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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN

Núm. 963815
Resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio por la que se aprueba la anotación en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la prórroga tácita del contrato de arrendamiento del inmueble situado en la calle Manacor, núm. 16, planta baja, de Campos (PRO02 26013/2025)

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Texto

Hechos

1. El 4 de marzo de 2021 se adjudicó, mediante concurso público, el arrendamiento del inmueble situado en la calle Manacor, núm. 16, planta baja, de Campos, para ubicar en él la oficina técnica de gestión del Parque Natural Marítimo-Terrestre de Es Trenc-Salobrar de Campos.

2. El 19 de marzo de 2021 se firmó el contrato de arrendamiento del citado inmueble entre el señor Sebastià Sureda Mas (DNI 42XXXXX1W), como parte arrendadora, y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, como parte arrendataria.

3. De acuerdo con la cláusula 3 del contrato, el arrendamiento tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 y prevé una prórroga tácita por el mismo período que el contrato principal —cuatro años y 288 días—, salvo que cualquiera de las partes comunique por escrito su voluntad de no renovarlo con una antelación mínima de tres meses antes de su vencimiento.

4. La vigencia de este contrato se estableció por un período inicial de cuatro años y 288 días, computados desde el 19 de marzo de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2025, prorrogable tácitamente por un período igual al del contrato inicial.

5. La renta mensual que se viene abonando es de 650 €, IVA excluido, a la que se añaden 136,50 € en concepto de IVA al 21 %, lo que supone una renta total de 786,50 € mensuales. El importe total de la prórroga asciende a 45.198,97 €, IVA incluido.

La cláusula séptima del contrato prevé que, en caso de prórroga, el importe de la renta podrá actualizarse, con la correspondiente justificación económica, de conformidad con el artículo 4.6 de la Ley 2/2015, de desindexación de la economía española, que fija como referencia el índice de variación anual de los precios del alquiler de oficinas.

6. El inmueble consta inscrito en el Registro de la Propiedad de Felanitx, en el folio 6, libro 459, tomo 4696, finca 27608, y su referencia catastral es 1352203ED0615S0011PK.

7. El activo fijo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es el 100000017444.

8. El 4 de noviembre de 2025, tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio (VALIB núm. identificador 437007) un oficio del secretario general de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, con documentación relativa a la prórroga tácita del arrendamiento del inmueble situado en la calle Manacor, núm. 16, planta baja de Campos, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 15 de octubre de 2030.

9. El 24 de noviembre de 2025, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, dictó una resolución por la que se autoriza el inicio del expediente de anotación en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la prórroga tácita del contrato de arrendamiento del inmueble situado en la calle Manacor, núm. 16, planta baja, de Campos.

10. El 2 de diciembre de 2025, el Servicio de Patrimonio emitió un informe favorable sobre el expediente de referencia.

11. El 17 de diciembre de 2025, la Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears emitió un informe favorable de fiscalización previa limitada.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos y sus modificaciones posteriores.

2. Los artículos 65 y siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que regulan los arrendamientos de inmuebles a favor de la Comunidad Autónoma.

3. Los artículos 131 y siguientes del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears

5. El Decreto 56/2023, de 21 de julio, por el que se dispone el nombramiento de altos cargos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación.

6. El Decreto 7/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, de modificación del Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

7. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Anotar en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la prórroga tácita del contrato de arrendamiento del inmueble situado en la calle Manacor, núm. 16, planta baja, de Campos, del 1 de enero de 2026 al 15 de octubre de 2030, por una renta mensual de 650 € (IVA excluido), más 136,50 € correspondientes al 21 % de IVA, lo que hace un total de 786,50 €/mes.

2. El gasto total del expediente de prórroga es de 45.198,97 € (IVA incluido), que se abonará con cargo a la partida presupuestaria 20101 711A01 20200 00.

3. Esta Resolución queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de la obligación en los presupuestos de los ejercicios siguientes.

4. Notificar esta Resolución a la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, sin perjuicio de que deba tramitarse el correspondiente procedimiento económico-financiero.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso de alzada ante el consejero de Economía, Hacienda e Innovación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

(Firmado electrónicamente: 19 de diciembre de 2025)

La directora general Susana Pérez Sánchez