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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES URBANOS DE PALMA, SA

Núm. 33621
Proceso de selección de personal mediante concurso oposición para el personal del Grupo profesional 2: Técnico/a especialista en el departamento de tecnología de la información e innovación (1/2026)

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Texto

El Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Transports Urbans de Palma SA, en la sesión de día 15 de enero de 2026 aprobó las bases, que regirán el proceso de selección de personal mediante concurso oposición para el personal del Grupo profesional 2: Técnico/a especialista en administración de sistemas TIC para el departamento de tecnología de la información e innovación.

1 Objeto

Este documento tiene por objeto establecer una convocatoria mediante concurso oposición, para la cobertura de una plaza de personal fijo del grupo profesional 2: Técnico especialista en administración de sistemas TIC para el departamento de Tecnología de la Información e Innovación.

Asimismo, como consecuencia de este proceso selectivo, se constituirá una bolsa de empleo para futuras contrataciones temporales. Esta bolsa estará integrada por un máximo de 4 aspirantes que, no habiendo obtenido la plaza convocada, sigan al adjudicatario en el orden de puntuación final. Dicha lista se utilizará para cubrir las necesidades temporales de la empresa, siguiendo el riguroso orden de prelación establecido en la misma.

Todo esto en cumplimiento de la normativa vigente siguiente:

  1. Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y actualizaciones posteriores, especialmente los art. 8, 12 y 15.
  2. Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, especialmente los art. 91 y 103.
  3. Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público, art. 1.3., 2, 7, 11, 13 y del 55 al 61.
  4. Reglamento orgánico del gobierno y la administración del Ayuntamiento de Palma (BOIB n. º 120, de 11 de septiembre de 2004).
  5. Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas de modernización del gobierno local, con las actualizaciones vigentes.
  6. Convenio Colectivo de la EMT-Palma vigente actualmente. Boletín Oficial de las Islas Baleares n. º 153 de 09/11/2019.
  7. Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Islas Baleares.
  8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  9. Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, art. 55.3, 104 y 106.

Este documento incluye todo el proceso de contratación de personal de la EMT-Palma y, en concreto, los siguientes apartados:

1.1. Memoria justificativa de la necesidad de contratación.

1.2. Justificación de existencia de fondo (anual y plurianual).

1.3. Procedimiento de selección.

1.4. Autorización del inicio del procedimiento.

1.5. Bases y aprobación de la convocatoria.

1.1.- Memoria justificativa de la necesidad

Categoría profesional: Técnico especialista en administración de sistemas TIC para el departamento de Tecnología de la Información e Innovación.

Grupo profesional: Grupo 2: Técnico especialista con las funciones propias de su grupo profesional en función de las necesidades organizativas de la empresa y la movilidad funcional establecida en la normativa laboral.

Número de vacantes a cubrir: 1 plaza.

Condiciones económicas: Las recogidas para el nivel salarial del grupo 2, del Convenio Colectivo de la EMT-Palma vigente en cada momento.

Horario de trabajo: El horario de trabajo es el establecido en el Convenio Colectivo de la empresa vigente en cada momento, siendo la distribución del mismo con carácter flexible según necesidades organizativas, productivas y/o técnicas.

Centro de trabajo: Cualquiera de los dos centros que tiene a su disposición la empresa, o cualquier otro que la empresa pueda tener en un futuro.

Descripción de la necesidad: Se precisa disponer de un técnico especialista con experiencia en administración de sistemas informáticos con el objetivo de dar respuesta al crecimiento de las necesidades de digitalización, integración de sistemas y modernización tecnológica de la empresa.

