Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 43555
Acuerdo del Consell Executiu del Consell Insular d’Eivissa, en relación con el encargo de gestión a FECOEV, M.P. para la producción técnica y ejecución de la Feria de Educación “Orienta't 2026” que se celebrará entre los días 18 y 20 de febrero de 2026 en el Recinto Ferial d’Eivissa
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El Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa, en sesión extraordinaria y urgente de fecha 13 de enero de 2026, aprobó por unanimidad el acuerdo siguiente:
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2. Expte . TAO núm.: 2025/00028545K
Propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Juventud, Participación Ciudadana y del Parque Insular de Servicios de “Sa Coma”, en relación con el encargo de gestión a FECOEV, M.P. para la producción técnica y ejecución de la Feria de Educación “ORIENTA'T 2026” que se celebrará entre los días 18 y 20 de febrero de 2026 en el Recinto Ferial d'Eivissa.
Habiéndose presentado una propuesta, del siguiente tenor:
“Es voluntad del Consell Insular d'Eivissa, a través de su Departamento de Juventud, Participación Ciudadana y del Parque Insular de Servicios de “Sa Coma” fomentar todas aquellas iniciativas que en la isla supongan una promoción de actividades educativas y formativas, tanto dentro del ámbito formal como no formal, dirigidas a los jóvenes de la isla.
En este sentido, en fecha 12 de diciembre de 2025, se dictó la providencia de inicio del expediente para el encargo de gestión de la producción técnica y ejecución de la Feria “ORIENTA'T” que se celebrará en el Recinto Ferial entre los días 18 Y 20 de febrero de 2026.
El Consell ejerce competencias en materia de juventud atribuidas por la Ley 1/2007, de 28 de diciembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears y la Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consells de Menorca, y d'Eivissa y Formentera en materia de juventud y ocio.
El artículo 27 de la Ley 5/2022, de 8 de julio, de políticas de juventud de las Illes Balears (BOIB núm. 91, de 14-07-2022) establece que Las políticas de juventud que impulsen las administraciones públicas en materia de educación y formación en el ámbito de sus competencias deben tener como objetivos y líneas de actuación, entre otras, las siguientes:
f) Orientar, empoderar y acompañar a la persona joven en el proceso educativo, a fin de favorecer la realización de su proyecto de vida y de autonomía personal.
i) Garantizar la igualdad de oportunidades de la juventud balear, potenciando y posibilitando la movilidad para realizar estudios en otros municipios, entre islas y/o comunidades autónomas y facilitando su conocimiento y la inserción laboral.
l) Fomentar una oferta formativa de calidad y equitativa entre las diferentes islas de la comunidad autónoma, partiendo de la base de que el factor insular no debe ser nunca un obstáculo para la formación continuada de los jóvenes.
El apartado tercero 7, del Decreto de Presidencia núm. 2023000467, Estructura del Gobierno del Consell Insular d'Eivissa y creación de Departamentos (BOIB núm. 88, de 29-06-2023) establece que las competencias del Departamento de Juventud, Participación Ciudadana y del Parque Insular de Servicios de “Sa Coma” comprenden, entre otros:
c) La actividad competencial propia relativa a las actividades de ocio y ocio, juventud y equipamientos juveniles y ordenación de estas actividades.
d) Este departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados en los distintos centros propiedad del Consell Insular.
En este sentido, la Feria “ORIENTA'T” tiene el objetivo de orientar a la juventud ibicenca dando a conocer las opciones formativas existentes, tanto en las islas como en el resto del estado, concentrando en un solo lugar información sobre grados universitarios, ciclos formativos, enseñanzas artísticas, deportivas, etc.
El Consell Insular d'Eivissa no cuenta con los medios propios suficientes para llevar a cabo la programación y ejecución de la mencionada feria. Sin embargo el artículo 11.1. de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público establece que:
la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público puede encargarse a otros órganos o entidades de derecho público de la propia Administración o de otra, siempre que entre sus competencias estén estas actividades, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para ejercerlas (...)
Considerando que Ferias, Congresos y Eventos d'Eivissa, M.P. (FECOEV) es una sociedad mercantil de capital público del Consell Insular d'Eivissa, y de acuerdo con el art. 1 bis de sus estatutos tiene "la condición de medio propio del Consell insular d'Eivissa (...)".
