Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 924555
Notificación de Resolución de revocación a los beneficiarios de las ayudas de fecha 28 de noviembre de 2025 del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan, para el ejercicio 2018, subvenciones para el fomento de la conservación, uso sostenible y desarrollo de los recursos genéticos en agricultura. 08/09/2018)
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Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, en fecha 28 de noviembre de 2025, firmó la siguiente resolución,
«INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020, con cargo al FEADER Medida 10.2 - Fomento de la conservación, uso sostenible y desarrollo de los recursos genéticos en agricultura
CONVOCATORIA RRGG2018_1
Documento: Resolución Código SIA: 1841769
Emisor (DIR3): A04026954
Código BDNS: 414066
Antecedentes
En fecha 8 de septiembre de 2018 se publicó en el BOIB núm. 111 la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el ejercicio 2018, subvenciones para el fomento de la conservación, el uso sostenible y el desarrollo de los recursos genéticos en agricultura.
CAIB - CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y MEDIO NATURAL, con nº expediente RRGG2018_1/005, tiene una subvención concedida por la línea de ayuda de Fomento de la conservación, el uso sostenible y el desarrollo de los recursos genéticos en agricultura con un importe total de 79.000 €.
Se realizaron dos pagos parciales por importe de 51.928,07 € y un pago final de 12.253,47 €.
El importe total de la ayuda pagada es de 64.181,54€. MONTSERRAT PONS BOSCANA, con nº expediente RRGG2018_1/008, tiene una subvención concedida por la línea de ayuda de Fomento de la conservación, el uso sostenible y el desarrollo de los recursos genéticos en agricultura con un importe total de 60.300 €. Se realizó un pago parcial por el importe de 17.020,52 € y un pago final de 12.418,91. El importe total de la ayuda pagada es de 29.439,43€.
La diferencia que presentan algunos expedientes entre el importe de subvención aprobada y el importe de subvención pagada, se debe a que no son elegibles una serie de facturas al no ser un coste subvencionable como suministro o inversión o como divulgación e información y al pago de nóminas y de una serie de facturas fuera de plazo.
Fundamentos de derecho
1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el ejercicio 2018, subvenciones para el fomento de la conservación, el uso sostenible y el desarrollo de los recursos genéticos en agricultura (BOIB núm. 111 de 08/09/2018).
2. Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.
3. Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.
4. Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control ya las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural ya la condicionalidad.
5. Reglamento delegado (UE) núm. 807/2014 de la comisión de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) Nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), e introduce disposiciones transitorias. 6. Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), modificado por el Reglamento de ejecución (UE) nº 2016/669, de la Comisión, de 28 de abril. 7. Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.
8. Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
9. Real decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde, del viñedo.
10. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
11. Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
12. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.
13. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
14. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
15. Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del FOGAIBA.
16. Orden de la consejera de Agricultura y Pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la consejería de Agricultura y Pesca en lo referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero a partir del 1 de enero de 2006.
17. Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en la comunidad autónoma de las Illes Balears BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que la FOGAIB a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero, a partir de 1 de enero de 2006.
18. Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
Informe y propuesta de resolución
Por todo ello, se informa y propone al director gerente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Revocar parcialmente, las resoluciones para el fomento de la conservación, uso sostenible y desarrollo de los recursos genéticos en agricultura de la convocatoria 2018, a los beneficiarios, por los motivos e importes señalados en el anexo I de esta resolución.
2. Notificar la resolución a los beneficiarios en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo.
Conforme con el informe, se propone
La jefa del Servicio de Ayudas para el Desarrollo Rural
Gema Canós Franch
Conforme a la propuesta, en dicto resolución
El vicepresident en materia agraria del FOGAIBA
Fernando Fernández Such»
ANEXO I Relación de beneficiarios con revocaciones parciales
RELACIÓN DE PERCEPTORES DE RRGG2018. Fomento de la conservación, uso sostenible y desarrollo de los recursos genéticos en agricultura. LÍNEA FEADER: 080301021043104
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CAIB |
FEADER |
AGE (FEGA) |
Motivo |
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TITULAR |
NIF |
Importe concesión |
Importe pagado |
Importe a revocar |
45,00 % |
50,00 % |
5,00 % |
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CAIB-Cons. Agricultura y pesca |
S0711001H |
79.000,00 |
64.181,54 |
14.818,46 |
6.668,31 |
7.409,23 |
740,92 |
1 |
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Montserrat Pons Boscana |
***4556** |
60.300,00 |
29.439,43 |
30.860,57 |
13.887,26 |
15.430,29 |
1.543,03 |
2 |
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TOTAL |
139.300,00 |
93.620,97 |
45.679,03 |
20.555,56 |
22.839,52 |
2.283,95 |
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Motivo |
DESCRIPCIÓN – APARTADO DE LA CONVOCATORIA |
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1 |
No son elegibles las facturas 1002019, CR 84825, 1712736 y 1712735 al no ser un coste subvencionable como suministro o inversión, y la factura CR 147/2019 al no ser un coste subvencionable como divulgación y formación (BOIB núm. 111, 08/09/2018) – Apartado Quarto, punto 2 |
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2 |
Pago de las nóminas de octubre, noviembre y diciembre de 2021 y de las facturas AL21000019 a AL2100, 210005438, 1140, 2230432, 2015364 y 1881112 fuera de plazo (BOIB núm. 111 de 08/09/2019) – Apartado Quarto, punto 3 |
Palma, en fecha de firma digital (12 de diciembre de 2025)
El director gerent del Fogaiba Joan Josep Coll bibiloni