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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA

Núm. 931308
Requerimiento de documentación complementaria en el trámite de subvenciones para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068)

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Texto

1. El 22 de julio de 2025, en el BOIB n.º 96, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068).

2. Los servicios técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado las solicitudes y han detectado que falta documentación en los expedientes, la cual se detalla a la tabla siguiente, y que el interesado tiene que aportar, de acuerdo con el apartado séptimo de la resolución de la convocatoria de referencia.

3. Hay que indicar que, en el caso de la enmienda de deficiencias, la fecha de presentación de la documentación de la enmienda es la que establece la orden para resolver el expediente, y, en el caso de la presentación de la aclaración, es la fecha de registro de la solicitud la que determina la orden de prelación.

Expediente

Solicitante

NIF

Anomalías

Aclaraciones

 DESBALLESTA25-827/2025

TORRENS PERICAS SL

***2848**

- Copia del recibo del impuesto de vehículos de tracción mecánica del vehículo convertido en chatarra: Falta su presentación.

- El solicitante ha abierto el expediente DESBALLESTA25-851/2025 y tiene que aclarar el que quiere mantener.

 DESBALLESTA25-828/2025

INMOBILIARIA TURCOSA SL

***1008**

- Solicitud (documento normalizado 1): Falta su presentación.

 

 DESBALLESTA25-832/2025

DIEGO TORRES FERRER

***4004**

- Solicitud (documento normalizado 1): El documento 1 presentado no está firmado.

 

 DESBALLESTA25-834/2025

MARIA DE LOS ANGELES FERNANDEZ HERNANDEZ

***2415**

- Solicitud (documento normalizado 1): Falta su presentación.

 

 DESBALLESTA25-836/2025

PAULA AYARZA VOGELSANG

***0714**

- Solicitud (documento normalizado 1): Falta su presentación.

 

 DESBALLESTA25-837/2025

MARIA ANTONIA RAMOS SERRA

***1480**

- Solicitud (documento normalizado 1): Falta su presentación.

 - Certificado de residencia (personas físicas): El certificado de residencia aportado no es del solicitante.

 - Declaración de mínimis (para beneficiarios con actividad económica ): Falta su presentación.

- Copia del permiso de circulación del vehículo a desguazar : La imagen aportada no tiene calidad suficiente.

 DESBALLESTA25-838/2025

PAULA MARÍ CIRAC

***4917**

- Solicitud (documento normalizado 1): Falta su presentación.

 

 DESBALLESTA25-845/2025

MANUEL JOSE GARCIA GUILLEN

***3865**

- Solicitud (documento normalizado 1): Falta su presentación.

 

 DESBALLESTA25-847/2025

MERCEDES FERNANDEZ SALELLAS

***5979**

- Certificado de residencia (personas físicas): No aporta certificado de residencia vigente..

 

 DESBALLESTA25-851/2025

TORRENS PERICAS SL

***2848**

- Copia del recibo del impuesto de vehículos de tracción mecánica del vehículo convertido en chatarra: Falta su presentación.

- El solicitante ha abierto el expediente DESBALLESTA25-827/2025 y tiene que aclarar el que quiere mantener.

 DESBALLESTA25-854/2025

DANIEL PINEDA CAPO

***2246**

- Certificado de residencia (personas físicas): No aporta certificado de residencia vigente..

 

 DESBALLESTA25-858/2025

ALICIA SAIZ PEGUERO

***9618**

- Solicitud (documento normalizado 1): Falta su presentación.

 

 DESBALLESTA25-861/2025

RHIMOU MESBAH

****2609*

- Copia del recibo del impuesto de vehículos de tracción mecánica del vehículo convertido en chatarra: No aporta copia del recibo del impuesto de vehículos de tracción mecánica del 2024 o posterior.

 

En caso de que no se presente la documentación mencionada en el plazo de diez días desde la publicación de esta comunicación en el BOIB, se le tendrá por desistido de su petición, visto el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, con la resolución previa que declarará concluido el procedimiento y ordenará el archivo de las actuaciones realizadas hasta aquel momento, de acuerdo con el artículo 21 de esta Ley.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (12 de diciembre de 2025)

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez