Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 955492
Resolución del presidente de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones de designación del vocal del Consejo de Administración que ha de ejercer por suplencia las funciones del secretario general de la Agencia
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Hechos
1. La disposición final quinta de la Ley 6/2025, de 23 de julio, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025 (BOIB núm. 98, de 24 de julio), modificó el artículo 38 de la Ley 18/2016, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2017, en el sentido, en síntesis, de configurar la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones como un organismo autónomo de los previstos en el artículo 2.1.a) de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El apartado 3 de la disposición final vigésima primera de la Ley 6/2025 prevé que la modificación normativa que contiene la disposición final quinta debe desarrollar sus efectos a partir del 1 de enero de 2026.
3. Mediante el Decreto 63/2025, de 19 de diciembre de 2025, se aprueban los Estatutos de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones (BOIB núm. 168, de 20 de diciembre). De acuerdo con el artículo 1.4 de los Estatutos, la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones se adscribe a la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, sin perjuicio de los cambios de adscripción que determine el presidente de las Iles Balears mediante los decretos de estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y en el mismo sentido lo prevé el artículo 38.5 de la Ley 18/2016, modificado por la Ley 6/2025.
Asimismo, el anexo 1 del Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, adscribe la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones a la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación.
4. El artículo 9 de los Estatutos de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones establece que el presidente es el órgano unipersonal superior de dirección de la Agencia y que este cargo recae en el consejero de Economía, Hacienda e Innovación, o en la persona titular de la consejería de adscripción que determine el presidente de las Illes Balears en los decretos por los que se establezca la estructura orgánica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. El artículo 16 de los Estatutos regula el secretario general como órgano unipersonal de dirección de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones, jerárquicamente inferior a la presidencia y al Consejo de Administración, que ejerce las competencias relativas a los asuntos generales, el personal, el asesoramiento jurídico, la contratación y la gestión económica de la entidad, en los términos previstos en estos Estatutos. En particular, el artículo 17 de los Estatutos determina las funciones que corresponde ejercer al secretario general.
6. El apartado 4 del artículo 16 de los Estatutos establece que en caso de vacante, ausencia o enfermedad del secretario general, lo sustituye el vocal del Consejo de Administración que la presidencia designe, y dé cuenta al Consejo de Administración, entre los mencionados desde la letra a) hasta la letra f) del artículo 11.3 de estos Estatutos, el cual no tendrá derecho a percibir retribución alguna por este concepto.
7. La secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación es vocal del Consejo de Administración de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones, de acuerdo con la letra e) del artículo 11.3 de los Estatutos.
Fundamentos de derecho
1. Las disposiciones finales quinta y vigésima primera de la Ley 6/2025, de 23 de julio, de presupuestos generales de la CAIB para el año 2025, que, respectivamente, prevén la modificación del artículo 38 de la Ley 18/2016, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2017, y que la modificación normativa que contiene la disposición final quinta debe desarrollar efectos a partir del 1 de enero de 2026.
2. El artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. Los artículos 32 y 42.d) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. El Decreto 43/2023, de 10 de julio, por el que se dispone el nombramiento de los altos cargos y directores generales de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
6. Los artículos 1.4, 9, 11.3, 16 y 17 del Decreto 63/2025, de 19 de diciembre de 2025, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Designar a la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, vocal del Consejo de Administración de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones, para ejercer las funciones del secretario general de la Agencia, en caso de vacante, de ausencia o de enfermedad.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
3. Disponer que esta Resolución tenga efectos, una vez que se haya publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, desde el día 1 de enero de 2026.
Palma, en fecha de la firma electrónica (22 de diciembre de 2025)
El presidente de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones Antoni Costa Costa