Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
Núm. 945219
Aprobación del pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada día 27 de noviembre de 2025 de las bases para participar en el concurso de Foguerons 2026. (BDNS 876214)
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El pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada día 27 de noviembre de 2025 aprobó las bases para participar en el concurso de Foguerons 2026. (BDNS 876214)
Bases para participar en el concurso de foguerons 2026 (BDNS 876214)
El Ayuntamiento de Pollença en el marco de la celebración del concurso de foguerons de Sant Antoni de 2026, establece los bases reguladores del presente concurso, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con el establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con el objeto de es fomentar la participación y la dinamización municipal como actividad y ocupación del tiempo libre dentro de la fiesta de Sant Antoni, siendo competencia municipal según el artículo 25 de la ley 7/1985.
La concejalía de Fiestas, considera procedente efectuar la presente convocatoria de acuerdo con los siguientes:.
Bases
1.- Objeto
Las presentes bases tienen por objeto establecer las disposiciones generales para la concesión de premios con motivo de la participación de la población en el concurso de foguerons 2026.
El fogueró deberá ubicarse obligatoriamente ante la vivienda de la persona solicitante; de no ser así se deberá presentar una autorización firmada por dos vecindarios ante cuyo domicilio se ubique y adjuntar una fotocopia de su DNI. Es de obligado cumplimiento disponer de una toma de agua y manga suficiente para prevenir un posible incendio. Una vez pasado el período de inscripción 9 de enero no se aceptará ninguna instancia.
Las personas que soliciten arena deben comprometerse a hacer la hoguera; en caso de que no lo hagan se tendrán que hacer cargo de los gastos originados por su transporte y colocación, además deberán retirar todo el material que no se haya quemado y estiércol que pueda haber, porque sólo se retirará la arena por parte del Área de servicios.
El Ayuntamiento podrá denegar la ubicación del fogueró por motivos de seguridad.
2.- Participantes, documentación y plazo para presentar la solicitud
Las solicitudes se presentarán de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Pollença
(https://ajpollenca.sedelectronica.es/info.0), donde está disponible la información de la convocatoria y el modelo de solicitud.
La presentación también puede realizarse en las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a presentar la documentación a través de medios electrónicos:
- Anexo 1 (Formulario de inscripción al concurso de foguerons 2026).
El plazo para presentar la solicitud será desde la publicación de la convocatoria en el BOIB hasta el 9 de enero de 2026.
3.- Crédito presupuestario y premios
Los premios se concederán, de acuerdo con la normativa presupuestaria, en el ejercicio 2026. La previsión de la aplicación presupuestaria 338/48939 “Premios Foguerons Sant Antoni 2026” asciende a 11.180 euros para el ejercicio 2026.
Esta cuantía máxima tiene carácter estimado, ya que está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2025. La ejecución del gasto se realizará en la misma anualidad en que se otorgue el premio.
La distribución de los premios i cantidades por categorías serán las siguientes., los cuales serán objeto de retención según la normativa:
PREMIOS CONCURSO FOGUERONS 2026
Categoría adultos:
1.º- 1.500 €
2.º- 1.000 €
3.º- 600 €
4º.- 400 €
5º.- 200 €
Categoría infantil:
1.º- 400 €
2.º- 250 €
3.º- 150 €
4º.- 100 €
5º.- 100 €
4.- Jurado
El jurado estará formado por miembros independientes designados por el Ayuntamiento de Pollença, nombrados por el concejal delegado de Fiestas. No podrán formar parte del jurado los participantes en la categoría o convocatoria objeto de valoración.
5.- Criterios de valoración
La puntuación será del 1 al 10 y se distribuirá de la siguiente manera:
6.- Deliberación del jurado
Al finalizar la revisión de todos los foguerons participantes, el jurado se reunirá para consensuar el veredicto y posteriormente se comunicarán los premios personalmente a cada ganador.
El jurado se reserva el derecho de declarar desiertos alguno de los premios o el concurso en su totalidad si los participantes no se ajustan a las bases o no alcanzan un mínimo de calidad. La deliberación del jurado será inapelable.
7.- Órgano competente
La convocatoria y resolución del presente concurso corresponde a la Junta de Gobierno Local.
8.- Plazo de resolución y notificación
Las decisiones del jurado serán inapelables. Tras la deliberación, la Junta de Gobierno Local, previa propuesta del concejal delegado de Fiestas, acordará definitivamente los premios. Los candidatos propuestos deberán acreditar estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
El acuerdo pondrá fin a la vía administrativa, y podrá interponerse contra el mismo recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo en los términos establecidos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con el establecido en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, se procederá a la notificación o publicación de la concesión del premio mediante la publicación del mismo a la página web del Ayuntamiento de Pollença.
9.- Publicidad
La correspondiente convocatoria derivada de las presentes bases se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de las mismas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Los sucesivos anuncios relativos al concurso se publicarán en la página web y en su caso en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pollença.
10.- Norma final
La solicitud de participación en esta convocatoria implica el pleno conocimiento y aceptación en su totalidad de las presentes bases, el cumplimiento de los requisitos de participación exigidos, a asumir la deliberación del jurado, y en su caso, a la interpretación por el jurado de las presentes Bases. En caso de duda sobre los contenido de esta convocatoria, el Ayuntamiento de Pollença se reserva el derecho de interpretación.
Pollença, fecha firma electrónica (18 de diciembre de 2025
El alcalde) Martí X. March Cerdà