Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓN INSTITUTO SOCIOEDUCATIVO S'ESTEL
Núm. 26519
Resolución de la gerente de la Fundació Institut Socioeducatiu s’Estel por la que se deja sin efectos la convocatoria de la oferta de ocupación pública ordinaria del año 2022 por concurso oposición para cubrir 7 plazas de personal laboral de la Fundación
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Hechos
1. En fecha 30 de diciembre de 2025, en el BOIB núm. 173 se publicó resolución de la gerente de la Fundació Institut Socioeducatiu s'Estel por la que se aprueba la convocatoria de la oferta pública por concurso oposición para cubrir plazas de personal laboral de la Fundació Institut Socioeducatiu s'Estel.
2. Asimismo, en fecha 5 de enero de 2026, el comité de empresa de la Fundación, alegó la falta de negociación del contenido de las bases específicas de la convocatoria mencionada.
Fundamentos de derecho
1. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 2 d) de la Ley 7/2010, de 29 de julio, del sector público instrumental de la CAIB, la Fundació Institut Socioeducatiu s'Estel es un ente que forma parte del sector público instrumental.
2. La exposición de motivos de la Ley 7/2010, de 29 de julio, del sector público instrumental de la CAIB, indica que una de sus finalidades básicas es insistir especialmente en el régimen de control y tutela de todos aquellos instrumentales con la pretensión esencial de conseguir una actuación transparente en la gestión de los intereses públicos.
En este sentido, el artículo 23.2 dispone que el personal al servicio de estos nos los es de aplicación, en todo caso y como mínimo, la regulación establecida en el Estatuto Básico del Empleado público (EBEP), en cuanto a los deberes de los empleados públicos, el código de conducta, los principios éticos y de conducta, los principios rectores del acceso a la ocupación pública y las normas reguladoras de la reserva de cuota para personas con discapacidad.
3. Por todo el anterior, el artículo 37 del Estatuto Básico del Empleado público, establece cuales son las materias objeto de negociación, concretamente su apartado c) indica que será objeto de negociación, las normas que fijen los criterios generales en materia de acceso, carrera, provisión, sistemas de clasificación de lugares de trabajo, y planes e instrumentos de planificación de recursos humanos.
Por todo lo anterior, dicto la siguiente
Resolución
1. Dejar sin efectos la resolución de la gerente de la Fundació Institut Socioeducatiu s'Estel por la que se aprueba la convocatoria de la oferta pública por concurso oposición para cubrir plazas de personal laboral de la Fundació Institut Socioeducatiu s'Estel, publicada en el BOIB núm. 173 de 30 de diciembre de 2025.
2. Ordenar la elaboración de unas nuevas bases específicas de la convocatoria mencionada, una vez se hayan negociado con el comité de empresa de la Fundación.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Marratxí, en fecha de la firma electrónica (14 de enero de 2026)
La gerente de la Fundació Institut Socioeducatiu s'Estel Fca. Àngeles Viver Salort