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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 964937
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de diciembre de 2025 por el cual se declaran proyecto de especial interés estratégico autonómico las obras de reforma integral del CEIP Mestre Guillem Galmés, en la parcela con referencia catastral 4949231ED2845S0001RA, de propiedad municipal, calificada como equipamiento público de uso educativo en suelo urbano, en el término municipal de Sant Llorenç des Cardassar, de acuerdo con el artículo 27 del Decreto ley 8/2025, de 5 de diciembre, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears

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Texto

Uno de los objetivos del Gobierno de las Illes Balears, de conformidad con el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, es garantizar el derecho a una educación de calidad y el acceso a la misma en condiciones de igualdad (Art. 26.1).

Asimismo, de acuerdo con el Estatuto, las instituciones propias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para cumplir con las finalidades que les son propias y en el marco de las competencias que les atribuye dicho Estatuto, deben promover, como principios rectores de la política económica y social, el desarrollo sostenible encaminado al pleno empleo, la cohesión social y el progreso científico y técnico, de manera que se asegure a toda la ciudadanía el acceso a los servicios públicos y el derecho a la salud, la educación, la vivienda, la protección social, el ocio y la cultura (Art. 12.3).

El Capítulo I del Título V de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo), regula la red de centros educativos de las Illes Balears. En el artículo 102, sobre la creación de centros, establece que la creación, supresión y transformación de centros públicos corresponde al Govern de les Illes Balears, que deberá establecer los tipos de enseñanzas que en ellos se impartan.

Corresponde a la Consejería de Educación y Universidades, mediante la Secretaría Autonómica de Desarrollo Educativo, entre otras competencias, la coordinación de las infraestructuras educativas, de acuerdo con el artículo 2, apartado 4, del Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El Decreto ley 8/2025, de 5 de diciembre, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears establece la regulación relativa a la declaración de proyecto de especial interés estratégico para la comunidad autónoma de les Illes Balears y, entre otros aspectos, establece el régimen jurídico para construir, reformar, mejorar o ampliar infraestructuras o equipamientos públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atendida la necesidad extraordinaria y urgente de regular la tramitación preferente, la agilización y la simplificación administrativas de estos proyectos públicos en un marco único, común y transparente para la ciudadanía (art. 1).

El CEIP Mestre Guillem Galmés está situado en la parcela catastral 4949231ED2845S0001RA, calificada como equipamiento de uso docente en suelo urbano, de titularidad municipal. Está constituido por un conjunto de edificios construidos como ampliaciones del edificio original, que data aproximadamente del año 1960. Las sucesivas ampliaciones datan de los años 1978, 1985 y 2003, año a partir del cual se han continuado realizando en el centro actuaciones de reforma, de reparación estructural y de adecuación a la normativa de accesibilidad, entre otras, hasta la fecha actual.

El edificio original y las ampliaciones realizadas en los años 1978 y 1985 necesitan una reforma integral. Deben llevarse a cabo actuaciones para mejorar las condiciones de seguridad estructural del edificio: es necesario realizar un refuerzo estructural del forjado de la planta primera del edificio original, de aproximadamente 370 m², y reforzar, reparar y consolidar los arcos de medio punto de la galería de la planta baja.

Además de estas cuestiones que afectan a la seguridad estructural del edificio, son necesarias otras actuaciones encaminadas a mejorar las prestaciones de seguridad en caso de incendio, habitabilidad, funcionalidad y eficiencia energética (en cumplimiento del Código Técnico de la Edificación), así como en materia de actividades.

En estos momentos, la Conselleria d'Educació i Universitats, por medio del Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos (IBISEC), está redactando el proyecto de reforma integral del CEIP Mestre Guillem Galmés.

 

Para garantizar que el edificio disponga de unas condiciones adecuadas para su uso, resulta necesario declarar como proyecto de especial interés estratégico (PEIE) autonómico las obras de reforma integral del CEIP Mestre Guillem Galmés.

El Título IV del Decreto ley 8/2025, de 5 de diciembre, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears regula las medidas para agilizar las inversiones de la Administración pública y «tiene por objeto establecer el régimen jurídico para agilizar la construcción, la reforma, la mejora o la ampliación de infraestructuras y equipamientos públicos» (art. 23). De acuerdo con el artículo 24, «es de aplicación a las infraestructuras o los equipamientos públicos que sean promovidos, financiados o desarrollados por la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o los entes del sector público autonómico, así como los consejos insulares o el sector público insular».

De acuerdo con el artículo 26, sobre redacción y aprobación de proyectos de obras a ejecutar en terrenos de titularidad de otra administración o ente del sector público, dado que el CEIP Mestre Guillem Galmés es propiedad del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar, será necesario que el ayuntamiento otorgue el título habilitante al ente promotor de las obras posteriormente a la declaración de proyecto de especial interés estratégico autonómico. Con carácter previo al inicio de las obras, el IBISEC deberá solicitar al Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar autorización para llevarlas a cabo.

El artículo 27 regula el régimen especial de los equipamientos e infraestructuras públicas. Entre otras cuestiones, establece que «la declaración, que debe determinar las condiciones para ejecutar el proyecto, corresponde al Consejo de Gobierno».

De acuerdo con el mismo artículo, dado que las obras se consideran PEIE autonómico, la consejería competente por razón de la materia debe solicitar un informe del ayuntamiento y comunicar a la consejería competente en materia de proyectos estratégicos de inversión el inicio de las actuaciones para declarar una infraestructura o un equipamiento como PEIE autonómico, así como formular la propuesta al Consejo de Gobierno para la declaración de PEIE autonómico.

Finalmente, «la declaración de PEIE, que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears, debe motivar el interés público y debe identificar los terrenos en los que se ubica o debe ubicarse la infraestructura o el equipamiento público, indicar la administración o el ente del sector público al que corresponde la titularidad y determinar el uso concreto que debe darse a la infraestructura o al equipamiento».

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Educación y Universidades, en la sesión de día 30 de diciembre de 2025, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Declarar proyecto de especial interés estratégico autonómico las obras de reforma integral del CEIP Mestre Guillem Galmés, en la parcela con referencia catastral 4949231ED2845S0001RA, de titularidad municipal, calificadas como equipamiento público de uso docente en suelo urbano, en el término municipal de Sant Llorenç des Cardassar, de conformidad con el artículo 27 del Decreto ley 8/2025, de 5 de diciembre, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears.

Segundo. Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar.

Tercero. Comunicar este Acuerdo a la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, consejería competente en materia de proyectos estratégicos de inversión.

Cuarto. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (30 de diciembre de 2025)

La secretaria del Consejo de Gobierno

Antònia Maria Estarellas Torrens

 

El vicepresidente

(Por suplencia de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 1/2019,

de 31 de enero, del Gobierno de les Illes Balears)

Antoni Costa Costa