Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA, INNOVACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 44644
Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública de rectificación del error detectado en la Resolución del consejero de Hacienda, Innovación y Función Pública de día 13 de enero de 2026, que aprueba la lista definitiva de personas admitidas y excluidas del procedimiento para proveer puestos de trabajo de personal funcionario de carrera del Consejo Insular de Mallorca y apertura de trámite para alegación y acreditación de méritos (BOIB núm. 8, de 15 de enero de 2026)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. Se ha publicado en el BOIB núm. 121, de 11 de septiembre de 2025, la Resolución del consejero de Hacienda, Innovación y Función Pública por la que se aprueban la convocatoria, las bases, el baremo de méritos y la designación de las comisiones técnicas de valoración del procedimiento para proveer puestos de trabajo de personal funcionario de carrera del Consejo de Insular de Mallorca.

2. En la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública de día 13 de enero de 2026 (BOIB núm. 8, de 15 de enero de 2026), se ha detectado que no se ha incluido por error el pie de recurso que corresponde a esta resolución.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.

2. El Acuerdo del Consejo Ejecutivo de fecha 28 de septiembre de 2022, delega determinadas atribuciones del Consejo Ejecutivo en el consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública (ahora consejero ejecutivo o consejera ejecutiva de Hacienda, Innovación y Función Pública, de acuerdo con el BOIB núm. 95, de nº 128, de 1 de octubre de 2022), dado lo que dispone el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 2 de octubre, de régimen jurídico del sector público, en relación con el artículo 28 de la Ley 4/2022, de 28 de junio de los consejos insulares.

Por todo lo que he expuesto, dicto la siguiente:

Resolución

1. Rectificar el error detectado en la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública de día 13 de enero de 2026 (BOIB núm. 8, de 15 de enero de 2026), mediante la cual se aprueba y se hace pública la lista definitiva de personas de admitidos y excluidas del procedimiento para proveer puestos de recurso con la siguiente redacción:

 “(...)

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada. Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo. No obstante lo anterior, puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”

 

2. Establecer que el plazo de interposición de recursos empezará al día siguiente de la publicación de esta Resolución de rectificación del error en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la Sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca.

Contra esta resolución, que es un acto de trámite, no cabe ningún recurso administrativo.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (16 de enero de 2026)

El consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda, Innovación y Función Publica (por delegación del Consejo Ejecutivo, según el acuerdo de día 28 de septiembre de 2022,  BOIB núm. 128, de 1 de octubre de 2022) Rafael Ángel Bosch Sans