Las funciones serán las siguientes:

  • Liderar y coordinar proyectos y equipos de trabajo relacionados con la administración, operación y evolución de la infraestructura TIC, incluyendo servidores, sistemas embarcados y plataformas críticas.
  • Definir, supervisar y actualizar la arquitectura tecnológica corporativa, asegurando su escalabilidad, resiliencia y alineación con la normativa aplicable en cada momento.
  • Gestionar entornos virtualizados, arquitecturas híbridas (on-premise + cloud) y servicios en la nube, promoviendo la innovación, automatización y mejora continua.
  • Planificar, implementar y controlar los sistemas de copias de seguridad, recuperación ante desastres (DRP), alta disponibilidad y continuidad de negocio (BCP).
  • Implementar, monitorizar y garantizar la aplicación de las políticas de ciberseguridad y protección de datos personales, velando por el cumplimiento efectivo del Esquema Nacional de Seguridad (ENS), el RGPD y demás normativas o estándares de seguridad de la información adoptados por la entidad.
  • Supervisar y mantener actualizada la documentación técnica, inventarios, topologías, procedimientos operativos y planes de mantenimiento preventivo y correctivo.
  • Analizar, proponer y coordinar necesidades formativas y de actualización tecnológica del equipo de administración y soporte.
  • Gestionar el escalado de incidencias complejas, coordinando la intervención con proveedores externos, fabricantes y organismos, asegurando la trazabilidad y el cumplimiento de los SLAs establecidos.
  • Colaborar en la elaboración de pliegos técnicos, informes, valoraciones y documentación de soporte para la contratación pública de su ámbito.
  • En general, las funciones propias de la profesión en relación con la administración, explotación, optimización, actualización y evolución de la infraestructura TIC corporativa.
  • Las funciones expuestas, tienen carácter enunciativo y no limitativo, pudiendo asignarse otras funciones inherentes o necesarias para el adecuado funcionamiento del Departamento. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.4 del Estatuto de los Trabajadores, podrá acordarse con carácter coyuntural y en atención a las necesidades organizativas de la empresa la polivalencia funcional, asignando al trabajador/a funciones distintas de las propias de su puesto, siempre que se encuentren comprendidas dentro de su grupo profesional o en categorías equivalentes.

1.2.- Justificación de la existencia de fondo

No se produce variación sustancial en la masa salarial presupuestada y aprobada para la EMT-Palma para el ejercicio 2025-2026.

1.3.- Procedimiento de selección

El sistema selectivo del proceso será concurso oposición, siendo la fase de oposición de un 70% y la fase de concurso un 30%.

El procedimiento de selección se efectuará de acuerdo a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como los de publicidad, transparencia, imparcialidad, profesionalidad, independencia, discrecionalidad técnica, adecuación y agilidad.

Los factores a valorar serán la aptitud, la actitud y los conocimientos prácticos del puesto a cubrir.

Las pruebas o exámenes a realizar se efectuarán por sorteo, entre aquellos temas que presente la empresa, que no podrán ser inferior a tres modelos de examen.

Se desarrollarán procedimientos específicos para detectar y sancionar los intentos de las personas aspirantes en falsear los méritos alegados, con el fin de asegurar la transparencia.

 

1.4.- Autorización del inicio del procedimiento

La aprobación del presente documento por parte del Consejo de Administración, previo cumplimiento del Código de buen Gobierno del Ayuntamiento de Palma de fecha 28/02/2013, y aprobado por el Consejo de Administración en fecha 15/01/2026, supone la autorización de todo el contenido del mismo.

1.5.- Bases de la convocatoria

1.5.1.- Requisitos

Los aspirantes tendrán que reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o tener permiso de residencia o permiso de trabajo en vigor en el momento de la incorporación a la empresa. La documentación acreditativa es fotocopia original DNI o pasaporte en vigor (para su cotejo) y, para los aspirantes que no tengan nacionalidad española, el permiso de residencia y de trabajo (en su caso) y diploma oficial acreditativo del grado de competencia y dominio del idioma español de nivel igual o superior a B2 conforme al Marco Común de Referencia para las lenguas.

b) Tener 18 años de edad cumplidos y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa.

