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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 964983
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de diciembre de 2025 por el que se declaran Proyectos de Especial Interés Estratégico autonómico las actuaciones destinadas a mejorar la adecuación climática de diversos centros educativos públicos de las Illes Balears

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Texto

Uno de los objetivos del Gobierno de las Illes Balears, de conformidad con el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, es garantizar el derecho a una educación de calidad y el acceso a la misma en condiciones de igualdad (artículo 26.1).

Asimismo, de acuerdo con el Estatuto, las instituciones propias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para cumplir las finalidades que les son propias y en el marco de las competencias que les atribuye dicho Estatuto, deben promover, como principios rectores de la política económica y social, el desarrollo sostenible orientado al pleno empleo, la cohesión social y el progreso científico y técnico, de manera que se garantice a toda la ciudadanía el acceso a los servicios públicos y el derecho a la salud, la educación, la vivienda, la protección social, el ocio y la cultura (artículo 12.3).

En este marco, el artículo 104 de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo), establece que la administración educativa debe llevar a cabo la planificación de las infraestructuras educativas públicas con la finalidad de garantizar que los centros educativos se encuentren en las mejores condiciones, así como de dar respuesta a las necesidades sociales, territoriales y educativas del sistema público.

En particular, el artículo 104.4 dispone expresamente que los planes de infraestructuras deben incluir la previsión de las reformas necesarias en los centros educativos existentes que lo requieran para la adecuación y mejora de las instalaciones, mientras que el artículo 104.5 establece que el diseño y la adecuación de las infraestructuras educativas deben velar por la introducción de criterios de sostenibilidad, eficiencia energética y adaptación ambiental.

Corresponde a la Consejería de Educación y Universidades, a través de la Secretaría Autonómica de Desarrollo Educativo, entre otras competencias, la coordinación de las infraestructuras educativas, de conformidad con el artículo 2, apartado 4, del Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El Decreto ley 8/2025, de 5 de diciembre, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears, regula la figura de los proyectos de especial interés estratégico y establece, en su título IV, el régimen específico aplicable a las inversiones públicas en infraestructuras y equipamientos esenciales, entre los que se incluyen los equipamientos educativos.

En los últimos años se ha constatado un incremento progresivo de las temperaturas medias y, especialmente, de las temperaturas extremas durante los meses lectivos, hecho que incide de manera directa en las condiciones ambientales de los edificios educativos públicos, especialmente en aquellos con edificaciones antiguas o con prestaciones térmicas insuficientes.

Esta situación afecta al confort ambiental de las aulas y espacios docentes, a la salubridad y calidad del ambiente interior, así como al bienestar y la salud del alumnado y del personal docente y no docente, y dificulta el desarrollo de la actividad educativa en condiciones adecuadas.

Con la finalidad de evaluar de forma objetiva el estado de determinados centros educativos públicos en relación con su comportamiento climático, las condiciones de confort, la salubridad y la habitabilidad de los espacios docentes, la Consejería de Educación y Universidades formalizó un encargo de gestión a la Fundación Universidad-Empresa de las Illes Balears (FUEIB) (MEPRO 2024/1139).

El encargo de gestión MEPRO 2024/1139 tuvo como objeto de estudio a 19 centros educativos de diferentes características, principalmente aquellos en los que se había detectado una falta de aislamiento térmico, de sistemas eficaces para sombrear ni sistemas de climatización ni refrigeración adecuados.

Esta actuación permitió llevar a cabo un análisis técnico sistemático de las características constructivas de los edificios, con especial atención a la envolvente, las fachadas, las cubiertas y las carpinterías exteriores, así como al estado y prestaciones de las instalaciones existentes, con el objetivo de identificar las deficiencias y las posibilidades de mejora en materia de confort térmico y calidad ambiental.

Los trabajos desarrollados han dado lugar a un informe técnico que pone de manifiesto la necesidad de desarrollar proyectos orientados a la adecuación de la envolvente de los edificios, mediante actuaciones sobre fachadas, carpinterías y cubiertas, así como la mejora o modificación de las instalaciones térmicas, con la finalidad de alcanzar los niveles de salubridad, confort térmico y calidad ambiental exigidos por los estándares normativos vigentes en doce de los diecinueve centros educativos evaluados.

Si bien los diecinueve centros educativos evaluados requieren actuaciones de adecuación para mejorar sus condiciones ambientales, en siete de ellos resulta necesario plantear intervenciones de mayor alcance, que trascienden la mera adecuación climática, por lo cual no forman parte de esta propuesta. Por ello, atendida la magnitud de las actuaciones requeridas en estos siete centros, deberán ser objeto de una planificación específica en el marco del Plan de Infraestructuras Educativas.

Atendida la naturaleza de las obras proyectadas, su relevancia social y funcional, la vinculación directa con el cumplimiento de la planificación de las infraestructuras educativas públicas prevista en el artículo 104 de la Ley 1/2022, así como la concurrencia del marco jurídico establecido en el Decreto ley 8/2025, concurren las circunstancias que justifican la declaración de las obras de mejora como Proyecto de Especial Interés Estratégico autonómico de los centros recogidos en el Anexo I.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 27.3 del Decreto ley 8/2025, de 5 de diciembre, pueden ser declarados Proyectos de Especial Interés Estratégico los proyectos de iniciativa pública que, por su naturaleza, alcance o incidencia, respondan a razones de interés general y afecten a infraestructuras o equipamientos públicos.

Para la declaración de un equipamiento público, el Consejo de Gobierno de las Illes Balears debe identificar los terrenos en los que se ubica o debe ubicarse el equipamiento público, indicar la administración a la que corresponde la titularidad y determinar el uso concreto que debe darse al equipamiento, los cuales se identifican en el Anexo I.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Educación y Universidades, en la sesión de día 30 de diciembre de 2025, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Declarar Proyectos de Especial Interés Estratégico autonómico las obras para la adecuación climática de los centros educativos públicos de las Illes Balears relacionados en el Anexo I del presente Acuerdo.

Segundo. Notificar el presente Acuerdo a los ayuntamientos relacionados en el Anexo I.

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (30 de diciembre de 2025)

La secretaria del Consejo de Gobierno

Antònia Maria Estarellas Torrens

 

El vicepresidente

(Por suplencia de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 1/2019,

de 31 de enero, del Gobierno de les Illes Balears)

Antoni Costa Costa