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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ESPORLES

Núm. 949352
Acuerdo del Pleno de fecha 27/11/2025, de la entidad de Esporles, por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos n. º 2142/2025 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones de distintas áreas de gasto, que no afectan a altas y bajas de crédito de personal

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Texto

Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Bajas en Aplicaciones de Gastos 

Aplicación

Descripción

Créditos a transferir 

Progr.

Económica

 

 

 1621

 22700

 Recogida de Residuos

117.383,43

 

 

TOTAL

117.383,43

Altas en Aplicaciones de Gastos 

Aplicación

Descripción

Créditos a incorporar

Progr.

Económica

 

 

231

22799

Plan Prevención conductas de Riesgo

4.000,00

241

21201

Centro Cotoner

6.000,00

320

21200

Edificio Escuela

18.293,80

323

21201

Edificio Escoleta

13.749,23

334

22699

CACIM

11.000,00

3321

22200

Estudios usos lingüísticos Esporles

3.000,00

3321

62300

Inversiones Biblioteca

6.340,40

338

22609

Otras fiestas

4.000,00

920

22604

Jurídicos, contenciosos

46.000,00

932

22708

Servicios de recaudación a favor de la entidad

5.000,00

 

 

TOTAL

117.383,43

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Esporles, documento firmado electronicamente (18 de diciembre de 2025

El alcalde Josep Maria Ferrà Terrassa)