c) No sufrir enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones del trabajo a desarrollar. Así mismo, una vez finalizado el proceso de selección y antes de la incorporación al puesto de trabajo, se tendrá que pasar satisfactoriamente un reconocimiento médico a cargo del Servicio de Prevención de la Empresa, con la calificación de APTO. La no superación del mismo supondrá la imposibilidad de incorporación y la exclusión de la lista, atendido el carácter eliminatorio de este requisito.

d) No haber sido separados/as, mediante procedimiento disciplinario, del servicio de ninguna administración o empresa perteneciente a administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse inhabilitados/as de manera absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de nacionales de otro estado, no encontrarse inhabilitados/as o en situación equivalente ni haber sido sometidos/as a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a una ocupación pública.

e) Experiencia mínima de 48 meses, dentro de los ocho años anteriores a la fecha tope de presentación de la solicitud, como especialista en administración de sistemas informáticos (la experiencia exigida como requisito no se valorará como mérito).

f) Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones universitarias:  Grado en Ingeniería Informática, Ingeniería Técnica Informática, u otra superior o equivalente.

g) Acreditar con certificación oficial, conocimientos de comprensión, expresión oral y escrita del idioma inglés B2, con los criterios del sistema ALTE o equivalente. 

Las personas aspirantes tendrán que reunir los requisitos antes indicados dentro del plazo de presentación de solicitudes, y no haber perdido ninguno de los requisitos en el momento de la contratación.

La Empresa se reserva el derecho de contrastar la información y documentación aportada en cualquier momento del proceso o incluso tras la contratación del mismo.

En cualquier momento que la EMT-Palma, averigüe o constate de forma fehaciente la carencia de los requisitos o la falsedad de la documentación o declaración presentada, el aspirante será excluido inmediatamente del proceso, y en caso de estar contratado será despedido disciplinariamente sin perjuicio de la responsabilidad que haya incurrido por falsedad, reservándose la EMT-Palma, las acciones legales pertinentes.

La solicitud de autobaremación tiene consideración de “declaración jurada” la falsedad de lo consignado en la misma supondrá la exclusión. En cualquier momento que la EMT-Palma, averigüe o constate de forma fehaciente la carencia de los requisitos o la falsedad de la documentación o declaración presentada, el aspirante será excluido inmediatamente del proceso.

1.5.2.- Presentación de solicitudes y documentación

El plazo de presentación de solicitudes y los documentos es de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente que se publique esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

En base a lo estipulado en la ley 39/2015, la presentación de la solicitud y los documentos se presentarán de forma electrónica, en el trámite habilitado al efecto en la sede electrónica de la EMT-Palma. La presentación electrónica requiere identificación digital con certificado digital.

La presentación de la solicitud y los documentos, se realizará a través de la Sede Electrónica (https://emtpalma.eadministracio.cat) de la EMT-Palma, de lunes a domingo a cualquier hora del día, siempre que comprenda el plazo de entrega de documentos estipulado. La solicitud está incluida en el proceso de registro, por lo cual no es necesario aportar el documento.

Los interesados podrán llamar al n.º 971214444 extensión 7111-7140 en caso de duda respecto al funcionamiento de la Sede Electrónica, en el cual se habilita un servicio de atención telefónica de 9:00h a 13:00h de lunes a viernes para resolver cualquier duda respecto al registro virtual.

Documentos que tienen que presentar necesariamente con la solicitud:

  • Fotocopia del DNI o NIE en vigor.
  • Fotocopia del Título de Grado en Ingeniería Informática, Ingeniería Técnica Informática, u otra superior o equivalente.
  • Certificado acreditativo del nivel B2 de lengua inglesa.
  • Currículum vitae actualizado a la fecha de convocatoria.
  • Informe de vida laboral emitido por la Seguridad Social actualizado a la fecha de convocatoria.
  • Certificado específico de empresa o contrato que acredite la experiencia requerida.

Otros documentos que se podrán presentar con la solicitud:

  • Certificado específico de empresa o contrato que acredite la experiencia similar a la requerida.
  • Certificado acreditativo de nivel B1 de catalán, o uno superior.
  • Certificado acreditativo de nivel C1 de lengua inglesa o uno superior con los criterios del sistema ALTE o equivalente.
  • Otras titulaciones relacionadas con el puesto de trabajo: Diplomatura, licenciatura, grado universitario, ingeniería técnica o superior, máster oficial, postgrado oficial o doctorado.
  • Formación complementaria relacionada con el puesto a cubrir: Jornadas y/o cursos.

Si las titulaciones son presentadas como requisito, no podrán contarse además como mérito.

La Empresa se reserva el derecho de contrastar la información y documentación aportada en cualquier momento del proceso o incluso tras la contratación del mismo.

En caso de falsedad conocida después de la aportación de la documentación, esta será causa de exclusión de las pruebas o de despido si se ha producido la contratación, además de las posibles medidas legales que pueda emprender la empresa.

La presentación de la solicitud y los documentos tan solo se podrán librar a través de la Sede Electrónica de la EMT-Palma, de lunes a domingo en cualquier hora del día, siempre que comprenda el plazo de entrega de documentos estipulado.

En base a la Ley 39/2015, los interesados tendrán que aportar al procedimiento los datos y documentos exigidos en estas bases, haciéndose responsables de la veracidad de los documentos que presenten.

En el plazo máximo de dos meses, contados desde que acabe el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo, que se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado ocupación pública.

Las personas aspirantes excluidas u omitidas disponen de un plazo de 3 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación, para alegar lo que corresponda.

Finalizado el plazo al cual se refiere el párrafo anterior y enmendadas, si procede, las solicitudes, el tribunal calificador publicará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado ocupación pública.

La admisión de la solicitud, conlleva la plena aceptación por las personas solicitantes de estas bases, con expresa autorización para el tratamiento automatizado de sus datos a los archivos de la empresa y la publicación de resultados en los medios que la empresa considere, según lo establecido por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

1.5.3.- Baremo de puntos

1. FASE DE OPOSICIÓN (70 puntos sobre 100)

La fase de oposición, que tendrá una valoración máxima de 70 puntos sobre 100 del proceso selectivo, constará de dos partes: Una prueba teórica y una prueba competencial.

 

​​​​​​​Primera parte – Prueba teórica (50 puntos sobre 70).

Consta de un solo ejercicio, con carácter eliminatorio y con una valoración máxima de 50 puntos dentro de la fase de oposición. El formato de dicha prueba será tipo test y abarcará el temario descrito en el Anexo II.

La prueba estará compuesta por 45 preguntas más 3 de reserva, con un tiempo para desarrollar este ejercicio de 90 minutos.

Las preguntas estarán distribuidas de manera equilibrada entre los diferentes temas. Cada pregunta tendrá cuatro posibles respuestas, y solo una será correcta. Las respuestas correctas se puntuarán con 1,1111 puntos, las respuestas erróneas restarán 0,3703 (una tercera parte) y las preguntas no contestadas no serán valoradas. La puntuación máxima de esta prueba es de 50 puntos y para superarla habrá que obtener como mínimo 25 puntos en total.

La lista provisional de la valoración de este apartado, se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado ocupación pública. En el mismo acto se abrirá un plazo de tres días hábiles (sábados y domingos excluidos) para presentar alegaciones.

Finalizado el plazo que refiere el párrafo anterior y enmendadas, si procede, las alegaciones, el tribunal calificador publicará la lista definitiva de los resultados de la prueba en la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado ocupación pública.

Segunda parte – Prueba competencial (20 puntos sobre 70).

La segunda parte consistirá en una prueba competencial con una valoración máxima de 20 puntos dentro de la fase de oposición, destinada a evaluar las competencias profesionales de la persona aspirante. Se estructurará en dos ejercicios; un cuestionario competencial y una entrevista estructurada.

Las competencias a valorar serán las siguientes:

  • Innovación.
  • Capacidad de aprendizaje, iniciativa y proactividad.
  • Trabajo en equipo y liderazgo.
  • Motivación.
  • Responsabilidad.

