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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 923724
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se conceden las ayudas en la red de escuelas infantiles públicas de primer ciclo de las Illes Balears para el año 2025

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Texto

Hechos

1. El consejero de Educación y Universidades convocó ayudas a la red de escuelas infantiles públicas de primer ciclo de las Illes Balears para el año 2025, mediante Resolución publicada el 24 de julio de 2025 (BOIB n.º 100, de 29 de julio de 2025).

2. La Dirección General de Primera Infancia, Atención a la Diversidad y Mejora Educativa, como órgano instructor del procedimiento, examinó las solicitudes e hizo los requerimientos de documentación pertinentes a los Ayuntamientos y consejos insulares para poder valorar las peticiones de acuerdo con los requisitos.

3. La comisión evaluadora se reunió el 4 de noviembre de 2025 para examinar, valorar e informar sobre las solicitudes, así como para valorar la propuesta de resolución de concesión, según consta en el acta de sesión levantada el mismo día.

4. En fecha 5 de noviembre de 2025, la directora general de Primera Infancia, Atención a la Diversidad y Mejora Educativa ha formulado la propuesta de resolución.

5. En la propuesta de resolución de concesión se detecta el siguiente error: Al ayuntamiento de Sant Joan se le reconoce la concesión en concepto de ayudas de atención temprana de 8.942,96 € que corresponden al ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar. En este documento ya se presenta la cuantía corregida en el anexo 1.

6. No ha habido alegaciones.

7. Las propuestas de autorización y disposición de gasto (AD) de más de 30.000 € se han fiscalizado de conformidad, una vez hechas y firmadas.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre).

2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre).

3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB n.º 100, de 11 de julio).

4. La Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se establece la cuantía de los módulos para las ayudas a la red de escuelas infantiles públicas de primer ciclo de las Illes Balears y para las ayudas al primer ciclo de educación infantil de los centros de las Illes Balears que tienen concertado este ciclo, para el año 2025 (BOIB n.º 41, 3 de abril de 2025).

5. La Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se convocan ayudas a la red de escuelas infantiles públicas de primer ciclo de las Illes Balears para el año 2025 (BOIB n.º 100 de 29 de julio de 2025).

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Conceder las ayudas a la red de escuelas infantiles públicas de primer ciclo de las Illes Balears, a las entidades solicitantes que figuran en el anexo 1, con el importe que se indica en cada columna:

a) Cuantía para el funcionamiento de actividades, servicios y programas para el fortalecimiento de las capacidades educativas de las familias.

b) Cuantía para el funcionamiento de servicios educativos de atención temprana.

2. Declarar la denegación de las solicitudes de ayudas que se relacionan en el anexo 2, junto con la indicación de los motivos de la denegación.

3. Condicionar la concesión de las ayudas a que hacen referencia los apartados anteriores al cumplimiento efectivo de las obligaciones asumidas por las entidades beneficiarias, de acuerdo con las reglas de la convocatoria y la normativa reguladora de las ayudas y subvenciones públicas.

4. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 11 de diciembre de 2025)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany

 

ANEXO 1 Ayudas a la red de escuelas infantiles públicas de primer ciclo de las Illes Balears

