Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 925635
Adecuación retributiva de varios puestos del Ayuntamiento de Manacor (exp. 22304/2025)
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El Ayuntamiento en Pleno, en la sesión celebrada el 9 de diciembre de 2025, adoptó, a reserva de los términos definitivos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, el siguiente acuerdo:
«Hechos y fundamentos de derecho
1. En fecha 10 de julio de 2022, el Ayuntamiento de Manacor resultó condenado mediante la Sentencia 517/2022 del Juzgado de lo contencioso-administrativo n.º 2 de Palma, a la redacción y aprobación de una Relación de Puestos de trabajo.
Concretamente la sentencia expone que el Catálogo de personal de que dispone el Ayuntamiento, no puede asimilarse en una Relación de Puestos de trabajo, dado que no cumple los requisitos que por este último tipo de instrumento establecen los artículos 74 del TREBEP junto con el artículo 90.2 de la LRBRL.
2. A los efectos de avanzar hacia una solución integral para todo el Ayuntamiento y resolver así la carencia de un instrumento de planificación de personal que dé cumplimiento a los requisitos exigidos para las relaciones de puestos de trabajo, el Ayuntamiento de Manacor ha procedido a la elaboración, negociación y aprobación de unos factores integrales de valoración, ponderación y descripción de los puestos de trabajo, tomando como Guía, el manual de valoración de los puestos de trabajo publicada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social aprobada de conformidad a la Orden PCM/1047/2022, de 1 de noviembre.
3. Como consecuencia de la elaboración del manual de la Relación de Puestos de trabajo, este Ayuntamiento ha iniciado los trabajos para la implantación de la nueva RLT.
4. Propuesta de la delegada de Recursos Humanos, de fecha 20 de noviembre de 2025, de aprobación de las fichas descriptivas de los puestos de trabajo afectados, así como de la valoración y adecuación retributiva de los mismos, anexos a la propuesta.
5. Acuerdo de la Mesa General Negociadora Común que tuvo lugar en sesión extraordinaria n.º 2025/18 el 21 de noviembre del 2025, donde se aprueban las fichas descriptivas de los puestos de trabajo afectados, las fichas de valoración y la adecuación retributiva en los mismos términos que la Propuesta de la delegada de Recursos Humanos de 20 de noviembre de 2025.
6.Informe jurídico de la TAG de Recursos Humanos y del secretario general, de fecha 01 de diciembre de 2025.
7. Propuesta-certificado de existencia de crédito de la TAG de Recursos Humanos y del Interventor, de 02 de diciembre de 2025.
Vista la propuesta de resolución PR/2025/6824 de 3 / de diciembre / 2025 fiscalizada favorablemente con fecha de 4 / de diciembre / 2025.
RESOLUCIÓN
1.- Aprobar las fichas descriptivas de los puestos de trabajo, las fichas de valoración de los puestos de trabajo y las adecuaciones retributivas anexas a esta propuesta.
2.- Incorporar los documentos antes mencionados a la Relación de Puestos de trabajo del Ayuntamiento de Manacor.
3.- Ordenar al departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Manacor que haga efectivos los cambios sobre las retribuciones del personal afectado con efectos desde el momento de la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
4.- Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y remitir copia del mismo a la Administración General del Estado y de la CA a los efectos oportunos.
Contra la presente resolución/acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 112 y 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, podéis interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido (salvo que se trate de un acto dictado por delegación en este caso corresponderá la resolución al órgano delegando), en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación/publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.
También podéis interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la notificación /publicación de acuerdo con los artículos 8.1, 25,45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si optáis por interponer el recurso de reposición potestativo, no podréis interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel no sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, la cual se producirá si transcurre un mes sin que no se haya dictado y notificado una resolución expresa sobre el recurso presentado, podéis interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de seis meses contadores desde el día siguiente a la desestimación presunta.
Todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente.»
Manacor, 12 de diciembre de 2025
La delegada de Recursos Humanos Antònia Llodrà Brunet