El cuestionario será corregido conforme a una plantilla de baremación establecida previamente por un profesional en la materia, asignando puntuaciones en función de la adecuación de las respuestas a las competencias evaluadas. La calificación de este ejercicio se expresará de 0 a 10 puntos.

La entrevista estructurada será valorada mediante una plantilla previamente definida que describa los niveles de desempeño para cada competencia, otorgando igualmente una puntuación de 0 a 10 puntos.

La calificación final de la prueba competencial resultará de la suma de ambas puntuaciones, expresada en una escala de 0 a 20 puntos.

2. FASE DE CONCURSO (30 puntos sobre 100)

Se establece un baremo de méritos estructurado en los bloques que se indican a continuación, con un máximo de 30 puntos:

• Méritos académicos (máximo: 15 puntos):

- Por titulación de lengua catalana (máximo: 3 puntos. Solo se valorará el nivel más alto acreditado):

  • Nivel B1: 0,5 puntos.
  • Nivel B2: 1,5 puntos.
  • Nivel C1 o superior: 3 puntos.

- Por titulación de lengua inglesa (máximo: 2 puntos. Solo se valorará el nivel más alto acreditado):

  • Nivel C1: 1 punto.
  • Nivel C2: 2 puntos.

- Por titulación académica (máximo: 6 puntos):

  • Por cada grado universitario, licenciatura, ingeniería técnica o superior, relacionado con el puesto de trabajo (no se valorarán aquellas titulaciones que se hayan presentado como requisito): 2 puntos.
  • Por cada máster oficial, postgrado oficial o doctorado relacionado con el puesto de trabajo (no se valorarán aquellas titulaciones que se hayan presentado como requisito ni aquellas que sean consideradas como título propio de una universidad): 2 puntos.

- Por cursos de formación complementaria relacionada con el puesto de trabajo a cubrir (máximo: 4 puntos):

  • Cursos con certificado de aprovechamiento: 0,10 puntos por cada 10 horas de duración, con un límite máximo de 1,5 puntos por curso.
  • Cursos con certificado de asistencia, o sin mención expresa: 0,05 puntos por cada 10 horas de duración, con un máximo de 0,75 puntos por curso.

* No se valorarán como mérito los estudios que constituyan un requisito previo o necesario para cursar otros estudios que sí se valoren, ni aquellos que sean exigidos como requisito para participar en la convocatoria, salvo los correspondientes a títulos de posgrado.

Asimismo, no se valorarán los cursos integrados en planes de estudios universitarios, los estudios de doctorado, las acciones formativas derivadas de procesos selectivos ni los diplomas relativos a jornadas, seminarios o actividades análogas.

* En todos los casos solo se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación.

• Méritos de perfil (máximo: 15 puntos):

Experiencia profesional a partir de CUATRO (4) años trabajando en empresas públicas o privadas donde se hayan realizado tareas relacionadas con la plaza ofrecida:

Se valorará la experiencia profesional realizando trabajos propios de la plaza ofrecida, acreditada mediante certificado de empresa, copia de contrato laboral o cualquier otro documento que lo constate, a razón de 0,1 punto por mes, no computándose a estos efectos los cuarenta y ocho (48) meses exigidos como requisito mínimo de acceso.

La experiencia profesional se acreditará presentando certificaciones del empleador donde conste haber realizado las labores descritas.

Se deberá presentar Informe de Vida Laboral emitido por la TGSS y Contrato de Trabajo o nombramiento corporativo.

Se tendrá en cuenta el número de días cotizados que aparezcan en el informe de vida laboral expedido por la TGSS, aportado por el aspirante.

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo.

Se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado ocupación pública, la lista provisional de la valoración de este apartado. En el mismo acto se abrirá un plazo de tres días hábiles (sábados y domingos excluidos) para presentar alegaciones.

