Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 43471
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación, a propuesta de la directora general del Tresoro, Política Financera y Patrimonio, por la que se autoriza la cesión de uso gratuita y temporal de la embarcación Morell (8ª PM-1-6-2019) a favor del Consejo Insular de Formentera
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En el día de la firma electrónica, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio ha formulado la propuesta de resolución siguiente:
Hechos
1. En fecha 5 de noviembre de 2025 y número de registro GOIBE809030/2025, la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural recibió un oficio de solicitud del Consejo Insular de Formentera, mediante el cual se pide la cesión de uso de la embarcación Morell (8ª PM- 1-6-2019) con el fin de llevar a cabo tareas de control y vigilancia de las instalaciones de pantalanes flotantes y de los fondeos ecológicos existentes a s'Estany des Peix, en la isla de Formentera.
2. Esta embarcación fue adscrita al ente instrumental Servicios de Mejora Agraria y Pesquera (SEMILLA), actualmente Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (IRFAP), mediante Resolución del director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, publicada en el BOIB número 56, de 27 de abril de 2019.
3. En fecha 11 de noviembre de 2025 y con identificador de (VALIB núm. 439045), la directora gerente del IRFAP comunicó a la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio la circunstancia que la embarcación Morell ha dejado de ser necesaria para el cumplimiento de la finalidad que motivó la adscripción.
4. El 21 de noviembre de 2025 tuvo entrada en el Servicio de Patrimonio de la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio (VALIB núm. 442420), la documentación enviada por la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, por la cual se comunica que la embarcación Morell (8ª PM-1-6-2019) que tiene adscrita, ha quedado obsoleta por el uso que tenía al Servicio de Mejora Agraria y Pesquera (SEMILLA), actualmente Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (IRFAP), y propone su desafectación y posterior cesión gratuita a favor del Consejo Insular de Formentera. La documentación enviada consta:
- Informe-memoria del secretario general de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, de día 21 de noviembre de 2025, sobre la innecesariedad de adscripción de la embarcación y propuesta de cesión al Consejo Insular de Formentera.
- Propuesta de resolución del consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural de día 21 de noviembre de 2025 por la cual se insta al consejero de Economía, Hacienda e Innovación para la aprobación de la cesión de uso de la embarcación Morell al Consejo Insular de Formentera.
- Resolución del consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural de día 21 de noviembre de 2025 por la que se insta al consejero de Economía, Hacienda e Innovación para la aprobación de la cesión de uso de la embarcación Morell al Consejo Insular de Formentera.
5. Los datos de la embarcación mencionada son:
• Activo Fijo Inventario: 100000015528-0
• Matrícula: 8ª PM-1-6-2019
• Fecha de adquisición: 02 de abril de 2019
• Marca: Vanguard DR-560
• Eslora: 5,60 m
6. Según el artículo 54 del Decreto 127/2005 de 16 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, «Cuando la consejería o la entidad pública que tengan adscrito un bien o un derecho demanial consideren que han dejado de ser necesarios para cumplir sus finalidades, tiene que comunicar a la consejería competente en materia de patrimonio para que esta lo comunique al resto de consejerías y entidades públicas de la comunidad autónoma para que manifiesten si tienen interés».
7. El 28 de noviembre de 2025, el Servicio de Patrimonio comunicó al resto de consejerías si podría ser de su interés la adscripción de la embarcación mencionada, sin que ninguna se haya manifestado.
8. El 09 de enero de 2026, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio dictó la resolución por la cual se autoriza la desascripción y la desafectación del dominio público de la embarcación Morell.
9. El 12 de enero de 2026, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio dictó resolución de inicio del expediente que se trata.
10. En fecha 14 de enero de 2025, el Servicio de Patrimonio emitió un informe favorable sobre el expediente de referencia.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 63, 64, 72 y 87 f) de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
2. Los artículos 27 , 128, 129, 130 y 142, incluidos en el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
3. El Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
4. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares.
5. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero; por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo; por el Decreto 5/2024, de 29 de mayo, y por el Decreto 2/2025, de 7 de febrero.
6. Decreto 56/2023, de 21 de julio, por el cual se dispone el nombramiento de altos cargos de la Consejería, de Economía, Hacienda e Innovación.
7. Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación, de 27 de julio de 2023, de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares y del Servicio de Salud de las Islas Baleares, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación.
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Economía, Hacienda e Innovación que dicte resolución en los términos siguientes:
1. Autorizar la cesión de uso gratuita y temporal por parte de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural de la embarcación Morell (8ª PM-1-6-2019), con núm. de activo fijo en el Inventario de Bienes 100000015528-0, a favor del Consejo Insular de Formentera.
2. Las condiciones que determinan la cesión de uso gratuita y temporal son las siguientes:
- Duración: la cesión gratuita no podrá exceder de una duración de veinte años. No obstante, la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural en cualquier momento y con un preaviso mínimo de tres meses, podrá declarar la finalización anticipada de la cesión por razones de inmediata afección o explotación del bien cedido o por el interés público prevalente.
En el plazo de duración de la cesión, el Consejo Insular de Formentera no podrá ceder la embarcación a otra Administración, organismo autónomo o dependiente o cualquier otra entidad pública o privada.
- Seguro: el Consejo Insular de Formentera asumirá el coste y la gestión de la póliza de seguro durante todo el periodo de la cesión.
- Conservación y mantenimiento: corresponde al Consejo Insular de Formentera los gastos conservación y mantenimiento y las obligaciones tributarias que se deriven de la titularidad y uso de la embarcación, así como las reparaciones ordinarias y extraordinarias, funcionamiento y puesta en servicio.
- Baja: por razones de obsolescencia de la embarcación e imposibilidad de reparación o en el caso de siniestro o destrucción, el Consejo Insular de Formentera propondrá la baja a la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural para que autorice la baja. Los gastos de desguace y registro ante Capitanía Marítima serán asumidas por el Consejo Insular de Formentera.
- Reversión: en caso de incumplimiento de las condiciones mencionadas sobre la cesión de uso prevista en esta resolución o cuando la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural o requiera, tendrá que ser revertida a la misma, la cual tendrá derecho a percibir del Consejo Insular de Formentera, previa tasación pericial, los valor de los detrimentos o deterioros que haya experimentar.
3. Disponer que la cesión de uso gratuita y temporal no supone la alteración de la titularidad, la calificación o el régimen jurídico del bien cedido.
4. Establecer que las condiciones de la cesión de uso gratuita y temporal son las previstas en esta resolución. Cualquier modificación de estas condiciones tendrán que ser previamente autorizadas por el consejero competente en materia de Patrimonio.
5. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.
6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Economía, Hacienda e Innovación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, (firma electrónica: 14 de enero de 2026)
El consejero de Economía, Hacienda e Innovación Antoni Costa Costa
La directora general proponiente Susana Fátima Pérez Sánchez