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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 19524
Notificación de Requerimiento de solicitud de pago a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 16 de diciembre de 2025, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para las Inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima, para el año 2024

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Texto

La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizarán a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de acuerdo con los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La jefa de Sección I de Ayudas al Desarollo Rural del FOGAIBA, con fecha 16 de diciembre de 2025, firmó el siguiente,

"ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONS DE GARANTIA AGRÀRIA I PESQUERA DE LES ILLES BALEARS

Asunto: Requerimiento solicitud de pago IMIT2024_1

Convocatoria «Inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima», BOIB nº 51 de 18 de abril de 2024.

En relación con la convocatoria arriba mencionada, se dictó la Resolución de concesión de la subvención, cuyos datos se indican en el anexo de este requerimiento.

El artículo 70.3 del Reglamento de la Ley de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, establece que transcurrido el plazo establecido de justificación sin que ésta se haya presentado ante el órgano competente, éste debe requerir al beneficiario para que en el plazo improrrogable de 15 días la presente.

Dado esto, le requiere para que presente la siguiente documentación:

  • DOCUMENTACIÓN: solicitud de pago del expediente relacionado en el anexo de este requerimiento, junto con la documentación acreditativa que pruebe de forma indudable que la inversión estaba efectuada dentro del plazo establecido, es decir, antes del 14 de agosto de 2025.
  • PLAZO: 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta notificación.

Una vez transcurrido el plazo para subsanar las deficiencias sin que lo haya hecho, se revocará la ayuda, de acuerdo con el artículo 92.1 del Reglamento de la Ley de subvenciones citado.

A fecha de la firma electrónica

La jefe de Sección I de Ayudas al Desarrollo Rural Maria Angeles Pérez Ribas"

TITULAR

NIF

NºEXPEDIENTE

FECHA NOTIFICACIÓN BOIB concesión

Plazo ejecución

Requerimiento

JAUME RAMIS ADROVER

***7081**

IMIT2024_1/193

29/09/2025

BOIB n.º 68

14/08/2025

- Solicitud pago y certificación bancaria acreditativa titularidad cuenta corriente.

- Acreditar de manera fehaciente que la inversión estaba efectuada dentro el plazo establecido

Palma, a fecha de la firma electrónica (12 de enero de 2026) La jefe del Servicio de Ajudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA Gema Canós Franch