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CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 947102
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter extraordinario de 9 de diciembre de 2025, relativo a las bases que deben regir la concesión de ayudas del Consejo Insular de Menorca a las escuelas infantiles de primer ciclo y la convocatoria correspondiente al curso 2024/2025 (exp. 1505-2025-000001)
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BDNS 876369
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/876369):
Primero. Beneficiarios
Los beneficiarios deben ser titulares de escuelas infantiles de Menorca de primer ciclo de educación infantil, 0-3 años y deben tener la autorización correspondiente de la Consejería de Educación y Universidades, establecida por el Decreto 23/2020, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil.
Asimismo:
a) Se debe haber constituido el Consejo Escolar del centro y haber nombrado al director o directora.
b) Se debe disponer del proyecto educativo del centro, el Plan de Atención a la Diversidad y la programación general anual.
c) Se debe disponer de la memoria anual del curso escolar del año de la convocatoria, aprobada por el Consejo Escolar.
Los centros para los que se solicita la ayuda deben estar integrados dentro del programa para la gestión educativa de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de las Illes Balears (GESTIB) y deben mantenerse actualizados en cuanto a la gestión administrativa del alumnado y del profesorado.
Segundo. Objeto
El objeto de las ayudas es colaborar en el funcionamiento del servicio de comedor de las escuelas infantiles y apoyar a los niños y niñas con necesidades educativas especiales y alumnos gravemente afectados en edades correspondientes al primer ciclo de la educación infantil, hasta 3 años, y a sus familias.
Tercero. Bases reguladoras
La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión de carácter extraordinario de 9 de diciembre de 2025.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 200.000 € (doscientos mil euros), distribuido de la siguiente manera:
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Cantidad máxima |
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Línea 1: Ayudas al funcionamiento de las aulas comedor de las escuelas infantiles de primer ciclo |
120.000 € |
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Línea 2. Ayudas a la atención para alumnos con necesidades educativas especiales (NEE) de las escuelas infantiles de primer ciclo |
12.000 € |
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Línea 3. Ayudas a la atención para alumnos gravemente afectados de las escuelas infantiles de primer ciclo |
68.000 € |
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TOTAL |
200.000 € |
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el BOIB.
Sexto. Otros datos
Los importes máximos son los siguientes:
Maó, 18 de diciembre de 2025
Por delegación del president El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-07-2023)