Finalizado el plazo al cual se refiere el párrafo anterior y enmendadas, si procede, las alegaciones, el tribunal calificador publicará la lista definitiva de los resultados de la valoración de los méritos en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado ocupación pública.

En el supuesto de que el Tribunal calificador compruebe la existencia de fraude una vez publicadas las listas definitivas, este fraude determina la exclusión del proceso y la consideración de no haber participado, además de las actuaciones legales que deriven.

CRITERIOS DE DESEMPATE:

En caso de empate, este se tiene que resolver atendiendo los criterios siguientes:

  1. La mayor puntuación obtenida en la prueba competencial ejercicio de la fase de oposición.
  2. La mayor experiencia laboral a la categoría ofrecida.
  3. La mayor puntuación obtenida en los méritos.
  4. Las personas víctimas de violencia de género.
  5. La persona de más edad.
  6. Si persiste finalmente el empate, se tiene que hacer un sorteo.
 

​​​​​​​1.5.4.- Vigencia de las listas de posibles empleados

La bolsa de trabajo resultante de la presente convocatoria mantendrá su vigencia hasta el 30 de junio de 2029, o hasta el agotamiento de los candidatos y candidatas de la lista, o bien hasta que finalice el proceso de consolidación mediante concurso oposición para obtener la condición de personal laboral fijo. No obstante, los aspirantes que en el momento de la finalización de la vigencia de la bolsa tengan un contrato laboral temporal en vigor, mantendrán dicho contrato hasta la fecha de finalización estipulada en el mismo.

1.5.5.- Orden de incorporación y llamamiento

Una vez finalizado el proceso de selección, los aspirantes integrantes de la lista serán llamados para su contratación temporal según las necesidades de la Empresa, siguiendo el estricto orden de prelación resultado de la lista definitiva.

Llamamientos y comunicación.

Los llamamientos se realizarán por cualquier medio que considere la EMT-Palma, pudiendo hacerse telefónicamente o mediante cualquier medio acreditable en derecho. El aspirante dispondrá de un plazo de 2 días hábiles, desde el día siguiente a la comunicación, para dar respuesta. Los aspirantes deberán mantener permanentemente actualizados sus datos de contacto (teléfono, correo electrónico y dirección postal) ante la EMT-Palma.

Renuncia y penalización.

El aspirante será excluido definitivamente de la bolsa de empleo si renuncia injustificadamente dos veces consecutivas a un contrato ofertado. Se entenderá que se ha producido la renuncia injustificada a la contratación si el aspirante no comparece dentro del plazo comunicado por la empresa para formalizar el contrato o si renuncia expresamente.

Causas justificadas de rechazo.

Se consideran causas justificadas de rechazo temporal del contrato las siguientes:

  • Enfermedad acreditada mediante el correspondiente certificado médico.
  • Período de embarazo, maternidad o situaciones asimiladas.
  • A petición del interesado, cualquier otra que de forma excepcional la EMT-Palma estime oportuna de forma motivada.

En estos casos, los aspirantes conservarán su lugar en la bolsa y podrán ser citados nuevamente cuando dejen de concurrir las causas de rechazo, siempre que hayan comunicado a la EMT-Palma su disponibilidad.

Período de prueba.

En todo caso, se deberá superar un período de prueba de seis meses, según lo establecido en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores. La no superación del período de prueba supondrá la rescisión del contrato y la pérdida de cualquier derecho de permanencia en la bolsa de empleo. Las situaciones mencionadas en el artículo 14.3 del Estatuto de los Trabajadores (incapacidad temporal, etc.) interrumpirán el cómputo de dicho período.

Efectos de la bolsa de empleo.

La inclusión de los aspirantes en la bolsa de empleo no generará ningún derecho de contratación, sino solo la expectativa de llamamiento para ser contratado temporalmente en función de las necesidades de servicio de la Empresa.

 

ANEXO I Composición del Tribunal y plazos del proceso

Composición del Tribunal:

  • Dos miembros designados por la EMT-Palma.
  • Dos miembros designados por el Comité de Empresa de la EMT-Palma.
  • Un profesional con conocimientos sobre la valoración de los méritos, designado por la EMT-Palma.