Asimismo, el art. 1.2 establece que “El Consell insular d'Eivissa podrá encargar a la sociedad la ejecución de cualquier actuación material relacionada con el objeto social mencionado en el artículo 2 de los Estatutos (...)”, el cual dispone que, “Constituye el objeto de la sociedad:
1. La realización de las actividades precisas para planificar, proyectar, coordinar y gestionar con las administraciones públicas, empresas y particulares las siguientes áreas de trabajo:
a. Coordinación, impulso y dirección técnica y facultativa de los procesos de reconversión y ordenación de actividades para impulsar la inversión y fomentar la actividad económica pública y privada.
b. Coordinación, orientación y evaluación de programas y servicios de ordenación y reconversión turística.
2. Las actividades inherentes a un centro integrado de servicios relacionados con la promoción económica, social y cultural de la isla d'Eivissa mediante:
a . La gestión integral de eventos relacionados con la promoción económica, turística, social, deportiva y cultural, tanto de carácter público como privado (...)”.
Asimismo, el encargo debe cumplir lo establecido en el Acuerdo de fiscalización limitada previa para la adaptación de los requisitos adicionales previstos en el acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de mayo de 2008, modificado el 7 de julio de 2011, y el 20 de julio de 2018, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos, adoptado por el Pleno del Consell Insular d'Eivissa en sesión de fecha 29-11-2018, en relación a los expedientes de encargos de gestión.
El Consell Insular d'Eivissa destinará a la producción técnica y ejecución de la Feria “ORIENTA'T 2026” la cantidad máxima de 219.033,43 € (doscientos diecinueve mil treinta y tres euros con cuarenta y tres céntimos) por el encargo de gestión eventual y directa a FECOEV, M.P.. Esta cantidad irá con cargo a la aplicación presupuestaria 3370-2279900 y tendrá el carácter de aportación máxima, a los gastos que realice, en ejecución de las acciones objeto de este encargo.
A tal efecto, en fecha 15 de diciembre de 2025, expediente núm. 2/2025000006728, se hizo el preceptivo RC a futuros que dota de crédito el mencionado encargo de gestión.
En fecha 23 de diciembre de 2025 se emite memoria técnica en la que se concretan tanto las características de los trabajos a encargar, como la justificación, los plazos, el presupuesto, las formas de pago, la posibilidad de modificaciones y prórrogas, etc.
Visto el informe técnico favorable, de fecha 23 de diciembre de 2025 sobre los criterios económicos y de eficacia que justifican que se encargue a Ferias, Congresos y Eventos d'Eivissa, M.P. (FECOEV, M.P.) llevar a cabo la prestación del servicio para la producción técnica y ejecución de la mencionada feria, que prevé la posibilidad de que el medio propio contrate prestaciones parciales con terceros, que el importe de estas prestaciones no exceda del 50% de la cuantía del encargo, con las excepciones previstas en el artículo 32.7 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de contratos del sector público.
Asimismo, visto el informe técnico jurídico favorable de fecha 23 de diciembre de 2025, con el visto bueno del secretario general de la corporación, en relación al encargo de la gestión directa y eventual del Consell Insular d'Eivissa a un medio propio personificado, (Ferias, Congresos y Eventos d'Eivissa, S.A.U. (FECOEV, M.P.) para llevar a cabo la producción técnica y ejecución de la Feria “ORIENTA'T”.
En cuanto a la competencia para aprobar el encargo de gestión a un medio propio personificado, el artículo 28 de la citada Ley 4/2022, dispone que
1. Corresponden al consejo ejecutivo las siguientes atribuciones:
(...)
h) Ejercer las competencias de órgano de contratación en todo tipo de contratos en los mismos casos que la legislación de contratos del sector público prevé para la Junta de Gobierno Local en los municipios de gran población, sin perjuicio de lo que pueda prever el reglamento orgánico.
Por su parte, el apartado cuarto de la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público, dispone que
4. En los municipios de gran población a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, las competencias del órgano de contratación descritos en los apartados anteriores serán ejercidas por la junta de gobierno local, sea cual sea el importe del contrato o la duración del mismo, y el Pleno es competente para aprobar los pliegos de cláusulas administrativas generales.
De la valoración conjunta de ambas preceptas entienden que corresponde al Consell Executiu la aprobación de este encargo de gestión.
Dado que ha finalizado el año 2025 sin haberse acordado por parte del Consell Executiu el encargo de la gestión directa y eventual del Consell Insular d'Eivissa a un medio propio personificado: Ferias, Congresos y Eventos d'Eivissa, M.P. (FECOEV, M.P.) con NIF A07837602, para la prestación del servicio para la producción técnica y ejecución de la Feria “ORIENTA'T 2026”, que se celebrará en el Recinto Ferial entre los días 18 y 20 de febrero de 2026, y por tanto, no se produce en este expediente una tramitación anticipada.
