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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DEL MAR Y DEL CICLO DEL AGUA

Núm. 955717
Resolución del consejero del Mar y del Ciclo del Agua, a propuesta del director general de Recursos Hídricos, por la que se concede una subvención al Ayuntamiento de Algaida de acuerdo con la convocatoria de subvenciones para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos para el año 2025, en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible para el periodo 2024-2025

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Texto

Antecedentes

1. El día 19 de julio de 2024, se aprobó el Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible para el periodo 2024-2025. 

2. El Pleno de la Comisión de Impulso del Turismo Sostenible aprobó, a propuesta del Comité Ejecutivo, la relación de proyectos a financiar con el Fondo para Favorecer el Turismo Sostenible correspondiente al Plan Anual 2024-2025, anexa al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de noviembre de 2024 (BOIB n.º 150, de 16 de noviembre de 2024).

3. Por Resolución del director de la AETIB de 6 de junio de 2025, se hace la transferencia a la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua para el proyecto ITS2024-2025-136 «Pacto proyectos municipales de agua».

4. En el BOIB n.º 99, de 26 de julio de 2025, se publicó la Resolución del consejero del Mar y del Ciclo del Agua por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos para el año 2025 en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible para el periodo 2024-2025. 

5. El día 25 de agosto de 2025, con número de registro de entrada GOIBE591802/2025, el Ayuntamiento de Algaida presentó dentro del plazo legalmente establecido, una solicitud a la convocatoria de subvenciones para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos para el año 2025 para los proyectos «Puesta en funcionamiento de pozos de reserva y garantía planta desnitrificadora», con un presupuesto total de 482.366,50 €, y un importe solicitado de 438.347,00 €, y «Renovación de redes de abastecimiento y saneamiento en mal estado», con un presupuesto total de 155.509,20 €, y un importe solicitado de 5.000,00 €, siendo el importe total solicitado de 443.347,00 €.

6. El importe solicitado, 443.347,00 €, se ajusta a los principios y criterios especificados en el apartado cuarto de la convocatoria y no supera el 100% del coste total del proyecto.   

7. En fecha 21 de noviembre de 2025, el Servicio de Proyectos del Ciclo del Agua de la Dirección General de Recursos Hídricos, ha emitido informe favorable para conceder una subvención para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos para el año 2025, en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible para el periodo 2024-2025, al Ayuntamiento de Algaida para las actuaciones «Puesta en funcionamiento de pozos de reserva y garantía planta desnitrificadora» y «Renovación de redes de abastecimiento y saneamiento en mal estado», con un importe máximo de 443.347,00 € con cargo a la partida presupuestaria 38101 G/562A01/76001/10 FI 25064 de los presupuestos generales vigentes de la CAIB o a la que apruebe el Parlamento de las Illes Balears para los próximos ejercicios presupuestarios, distribuida en las siguientes anualidades:

 

IMPORT

2025

235.766,64 €

2026

154.774,65 €

2027

52.805,71 €

8. La subvención propuesta no constituye «ayudas de Estado» en los términos previstos en el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

9. En el BOIB n.º 156, de 25 de noviembre de 2025 se publicó la propuesta provisional de la resolución del director general de Recursos Hídricos por la que se aprueba la concesión de una subvención para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos para el año 2025, en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible para el periodo 2024-2025 a favor del Ayuntamiento de Algaida, por un importe de 443.347,00 €. En fecha 26 de noviembre de 2025, el Ayuntamiento de Algaida aceptó esta propuesta.

10. El Ayuntamiento de Algaida está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

11. En fecha 2 de diciembre de 2025 el Servicio de Proyectos del Ciclo del Agua de la Dirección General de Recursos Hídricos ha emitido el «Informe técnico de la solicitud de subvención del Ayuntamiento de Algaida en base a la convocatoria de subvenciones para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos para el año 2025, en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible para el periodo 2024-2025», e informa favorablemente la concesión de la mencionada subvención.

12. En fecha 2 de diciembre de 2025 el director general de Recursos Hídricos ha dictado la propuesta de resolución por la que se aprueba la concesión de una subvención por actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos para el año 2025, en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible para el periodo 2024-2025 a favor del Ayuntamiento de Algaida.

13. Considerando el informe de fiscalización previa limitada de carácter favorable emitido por la Intervención de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears  en fecha 11 de diciembre de 2025.

Fundamentos de Derecho

1. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobada por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

3. Texto refundido de la Ley de Subvenciones de las Illes Balears , aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024, por el que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears  para los ejercicios 2024-2026 (BOIB n.º 52, de 20 de abril).

5.  Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 10 de junio de 2025 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears  para los ejercicios 2024-2026, aprobado mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024 (BOIB n.º 74, de 12 de junio de 2025).

