Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES

Núm. 951532
Extracto de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se convocan ayudas a los y las deportistas de las Islas Baleares para que puedan mejorar sus medios de entrenamiento y el acceso a las competiciones en el año 2026

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 874578

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

1. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas los deportistas que cumplan los requisitos siguientes:

  1.  Todos los deportistas que obtengan una puntuación igual o superior a cinco (5) puntos, como resultado de aplicar los criterios y baremos del apartado 8. Esta puntuación se calcula sobre la base de un resultado deportivo conseguido durante el año 2025 o en algunos casos en los que un título conseguido durante los años 2023 y 2024 continúe vigente.
  2.  Tener la vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de las Islas Baleares, desde antes del 1 de enero de 2024 y mantenido hasta la actualidad.
  3.  Tener el domicilio fiscal en España.
  4.  No haber competido en 2025 representando a una comunidad autónoma diferente de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
  5.  No haber competido en 2025 representando a otro país que no sea España.
  6.  Disponer en 2026 de licencia federativa autonómica de las Islas Baleares, o bien licencia federativa nacional.
  7.  No tener vigente ninguna sanción firme grave o muy grave en materia deportiva, ninguna sanción firme por dopaje, ni ninguna sanción penal firme por delitos relacionados con el dopaje. En el caso de que los expedientes sancionadores o los procedimientos judiciales estén todavía en tramitación o la resolución sancionadora o sentencia condenatoria no sea firme, el deportista puede presentar la solicitud de ayuda, pero la concesión, en su caso, queda suspendida hasta que estos procedimientos se resuelvan definitivamente.
  8.  El resultado presentado debe corresponderse con una prueba de una de las modalidades o especialidades deportivas psicotécnicas a las convocatorias de subvenciones del Consejo Superior de Deportes (según Resolución del presidente del Consejo Superior de Deportes de 30 de enero de 2025). Por otro lado, se aceptarán también las especialidades incluidas en los Juegos Mundiales Special Olympics.

Quedan excluidos de esta convocatoria los y las deportistas que se encuentren en alguno de los casos siguientes durante las competiciones disputadas en el año 2025:

  • Ciclistas profesionales que tengan contrato con un equipo de la UCI World Team.
  • Tenistas profesionales ATP que hayan disputado una fase final de un máster 250 o una competición de nivel superior.
  • Tenistas profesionales WTA que hayan disputado una fase final de un torneo premium o una competición de nivel superior.
  • Jugadores de golf profesionales del PGA Tour y del European Tour.
  • Competidores de moto GP.
  • Competidores de fórmula 1.
  • Competidores del World Rally Championship.
  • Conductor profesional de competiciones "premiun" o profesionales de Trote.
  • Deportistas profesionales de deportes de combate y fisioculturismo.

2. Finalidad:

Apoyar a los deportistas de las Islas Baleares para que puedan mejorar sus medios de entrenamiento y el acceso a las competiciones durante el año 2026.

3. Bases reguladoras:

Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 23, de 16 de febrero).

4. Importe:

La dotación de la convocatoria es de 1.100.000,00 euros.

5. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo para presentar las solicitudes es de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, a fecha de firma digital (19 de diciembre de 2025)

El consejero de Turismo, Cultura y Deportes Jaume Bauza Mayol