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AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 1773
Extracto del Convenio de subvención entre el Ayuntamiento de Inca y la Asociación Unión Musical Inquera
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BDNS: 878314
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto del convenio, cuyo texto íntegro puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
Primero. Beneficiario
Asociación Unión Musical Inquera, con CIF G07447378.
Segundo. Objeto
El presente convenio tiene por objeto subvencionar las actuaciones públicas y protocolarias desarrolladas por la Unión Musical Inquera durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, de acuerdo con las condiciones establecidas en el convenio suscrito con el Ayuntamiento de Inca.
Tercero. Bases reguladoras
La subvención se concede mediante convenio de subvención nominativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.2.a) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el convenio aprobado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Inca en sesión de fecha 28 de mayo de 2025.
Cuarto. Importe
El importe máximo de la subvención asciende a treinta mil euros (30.000,00 €), con cargo a la partida presupuestaria 09.33000.4850003 del presupuesto municipal vigente.
Quinto. Forma de pago
El pago de la subvención se realizará mediante un anticipo del 90 % del importe concedido, una vez formalizado el convenio, procediéndose, en su caso, al abono restante tras la justificación de la subvención en los términos previstos en el mismo.
Sexto. Plazo de justificación
La justificación de la subvención deberá presentarse en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la finalización de las actuaciones subvencionadas, de conformidad con lo establecido en el convenio.
Inca, en la fecha de la firma electrónica (30 de diciembre de 2025)
El alcalde Virgilio Moreno Sarrió