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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 936128
Notificación del Decreto de Presidencia acordando el desistimiento, la denegación y la concesión de las ayudas económicas para la agricultura ecológica, línea a) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026

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Texto

De conformidad con lo establecido en el punto 3.c de las Disposiciones generales de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026 (BOIB núm. 61, de fecha 15-05-2025), se notifica a las siguientes personas solicitantes de las ayudas para el fomento de la agricultura ecológica, mediante publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, el Decreto de Presidencia núm. 2025001208, de fecha 12 de diciembre de 2025, y del siguiente tenor:

«.../...

En el BOIB núm. 61, de 15 de mayo de 2025, se publicó la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026 – así como su extracto- en la cual se prevé, entre otros, las ayudas para el fomento de la agricultura ecológica para el año 2025 (línea a).

Dado que existe crédito presupuestario y que lo propuesto es lo adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora al expediente de la Convocatoria el correspondiente certificado de existencia de crédito de fecha 18 de marzo de 2025 (Exp. 2/2025000001607).

Visto el informe técnico emitido en fecha 3 de octubre de 2025 por la ingeniera técnica agrícola de la Sección de Agricultura (Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino de este Consejo Insular) respecto a las solicitudes de concesión y pago de las ayudas económicas para el fomento de la agricultura ecológica.

Vista la Propuesta de resolución provisional de concesión de las ayudas económicas para el fomento de la agricultura ecológica, emitida el 3 de octubre de 2025 por el jefe de servicio de Agricultura, Ganadería, Pesca y Caza (Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino).

Dado que, en cumplimiento del artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se notificó a las personas interesadas, mediante publicación en el tablón de anuncios y edictos de la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa, la propuesta de resolución provisional de concesión de ayudas económicas para el fomento de la agricultura ecológica, emitida por la Sección de Agricultura; y al respecto, se otorgó un plazo de diez días a partir del siguiente a la fecha de publicación para presentar las alegaciones que se consideraran oportunas.

Vistos los certificados generados como consecuencia de la publicación en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consell Insular d'Eivissa, desde el día 3 de octubre de 2025 hasta el 17 de octubre de 2025, de la notificación de la propuesta de resolución provisional de concesión de ayudas económicas para el fomento de la agricultura ecológica, linea a) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero de la isla de Ibiza para el año 2025-2026.

Vista la diligencia de fecha 20 de octubre de 2025 emitida por la funcionaria encargada de la Oficina de Asistencia en Materia de Registro, en la cual hace constar que, una vez hechas las pertinentes búsquedas informáticas, y habiendo transcurrido el plazo establecido, con fecha de inicio el día 3 de octubre de 2025 y de finalización el 17 de octubre de 2025, en relación con la presentación de alegaciones a la Propuesta de resolución provisional de concesión de las ayudas económicas para el fomento de la agricultura ecológica, línea a) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero de la isla de Ibiza para el año 2025-2026, no consta ninguna alegación al respecto en el Registro General del Consell Insular d'Eivissa.

Dado que en consecuencia, la Propuesta de resolución provisional de concesión de las ayudas económicas para el fomento de la agricultura ecológica en fecha 3 de octubre de 2025, deviene definitiva.

Visto el informe de fecha 31 de octubre de 2025 sobre el estado del seguimiento de las ayudas para el fomento de la agricultura ecológica, en cumplimiento del art. 88.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para hacer efectivo el pago por un importe de 26.100,54 € del vigente presupuesto del año 2025.

 

Dado que la ayuda individual no supera el importe de 3.000 €, y las personas interesadas han presentado una declaración responsable que sustituye la presentación de las certificaciones de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la seguridad social en cumplimiento del art. 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para dar cumplimiento al acuerdo de Pleno de fecha 29 de noviembre de 2018, sobre los requisitos básicos de la fiscalización previa limitada.

Dado el informe de la Tesorería de este Consejo de fecha 29 de julio de 2025, que da constancia de que las personas físicas y jurídicas solicitantes de la ayuda se encuentran al corriente con las obligaciones tributarias con el Consell Insular d'Eivissa, y por tanto no están incursas en ningún procedimiento de reintegro.

Vista la Propuesta de resolución de concesión de ayudas económicas a la agricultura ecológica, línea a) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero de la isla de Ibiza para el año 2025-2026, emitida el 7 de noviembre de 2025 por el jefe de servicio de Agricultura, Ganadería, Pesca y Caza (Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino).

Visto el informe favorable de fiscalización previa plena emitido por la Intervención de esta Corporación en fecha 11 de diciembre de 2025.

