Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 30808
Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Alaró para los ejercicios 2026 y 2027
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El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 22 de diciembre de 2025, aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones para los ejercicios 2026 y 2027, con el siguiente texto:
“ PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALARÓ PARA LOS EJERCICIOS 2026 Y 2027
Las subvenciones son una técnica de fomento de determinados comportamientos considerados de interés general y fines y todo uno procedimiento de colaboración entre la administración pública y el particulares para la gestión de actividades de interés público. Dada la diversidad de subvenciones de distinta naturaleza que se conceden dentro de la administración, éstas deben ser objeto de un seguimiento y control con el fin de asegurar su eficacia.
Desde del cariz económico, las subvenciones son una modalidad importante de la gasto pública y, por tanto, deben ajustarse a las directrices de política presupuestaria, actualmente orientada por los criterios de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera y crecimiento económico.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones -LGS-, supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la ley es el de la transparencia que, junto con la variedad de instrumentos que se articulan en la ley, redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.
El artículo 8.1 LGS establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, tendrán que concretar en un Plan estratégico de subvenciones los objetivos y efecto que se pretende con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, costes previsibles y sus fuentes de financiación.
A su vez, la Disposición final primera LGS dispone que el citado artículo tiene carácter básico, resultando de aplicación a todas las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, los planes estratégicos contendrán previsiones por a uno período de vigencia de tres años, a menos que por la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de diferente duración.
Declarada la constitucionalidad del mencionado artículo 8.1 LGS, mediante Sentencia del TC de 4 de junio de 2013; procede aplicar respeto a el artículo mencionado la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo (Sentencias de 4 de diciembre de 2012, de 26 de junio de 2012, de 28 de enero de 2013, de EDJ 2013/6647 de 16 de abril de 2013), que considera que el citado precepto tiene carácter básico y llega a las siguientes conclusiones:
Por esto, este ayuntamiento aprueba el Plan estratégico de subvenciones para el período 2026-2027, cuyo articulado figura a continuación:
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
La concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Alaró durante el período 2026-2027 se ajustará a lo dispuesto en este Plan.
Artículo 2
La concesión de subvenciones requerirá la previa inclusión de las consignaciones correspondientes en los presupuestos municipales de cada año y la aprobación de las convocatorias que contengan las bases reguladoras de su concesión.
Artículo 3
La concesión de subvenciones queda supeditada al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en todo momento a los citados objetivos.
Artículo 4
La aprobación del presente Plan estratégico de subvenciones no supone la generación de ningún derecho a favor de los potenciales beneficiarios, quienes no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
Artículo 5
Son principios generales de este Plan los siguientes:
Artículo 6
La concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia se realiza mediante la aplicación de los criterios en las bases reguladoras y en la convocatoria. Se adjudicarán con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible.
Por todas las subvenciones que deban concederse por el procedimiento de concurrencia competitiva se tendrán que aprobar las correspondientes bases específicas, que se aprobarán conjunta o previamente a la convocatoria.
La competencia para la aprobación de las bases específicas corresponde al alcalde oa la junta de gobierno, según la cuantía de las mismas. Las entidades interesadas presentarán una solicitud en los plazos establecidos para tener opción a una subvención.
La competencia para la aprobación de los convenios reguladores de las subvenciones otorgadas nominativamente, corresponde al alcalde oa la junta de gobierno, de acuerdo con el correspondiente acuerdo de delegación.
Artículo 7
Las subvenciones que se otorguen directamente, no siendo preceptiva la concurrencia competitiva, tendrán que estar consignadas nominativamente en el presupuesto general del Ayuntamiento de Alaró.
La concesión directa se formalizará en un convenio que contendrá, como mínimo, los siguientes puntos:
a. Definición del objeto de la subvención, con indicación de su carácter singular y las razones que acrediten el interés público, social, económico o humanitario y aquellas que justifiquen la dificultad de su convocatoria pública.
b. Régimen jurídico aplicable.
c. Beneficiarios y modalidad de ayuda.
d. Procedimiento de concesión y régimen de justificación de la aplicación dada a las subvenciones por los beneficiarios y, en su caso, entidades colaboradoras.
Artículo 8
De acuerdo con lo que dispone el artículo 34 de la Ley General de Subvenciones, también se podrán realizar pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con carácter previo a la justificación, con financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.
Esta posibilidad y régimen de garantías deberá preverse expresamente en las bases de las diferentes convocatorias y, en su caso, en los convenios reguladores, en función de las necesidades del tipo de proyectos a subvencionar, de los destinatarios de la subvención y de los principios de eficacia y eficiencia que debe regir toda actuación pública.
CAPÍTULO II BENEFICIARIOS
Artículo 9
El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o entidades privadas con el fin de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.