Para la valoración de los méritos que resulten necesarios, el Tribunal podrá disponer de la incorporación de asesores o asesoras especialistas, los cuales se limitarán a prestar la mencionada colaboración en sus especialidades técnicas y tendrán voz, pero no voto.

Este proceso de selección finalizará antes del 31 de diciembre de 2026.

Para cumplir el requisito de publicidad, las bases del proceso de selección se publicarán en el BOIB. Los diferentes plazos, los resultados provisionales y definitivos y las noticias o incidencias relacionadas con el proceso selectivo se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado ocupación pública.

 

ANEXO II Temario

1. Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

2. Ley 19/2013 de 19 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

3. Ley organica 3/2018 de 5 de diciembre de protección de datos personales y garantías de derechos digitales.

4. Sistemas operativos y administración de servidores

  1. Principios, arquitecturas, virtualización nativa y administración avanzada (Windows, Linux, Unix).
  2. Administración de usuarios, grupos, permisos y políticas de seguridad.
  3. Servicios de red corporativos: DNS, DHCP, directorios activos y servicios equivalentes.
  4. Monitorización avanzada del rendimiento, consumo de recursos y gestión de capacidad.
  5. Mantenimiento, actualización y hardening de sistemas.
  6. Diseño y planificación de arquitecturas escalables y distribuidas.

5 Bases de datos

  1. Fundamentos de bases de datos relacionales y no relacionales.
  2. Administración avanzada y automatización de despliegues.
  3. Replicación, particionamiento (sharding), alta disponibilidad y recuperación ante desastres
  4. Monitorización, optimización de consultas y seguridad.
  5. Control de accesos y auditoría.

 Virtualización, contenedores y entornos en la nube

  1. Arquitecturas avanzadas, alta disponibilidad y balanceo de carga.
  2. Gestión centralizada y automatización de infraestructuras virtualizadas/híbridas.
  3. Orquestación y administración de clústeres de contenedores (Kubernetes, Docker Swarm).
  4. Integración y gobernanza de entornos multicloud.
  5. Automatización y DevOps.

7 Redes y comunicaciones

  1. Fundamentos, modelos OSI/TCP-IP y segmentación avanzada.
  2. Protocolos: DNS, DHCP, NTP y servicios esenciales.
  3. VLANs, routing, direccionamiento y seguridad de red.
  4. Monitorización, diagnóstico y detección de anomalías.
  5. Comunicaciones en sistemas distribuidos y clústeres.

8 Copias de seguridad, recuperación y continuidad de negocio

  1. Estrategias integradas (completa, incremental, diferencial).
  2. Políticas de retención, réplica y archivado
  3. Respaldo y restauración de bases de datos, máquinas virtuales y aplicaciones críticas.
  4. Pruebas de recuperación y planes de continuidad (BCP, DRP).

9 Seguridad en sistemas de información

  1. Principios de ciberseguridad: ENS, NIS2 y RGPD.
  2. Autenticación, autorización, gestión de identidades (IAM, RBAC) y control de accesos.
  3. Hardening avanzado, SIEM/SOAR, correlación de eventos, gestión centralizada de logs.
  4. Evaluación de vulnerabilidades, gestión de incidentes y riesgos.

10 Gestión de proyectos y documentación técnica

  1. Fundamentos y fases del ciclo de vida de proyectos TIC.
  2. Metodologías de gestión de proyectos: Metodologías tradicionales y metodologías ágiles.
  3. Planificación, seguimiento, indicadores de desempeño, gestión de riesgos y calidad.
  4. Gestión de documentación técnica: Objetivos y tipologías de documentación técnica: documentación de requisitos, diseño, pruebas, operación, mantenimiento y usuario final.
  5. Coordinación con equipos internos y externos, gestión de proveedores y subcontratas

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (8 de enero de 2026)

El director gerente Juan José Elías Pérez