Visto el Decreto de Presidencia núm. 2026000002 de fecha 5 de enero de 2026, para el que, visto que no ha entrado en vigor el presupuesto correspondiente al ejercicio 2026, actualmente en período de exposición pública, se considera automáticamente prorrogado el del anterior, con sus créditos iniciales, sin perjuicio de las modificaciones que lleven a cabo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 177, 178 y 179 de esta Ley y hasta la entrada en vigor del nuevo presupuesto, se solicita RC actualizado correspondiente al ejercicio 2026,
En este sentido, en fecha 7 de enero de 2026, expediente núm. 2/2026000000007, se hizo la preceptiva retención de crédito, correspondiente al ejercicio 2026, que dota de crédito al mencionado encargo de gestión.
Visto, que este encargo de gestión a un medio propio personificado (Ferias, Congresos y Eventos d'Eivissa M.P., (FECOEV, M.P.) para la prestación del servicio para la producción técnica y ejecución de la Feria “ORIENTA'T”, que se celebrará en el Recinto Ferial entre los días 18 y 20 de febrero de 2026, se realizará de conformidad con la legislación vigente que sea de aplicación, y en todo caso, observando las prescripciones contenidas en los artículos, 11 y 86 Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público y en los artículos 6 y 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.
Visto el informe propuesta favorable emitido por el gerente del Campamento de sa Cala des Jondal en fecha 9 de enero de 2026.
En virtud de todo lo anterior y de lo que establece el artículo 72.d) del Reglamento orgánico del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 136 de 18-09-2010, corrección en BOIB núm. 148, de 14-10-2010, modificación en BOIB núm. 48, de 16-04-2016) ) y los artículos 33.2.a) y 33.2.f) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consells insulars (BOIB núm. 88, de 07-07-2022), la consellera que suscribe, en virtud de las atribuciones que tengo conferidas por los Decretos de Presidencia 2023000467, de fecha 29 de junio de 2023, de estructura del Gobierno del Consell Insular d'Eivissa y creación de Departamentos y núm. 2023000472, de fecha 28 de junio de 2023, de nombramiento de las personas miembros del Consell Executiu y de las vicepresidencias del Consell Insular d'Eivissa (ambos en el BOIB núm. 88, de 29-06-2023), y con carácter previo a la emisión del correspondiente informe de fiscalización previo, preceptivo y necesario, de la Intervención de la corporación, y para el caso de que dicho informe sea favorable y de conformidad, elevo al Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa, si lo estima adecuado, la siguiente
PROPUESTA DE ACUERDO
Primero. APROBAR el encargo de la gestión directa y eventual del Consell Insular d'Eivissa a un medio propio personificado: Ferias, Congresos y Eventos d'Eivissa, M.P. (FECOEV, M.P.) con NIF A07837602, para la prestación del servicio para la producción técnica y ejecución de la Feria “ORIENTA'T 2026”, que se celebrará en el Recinto Ferial entre los días 18 y 20 de febrero de 2026 en los términos establecidos en la memoria técnica que obra en el expediente (CSV 15704505567655174366, que se publicará como ANEXO).
Segundo.- APROBAR la autorización y compromiso de gasto de la cantidad de este encargo de gestión, con un importe máximo de 219.033,43 € (doscientos diecinueve mil treinta y tres euros con cuarenta y tres céntimos), tal y como se detalla en el punto 5 de la memoria técnica, con cargo a la partida presupuestaria 3370•2279900 del presupuesto del Consell Insular d'Eivissa para el año 2026.
Tercero.- NOMBRAR a Francesc Xavier Costa Garcia, gerente del Campamento de sa Cala des Jondal, como encargado de verificar la ejecución del encargo.
Cuarto: NOTIFICAR el acuerdo que se adopte en la entidad interesada: FECOEV, M.P..
Quinto.- PUBLICAR este decreto en la Plataforma de Contratación y en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de conformidad con el artículo 32.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, añadiendo esta publicidad a la establecida para el perfil del contratante de la Plataforma de contratación del sector público, de acuerdo con los artículos 63.6 y 347 de la mencionada Ley 9/2017 y a la prevista en el artículo 11.3.a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y en el artículo 8.1.b de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.”
(...)”.
Eivissa, 20 de enero de 2026
El jefe de sección del Departament de Cultura, Educació i Patrimoni Jose Vicente Garibo Redolat