscripción de todos los espacios de los que la Comunidad Autónoma es titular situados en la segunda planta del edificio, así como de cinco plazas de aparcamiento, a favor de la Dirección General de Función Pública y Diálogo Social con la finalidad de ubicar la sede de la Inspección General de Calidad, Organización y Servicios de esta Dirección General, dado el vencimiento del contrato de arrendamiento de las oficinas que ocupa actualmente.

7. De acuerdo con el procedimiento de desadscripción establecido en el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, de desarrollo de la Ley 6/2001, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, debe notificarse la resolución de inicio a la consejería de adscripción para que pueda formular las alegaciones que considere oportunas en el procedimiento de cambio de adscripción.

8. El 15 de enero de 2026 la secretaria general de la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua ha remitido escrito en respuesta a la notificación de la Resolución de inicio del expediente de referencia mediante el cual comunica que, dado que los espacios solicitados no son utilizados por su consejería, no presenta alegación alguna para que se lleve a cabo el cambio de adscripción de estos espacios a favor de la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 24 y 88 c) de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 24 de abril).

2. Los artículos 28, 29 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre de 2005) y el resto de disposiciones aplicables.

3. Decreto 9/2023, de 10 de julio, modificado parcialmente por el Decreto 8/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears.

4. Decreto 56/2023, de 21 de julio, por el que se dispone el nombramiento de altos cargos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB núm. 103, de 22 de julio).

5. Decreto 7/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, de modificación del Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 89, de 12 de julio).

6. Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91, de 14 de julio).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Ordenar el cambio de adscripción de los despachos ubicados en la segunda planta del edificio situado en la calle de Felicià Fuster, 7 de Palma (en adelante, edificio de la periférica), con referencia catastral 1196503DD7719E0001UB, así como de las plazas de aparcamiento número 31, 32, 33, 34 y 35 actualmente adscritas a la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua a favor de la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social.

2. Indicar que la adscripción de todos los aparcamientos de titularidad de la Comunidad Autónoma ubicados en el edificio podría ser revisada en el momento en que los despachos de la primera planta se ocupen por personal de la Comunidad Autónoma o por cualquier otra situación que así lo requiera. En este caso, se valoraría una posible redistribución de las plazas de aparcamiento, de manera proporcional al personal incorporado y de acuerdo con las necesidades del servicio.

3. Por la naturaleza de la adscripción, queda expresamente prohibido llevar a cabo cualquier acto de disposición, cesión, arrendamiento, subarrendamiento o cualquier otro acto de naturaleza análoga, restrictivo del dominio y la posesión.

4. La adscripción atribuye a la Consejería beneficiaria las facultades de uso, gestión y administración vinculadas al ejercicio de una finalidad competencial concreta, sin alterar la titularidad, la calificación o el régimen jurídico de los bienes y derechos adscritos.

5. Especificar que la superficie adscrita queda de la manera siguiente:

Sótano

Superficie

primera Planta

Superficie

Segunda planta

Superficie

Superficie adscrita

ocupación

Consejería del Mar y del Ciclo del Agua

Archivo

40,8 m2

Oficinas

30,7 m2

 

 

114,9 m2

36,14 %

Aparcamiento núm. 21

15 m2

28,4 m2

Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social

Aparcamientos núm. 31, 32, 33, 34 y 35

75 m2

 

 

Oficinas

20,1 m2

28,7 m2

14,1 m2

15,1 m2

16,5 m2

15,2 m2

18,3 m2

203 m2

64,46 %

6. Los espacios de titularidad de la Comunidad Autónoma representan el 6,24% de la superficie total del edificio. La titularidad del resto de espacios corresponde a la Administración del Estado, por lo que la Comunidad Autónoma debe asumir los gastos de funcionamiento y mantenimiento del edificio en proporción a este porcentaje. Dado que los espacios de titularidad de la Comunidad Autónoma están compartidos entre las dos consejerías, éstas deberán acordar un mecanismo específico de reparto de los costes correspondientes y, en caso de no llegar a ningún acuerdo, el reparto se establecerá en función de su porcentaje respectivo de ocupación.

7. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.​

8. Publicar la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.​

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Economía, Hacienda e Innovación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (21 de enero de 2026)

La directora general Susana Pérez Sánchez

Documentos adjuntos