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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA

Núm. 34550
Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se revocan las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo

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Texto

Hechos

1. El 3 de julio de 2021, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021.

2. La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático concedió una subvención a las personas o entidades que figuran en el Anexo de esta Propuesta en el marco de la convocatoria para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica.

3. Las personas o entidades que figuran en el Anexo han aportado la documentación requerida para la justificación de la realización de las actuaciones subvencionadas.

4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático ha examinado la documentación aportada y ha emitido informe desfavorable a la justificación de los expedientes descritos en el anexo con la motivación que figura en este anexo.

Fundamentos de derecho

1. El consejero de Empresa, Autónomos y Energía es el órgano competente para resolver este procedimiento dada la estructura orgánica del Gobierno de las Illes Balears y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.

2. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB núm. 72, de 24 de mayo de 2008).

4. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB núm. 88, de 3 de julio de 2021).

 

5. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia .

6. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 3 de agosto de 2022 por la que se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU —BOIB núm. 103, de 6 de agosto de 2022.

7. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU (BOIB nº174, de 26 de diciembre de 2023).

8. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU (BOIB nº100, de 30 de julio de 2024).

9. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU (BOIB nº73, de 3 de julio de 2025)

Propuesta de resolución

Propongo al consejero de Empresa, Autónomos y Energía que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Revocar la concesión de las subvenciones detalladas en el anexo y por los importes que en él se indican.

2. Autorizar y disponer negativamente el gasto a favor de los beneficiarios por los importes detallados en el Anexo, con cargo a la partida presupuestaria también indicada en el Anexo.

3. Declarar concluido el procedimiento y, por tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo.

4. Publicar esta Propuesta en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Contra esta Propuesta de resolución puede alegar lo que considere conveniente en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears. En caso contrario, se entenderá que está conforme con el contenido de la Propuesta.

 

(Firmado electrónicamente: 16 de enero de 2026)

El director general de Economía Circular,  Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez

ANEXO Lista de beneficiarios propuestos para revocarles la subvención

Expediente

Solicitante

NIF

Tipo de inversión

Importe subvención (€)

Partida presupuestaria

CONCE

Motivo revocación

MOVESIII-4333/2021

HOTEL ANFORA PLAYA SL

****9538*

PRVE 7.4kW

244,48

2024/G/731A01/77000/ 00/19701/MR001

0000012403

La factura de la inversión realizada (24/05/2023) es anterior a la fecha de registro de la solicitud (18/07/2023), por lo cual se incumplen los apartados 4.1.c), 4.3.b) y 11.3.2h) de las bases de la convocatoria.

MOVESIII-4970/2021

Cabot Centre Disseny Sl

****9895*

VE TOYOTA PROACE CITY VERSO E

2.900,00

2025/G/731A01/77000/ 00/19701/MR001

0000018276

La factura (23/10/2023) y el contrato de suministro (18/10/2023) son anteriores a la fecha de registro de la solicitud (24/10/2023), por lo cual se incumplen los apartados 4.1.c), 4.3.b) y 11.3.2h) de las bases de la convocatoria.

MOVESIII-5562/2021

JRF HOTELS S.L

****2037*

PRVE 7.4kW con reto demográfico

844,00

2025/G/731A01/77000/ 00/19701/MR001

0000022519

La factura (11/09/2023) es anterior a la fecha de registro de la solicitud (21/12/2023), por lo cual se incumplen los apartados 4.1.c), 4.3.b) y 11.3.2h) de las bases de la convocatoria.

MOVESIII-7523/2021

MENORCA IL FUOCO SL

****2382*

VE N1 RENAULT KANGOO FG. E-TECH L1 START EV45 22KW

3.600,00

2025/G/731A01/77000/ 00/19701/MR001

0000018318

Hay justificantes de pago (05/09/24) que son anteriores a la fecha de registro de solicitud (19/09/24), por lo cual se incumplen los apartados 4.1.c), 4.3.b) y 11.3.2h) de las bases de la convocatoria.

MOVESIII-7544/2021

BENEDETTA BONO

****3017*

VE CITROEN AMI ELECTRICO L6e

1.400,00

2025/G/731A01/78000/ 00/19701/MR001

0000018095

El solicitante no tiene actividad económica en las Islas Baleares, con lo cual se incumple el apartado 2.1.a) de las bases de la convocatoria.