6.  Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de noviembre de 2024 de aprobación de la relación de proyectos que se deben financiar con el Fondo para Favorecer el Turismo Sostenible correspondientes al Plan Anual 2024-2025 (BOIB n.º 150, de 16 de noviembre de 2024).

7. Orden 13/2025, de 20 de mayo, del consejero del Mar y del Ciclo del Agua por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de costas y litoral, recursos hídricos, puertos autonómicos, transporte marítimo y náutica.

8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

9. Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears , por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears .

10. Resolución del consejero del Mar y del Ciclo del Agua por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos para el año 2025, en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible para el periodo 2024-2025 (BOIB n.º 99, de 26 de julio de 2025).

Resolución

1. Aprobar la concesión de una subvención al Ayuntamiento de Algaida con CIF P0700400E por un importe máximo de 443.347,00 €, para la ejecución del «Puesta en funcionamiento de pozos de reserva y garantía planta desnitrificadora» y del «Renovación de redes de abastecimiento y saneamiento en mal estado», de acuerdo con lo que establece la convocatoria aprobada por la Resolución del consejero del Mar y del Ciclo del Agua de 23 de julio de 2025 (BOIB n.º 99, de 26 de julio de 2025).

2. Autorizar y disponer un gasto a favor del Ayuntamiento de Algaida con CIF P0700400E por valor de 443.347,00 € con cargo a la partida presupuestaria 38101 G/562A01/76001/10 FI 25064 de los presupuestos vigentes de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears  para los años 2025 a 2027, de acuerdo con las siguientes anualidades:    

 

IMPORT

2025

235.766,64 €

2026

154.774,65 €

2027

52.805,71 €

3. Disponer que el beneficiario de acuerdo con el apartado decimotercero de la convocatoria queda obligado al cumplimiento de los preceptos siguientes: 

• Firmar el convenio normalizado (modelo 4) de justificación con la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua (de acuerdo con lo que establece el apartado decimoquinto de la convocatoria), en el plazo de un mes desde la publicación de la Resolución de concesión en el BOIB. 

• Cumplir las obligaciones establecidas en los apartados decimotercero, decimoquinto y decimosexto de la convocatoria,

• el plazo para ejecutar y justificar la actividad objeto de la subvención comprende desde el día 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2027, con posibilidad de prórroga de 24 meses (apartado duodécimo de la convocatoria).

4. De acuerdo con la normativa aplicable en materia de subvenciones y las bases de la convocatoria, el beneficiario queda sujeto a las obligaciones de publicidad relativas al carácter público de la financiación. En concreto, el beneficiario deberá hacer constar en toda la difusión del proyecto que las actuaciones se han financiado mediante el Fondo de Impuesto de Turismo Sostenible (Fondo ITS) y la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua.

Todas las medidas de publicidad (incluidos carteles de obra, placas, material impreso y difusión digital, según corresponda de acuerdo con el que establece la letra m) del apartado decimotercero de la convocatoria) deberán cumplir estrictamente con los requisitos de imagen corporativa establecidos por la AETIB (Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears ) referentes al Fondo ITS.

5. El incumplimiento de estas obligaciones podrá dar lugar al inicio de un procedimiento de reintegro o sancionador, de acuerdo con los títulos IV y V del Texto refundido de la Ley de Subvenciones de las Illes Balears .

6. De acuerdo con el apartado decimosexto de la convocatoria, el pago de las subvenciones se debe hacer efectivo una vez se haya acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que se ha otorgado la subvención y se haya justificado que se ha llevado a término la actividad subvencionada y el pago.

Las entidades beneficiarias pueden solicitar, cada tres meses, un pago fraccionado del importe de la subvención otorgada para un proyecto.

Los pagos se deben hacer de acuerdo con las prescripciones establecidas en el convenio que se firme de acuerdo con el apartado decimoquinto de la convocatoria. El pago se debe efectuar mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria indicada por el beneficiario de la subvención.

Se considera gasto realizado o efectuado el que ha sido pagado efectivamente antes de la finalización del periodo de justificación. En este sentido, se considera gasto efectuado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad al día 1 de enero de 2028 o, en su caso, en la fecha que se otorgue en la prórroga.

7. Publicar esta Resolución  en el Boletín Oficial de las Illes Balears .

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer, alternativamente, recurso potestativo de reposición ante el consejero del Mar y el Ciclo del Agua, en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears , o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears , en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 12 de diciembre de 2025)

La secretaria general Juana María Forteza Pujol Por delegación de competencias del consejero del Mar y del Ciclo del Agua (BOIB núm. 128 de 16/09/2023)