De acuerdo con la Base 27 de las Bases de ejecución del presupuesto de 2026, que su aprobación inicial fue publicada en el BOIB núm. 158 de 29 de noviembre de 2025, se establecen las siguientes subvenciones nominativas para el ejercicio 2026, cuyas condiciones se concretarán en el convenio correspondiente:
|
Prog. |
Econòmica |
Beneficiario |
Importe |
|
2312 |
46702 |
Fons Mallorquí de Solidaritat i Cooperació |
15.000,00 € |
|
311 |
48911 |
Associació d'Animals d'Alaró (ADA) |
19.000,00 € |
|
320 |
45002 |
IES Binissalem |
1.000,00 € |
|
320 |
45391 |
Institut d'Estudis Baleàrics (cursos català) |
2.000,00 € |
|
320 |
48910 |
CEIP Pere Rosselló Oliver |
4.500,00 € |
|
320 |
48919 |
CC Nostra Senyora de la Consolació |
2.000,00 € |
|
320 |
48921 |
AFA CEIP Pere Rosselló Oliver |
5.000,00 € |
|
334 |
48912 |
Orfeó d'Alaró |
4.500,00 € |
|
334 |
48913 |
Banda de Música Cabrit i Bassa |
48.000,00 € |
|
334 |
48915 |
Dimonis d'Alaró |
18.600,00 € |
|
334 |
48916 |
Colla Gegantera d'Alaró |
1.500,00 € |
|
334 |
48917 |
Parroquia San Bartolomé de Alaró |
4.500,00 € |
|
334 |
48918 |
Associació Cultural de Teatre i Escena |
5.000,00 € |
|
334 |
48920 |
Escola de música |
3.500,00 € |
CAPÍTULO III OBJETIVOS, EFECTO Y MATERIAS EN LAS QUE SE ESTABLECERÁN SUBVENCIONES
Artículo 10
El Ayuntamiento de Alaró tiene previsto convocar subvenciones en las siguientes materias:
Artículo 11
Objetivo: en materia de Medio Ambiente
Efecto: el Ayuntamiento de Alaró establecerá, durante el período de vigencia del presente Plan, subvenciones cuyo efecto tenga repercusión en:
Artículo 12
Objetivo: en materia de Educación
Efecto: El ayuntamiento de Alaró establecerá, durante el período de vigencia del presente Plan, ayudas cuyo efecto tenga repercusión en:
Artículo 13
Objetivo: en materia de cultura, ocio y mayores.
Efecto: el Ayuntamiento de Alaró establecerá, durante el período de vigencia del presente Plan, subvenciones para actividades, servicios y programas cuyo efecto tenga repercusión en:
Artículo 14
Objetivo: en materia de Deportes
Efecto: el ayuntamiento de Alaró establecerá, durante el período de vigencia del presente Plan, subvenciones cuyo efecto tenga repercusión en:
Artículo 15
Objetivo: en materia de cooperación internacional
Efecto: el Ayuntamiento de Alaró establecerá, durante el período de vigencia del presente Plan, subvenciones cuyo efecto tenga repercusión en:
CAPÍTULO IV FINANCIACIÓN
Artículo 16
La financiación de las subvenciones que conceda el ayuntamiento de Alaró se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al Capítulo IV o VII del presupuesto de gastos de los ejercicios correspondientes, según el caso.
Los costes previsibles para atender a las previsiones del presente Plan para cada ejercicio se determinarán en los presupuestos del correspondiente año.
Con carácter general, para todo tipo de subvenciones que se concedan por el Ayuntamiento de Alaró, el plazo de desarrollo de estas actuaciones será siempre anual, sin perjuicio de aquellas actividades que se consoliden en el tiempo, o cuya actuación necesite un plazo mayor al ejercicio anual, en cuyo caso deberán seguir cumplimentando anualmente los requisitos establecidos en la ordenanza.
CAPÍTULO V VIGENCIA DEL PLAN
Artículo 17
Este Plan estará vigente del día 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027 como documento de planificación estratégica de las políticas de subvención del ayuntamiento de Alaró. Por este motivo, asume el compromiso de revisarlo anualmente con la aprobación del presupuesto municipal, sin perjuicio de cualquier modificación, revisión o revocación anticipada que pueda formularse.
Artículo 18
La efectividad de este Plan queda condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, que dependerá, entre otros condicionantes, de la disponibilidad presupuestaria del ejercicio y de la solicitud de los beneficiarios, en su caso, y al cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria.
CAPÍTULO V CONTROL Y EVALUACIÓN DEL PLAN
Artículo 19
Anualmente se pondrá a disposición de la junta de gobierno local y de la comisión especial de cuentas un resumen objetivo de los resultados de la acción subvencionadora municipal.