Dada la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Dado el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En virtud de las competencias que tengo conferidas por la normativa vigente de aplicación, 

DECRETO

Primero.- Tener por desistido de su solicitud, así como proceder a su archivo, la solicitud que se detalla a continuación con indicación del motivo:

Exp. TAO

Nombre y apellidos

DNI/CIF

Motivación

2025/15843S

PRATS CRUZ JOSEFA

***6053**

Aplicación del art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimento Administrativo Común de las Administraciones Públicas por no aportar la documentación requerida para enmendar la solicitud de ayuda.

Segundo.- Denegar la concesión de la ayuda económica solicitada a la persona que se relaciona a continuación por el motivo que se detalla:

Exp. TAO

Nombre y apellidos

DNI

Motivación por la cual no se concede la ayuda solicitada

2025/16174R

TORRES KORKEAMAKI RAIMON

***5148**

No cumple con la cuantía mínima de concesión establecida en el punto 6. de la línea a) Ayuda a la agricultura ecológica de la Convocatoria de ayudas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026 (BOIB núm. 61 de 15-05-2025)

Tercero.- Disponer la concesión de una ayuda económica a las personas solicitantes de ayuda para la AGRICULTURA ECOLÓGICA, línea a) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026, que supone una subvención total de 26.100,54 € con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900, distribuidos por solicitantes según la siguiente relación y que cumplen todos los requisitos y presentan toda la documentación que la mencionada convocatoria exige:

EXP. 2025

SOLICITANTE

DNI / CIF

Subv. Màx (€)

12735N

TORRES COSTA JOAN

***4278**

300,12

12802X

TERRA VIVA IBIZA LAND REGENERATION, S.L.

B16926180

2.000,00

12972L

DUNLOP JESSICA

****9708*

633,00

13926F

ROIG MARI ANDREU

***5236**

1.023,12

13934S

CAN ESCARRER SL

B16607780

1.200,00

14483N

GUASCH ROIG DANIEL

***5221**

2.000,00

14787V

ODINI LINDA

****3282*

442,49

15104N

FERNANDEZ GIMENEZ SAMUEL

***5817**

2.000,00

15441G

RAMON TORRES BERNARDO

***5868**

1.236,97

15444F

CAN RICH DE BUSCASTELL, SL

B07934052

1.200,00

15467F

BERTINETTI ROCCO

****9137*

2.000,00

15500V

BLANES NOGUERA ANTONIA

***5576**

1.200,00

15601A

CARDONA BAOS MARINA

***5638**

2.000,00

15699D

PLANELLS BANDERA VANESA

***5980**

547,30

15827E

JUAN TORRES MARIA ISABEL

***5994**

445,63

16057E

AGUILO VALLESPIR JOSE ANTONIO

***7634**

2.000,00

16092B

OLIVERA FIGUEREDO ORLANDO GABRIEL

***8129**

1.450,25

16231N

ZENDRERA PAYERAS IRINA

***7849**

480,25

16311T

18 BANCALES IBIZA, SL

B16580839

670,05

16341F

ES BROT DES MAGRES, S.L.

B16633927

393,14

16402E

TUR BONED ANTONIO

***5395**

1.956,73

16432Y

RIBAS VAN OSTENDE JAVIER CARLOS

***5620**

921,49

El remanente no utilizado de esta ayuda supone un total de 3.899,46 € a cargo de la aplicación presupuestaria 4100-47900.

Cuarto.- Publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en el tablón de anuncios y edictos de la Sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa la notificación de la resolución de concesión, en virtud de lo establecido en el punto 3 de las Disposiciones generales de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026 (BOIB núm. 61, de 15-05-2025). 

.../...»

De acuerdo con el art. 114.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el art. 66.1.b de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares (BOIB núm. 88 de 7 de julio de 2022) y el art. 146.1.b, del Reglamento Orgánico del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 136 de 18 de septiembre de 2010, corrección en BOIB núm. 148 de 14.10.2010, modificación en BOIB núm. 48 de 16.04.2016), este Decreto agota la vía administrativa.

De conformidad con lo establecido en el art. 112 y el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra este Decreto se puede interponer, alternativamente, o un recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del Consell Insular d'Eivissa, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de publicación de la notificación, o bien un recurso contencioso administrativo, en relación con los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa (BOE núm. 167 de 14 de julio de 1998), contra el mencionado Decreto, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta notificación.

Si se opta por interponer el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta que aquel se haya resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta. Y todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercer, si procede, cualquier otro que se considere pertinente.

 

Ibiza, 16 de diciembre de 2025

La técnica de Administración General Maria José Cardona Muñoz