Solicitante

ISLA

NIF

 Cuantía act. Soporte familias

 Cuantía atención temprana

 Cuantía total a recibir

Alaior

MENORCA

P0700200I

0,00 €

1.323,34 €

       1.323,34 €

Alaró

MALLORCA

P0700100A

15.651,00 €

10.801,62 €

    26.452,62 €

Alcúdia

MALLORCA

P0700300G

12.960,00 €

27.500,00 €

    40.460,00 €

Andratx

MALLORCA

P0700500B

0,00 €

9.000,00 €

    9.000,00 €

Artà

MALLORCA

P0700600J

5.118,84 €

9.776,27 €

    14.895,11 €

Binissalem

MALLORCA

P0700800F

11.008,65 €

0,00 €

    11.008,65 €

Bunyola

MALLORCA

P0701000B

670,94 €

0,00 €

          670,94 €

Calvià

MALLORCA

P0701100J

0,00 €

47.162,66 €

    47.162,66 €

Campanet

MALLORCA

P0701200H

12.600,00 €

0,00 €

    12.600,00 €

Capdepera

MALLORCA

P0701400D

0,00 €

7.268,37 €

       7.268,37 €

Ciutadella

MENORCA

P0701500A

0,00 €

11.002,48 €

    11.002,48 €

Consell

MALLORCA

P0701600I

984,50 €

0,00 €

          984,50 €

Deià

MALLORCA

P0701800E

1.060,98 €

0,00 €

       1.060,98 €

Eivissa vila

IBIZA

P0702600H

0,00 €

7.500,00 €

       7.500,00 €

Es Mercadal

MENORCA

P0703700E

0,00 €

10.000,00 €

    10.000,00 €

Felanitx

MALLORCA

P0702200G

15.120,00 €

4.500,00 €

    19.620,00 €

Fornalutx

MALLORCA

P0702500J

664,94 €

0,00 €

          664,94 €

Inca 

MALLORCA

P0702700F

5.160,80 €

2.358,24 €

       7.519,04 €

Lloret de Vistalegre

MALLORCA

P0702800D

780,00 €

0,00 €

          780,00 €

Llubí

MALLORCA

P0703000J

989,15 €

0,00 €

          989,15 €

Llucmajor

MALLORCA

P0703100H

39.420,00 €

0,00 €

    39.420,00 €

Manacor

MALLORCA

P0703300D

33.835,23 €

0,00 €

    33.835,23 €

Maó

MENORCA

P0703200F

0,00 €

44.353,32 €

    44.353,32 €

Palma Patronato

MALLORCA

P5704002D

0,00 €

146.000,00 €

  146.000,00 €

Pollença

MALLORCA

P0704200E

0,00 €

1.500,00 €

       1.500,00 €

Porreres

MALLORCA

P0704300C

1.530,00 €

4.356,31 €

       5.886,31 €

Sa Pobla

MALLORCA

P0704400A

556,40 €

6.697,01 €

       7.253,41 €

Sant Antoni de Portamany

IBIZA

P0704600F

0,00 €

568,26 €

          568,26 €

San Juan

MALLORCA

P0704900J

994,50 €

0,00 €

       994,50 €

Sant Llorenç des Cardassar

MALLORCA

P0705100F

4.986,00 €

8.942,96 €

       13.928,96€

Sant Lluís

MENORCA

P0705200D

1.056,00 €

0,00 €

       1.056,00 €

Santa Margalida

MALLORCA

P0705500G

0,00 €

4.500,00 €

       4.500,00 €

Santa Maria del Camí

MALLORCA

P0705600E

2.608,50 €

0,00 €

       2.608,50 €

Sencelles

MALLORCA

P0704700D

3.960,00 €

0,00 €

       3.960,00 €

Sóller

MALLORCA

Q0700484I

1.260,00 €

10.000,00 €

    11.260,00 €

Son Servera

MALLORCA

P0706200C

1.260,00 €

0,00 €

       1.260,00 €

Vilafranca de Bonany

MALLORCA

P0706500F

1.260,00 €

2.420,17 €

       3.680,17 €

CI Eivissa

IBIZA

S0733001B

0,00 €

26.578,32 €

    26.578,32 €

CI Formentera

FORMENTERA

P0702400C

0,00 €

1.500,00 €

       1.500,00 €

 

ANEXO II  DENEGACIÓN DE SOLICITUDES

SOLICITANTE

ISLA

CIF

Motivo denegación act. soporte familias

Motivo denegación atención temprana

Ayuntamiento de Algaida

MALLORCA

P0700400E

IV (37 sesiones)

 

Ayuntamiento de Andratx

MALLORCA

P0700500B

 

II (1 niño)

III (2 niños)

Ayuntamiento de Esporles

MALLORCA

P0702000A

I (3 sesiones)

 

Ayuntamiento de Llucmajor

MALLORCA

P0703100H

I (680.50 €)

 

Ayuntamiento de Porreres

MALLORCA

P0704300C

I (90 €)

 

Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu

IBIZA

P0705400J

V (2 sesiones)

V (3 niños)

Ayuntamiento de Santa Margalida

MALLORCA

P0705500G

I (2 sesiones)

 

Ayuntamiento de Santa Maria del Camí

MALLORCA

P0705600E

I (43.50 €)

 

Ayuntamiento de Santanyí

MALLORCA

P0705700C

 

II (1 niño)

Consell Insular de Formentera

FORMENTERA

P0702400C

 

II (8 niños)

Motivos de exclusión:

  • Motivo I: no se ajusta al apartado cuarto, 1 (requisitos convocatoria para el funcionamiento de actividades).
  • Motivo II: no se ajusta al apartado cuarto, 2 (requisitos convocatoria para el funcionamiento de los servicios educativos de atención temprana).
  • Motivo III: no se ajusta al apartado sexto, 4 (justificación y facturas alumnado NEE y NEE GR. A.).
  • Motivo IV: no se ajusta al apartado séptimo (no enmienda correctamente el requerimiento).
  • Motivo V: fuera de plazo.