Artículo 20
El control financiero de los programas subvencionados está encomendado a la Intervención municipal, que al respecto analizará las fechas reales de pago de los importes subvencionados en relación a las fechas previstas en cada expediente, así como los medios de pago utilizados y la correcta justificación de los extremos requeridos a cada beneficiario para la obtención de la subvención.
La Intervención elaborará modelos de justificación de subvenciones que faciliten la fiscalización de las mismas.
CAPÍTULO VI LÍNEAS DE ACTUACIÓN SECTORIAL
Artículo 21
Las subvenciones previstas presupuestariamente se ordenan bajo los siguientes objetivos estratégicos:
Objetivo estratégico: MEDIO AMBIENTE
|
Aplicación press. |
Área gestora |
Beneficiario |
Objeto |
Importe |
Fuente de financiación |
Modalidad |
|
311-48911 |
Medio Ambiente |
Asociació d'Animals d'Alaró (ADA) |
Mantener el control de las colonias de felinos |
19.000,00 € |
Fondos propios |
Nominativa |
Objetivo estratégico: EDUCACIÓN
|
Aplicación press. |
Área gestora |
Beneficiario |
Objeto |
Importe |
Fuente de financiación |
Modalidad |
|
|
320-45002 |
Educación |
IES Binissalem |
Contribución a las actividades complementarias a la educación, para el mantenimiento del grupo musical del instituto, formado por docentes y alumnos de música del centro. |
1.000,00 € |
Fondos propios |
Nominativa |
|
|
320-45391 |
Educación |
Institut d'Estudis Baleàrics (cursos catalán) |
Fomento del uso de la lengua catalana |
2.000,00 € |
Fondos propios |
Nominativa |
|
|
320-48910 |
Educación |
CEIP Pere Rosselló y Oliver |
Mejorar la implementación de nuevas herramientas didácticas |
4.500,00 € |
Fondos propios |
Nominativa |
|
|
320-48919 |
Educación |
CC Nostra Senyora de la Consolació |
Mejorar la implementación de nuevas herramientas didácticas |
2.000,00 € |
Fondos propios |
Nominativa |
|
|
320-48921 |
Educación |
AFA CEIP Pere Rosselló Oliver |
Fomento del acceso de todos los niños a la escuela de verano. |
5.000,00 € |
Fondos propios |
Nominativa |
|
Objetivo estratégico: CULTURA Y OCIO
|
Aplicación press . |
Área gestora |
Beneficiario |
Objeto |
Importe |
Fuente de financiación |
Modalidad |
|
334-48912 |
Cultura |
Orfeó de Alaró |
Fomento de la cultura |
4.500,00 € |
Fondos propios |
Nominativa |
|
334-48913 |
Cultura |
Banda de Música Cabrit y Bassa |
Fomento de la cultura |
48.000,00 € |
Fondos propios |
Nominativa |
|
334-48915 |
Cultura |
Dimonis d'Alaró |
Fomento de la cultura |
18.600,00 € |
Fondos propios |
Nominativa |
|
334-48916 |
Cultura |
Geganters Alaró |
Fomento de la cultura |
1.500,00€ |
Fondos propios |
Nominativa |
|
334-48917 |
Cultura |
Parroquia San Bartolomé de Alaró |
Fomento de la cultura |
4.500,00 € |
Fondos propios |
Nominativa |
|
334-48918 |
Cultura |
Asociació Cultural de Teatre i Escena |
Fomento de la cultura |
5.000,00 € |
Fondos propios |
Nominativa |
|
334-48920 |
Cultura |
Escola de música |
Fomento de la cultura |
3.500,00 € |
Fondos propios |
Nominativa |
|
334-48901 |
Cultura |
Asociaciones culturales, sociales y juveniles |
Fomento de la cultura |
32.000,00 € |
Fondos propios |
Concurrencia |
Objetivo estratégico: DEPORTES
|
Aplicación press . |
Área gestora |
Beneficiario |
Objeto |
Importe |
Fuente de financiación |
Modalidad |
|
341-48901 |
Deportes |
Clubes deportivos y asociaciones deportivas |
Fomentar el deporte en todas las categorías y clases |
60.000,00 € |
Fondos propios |
Concurrencia |
Objetivo estratégico: COOPERACIÓN INTERNACIONAL
|
Aplicación press . |
Área gestora |
Beneficiario |
Objeto |
Importe |
Fuente de financiación |
Modalidad |
|
2312-46702 |
Alcaldía |
Asociació Fons Mallorquí de Solidaritat i Cooperació |
Fomentar la Cooperación internacional mediante el desarrollo de los valores de la solidaridad |
15.000,00 € |
Fondos propios |
Nominativa |
Alaró, en la fecha de la firma electrónica (14 de enero de 2026)
El alcalde Llorenç Perelló Rosselló