Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 920313
Corrección de errores advertidos en la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, de 18 de noviembre de 2025, a propuesta de la directora general de Empresa, Autónomos y Comercio, sobre la concesión y denegación de subvenciones destinadas a compensar los gastos de cotización por el inicio de una actividad por cuenta propia para los años 2025, 2026 y 2027
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Hechos
1. En fecha 20 de noviembre de 2025 se ha publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears número 154 la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de 18 de noviembre de 2025, a propuesta de la directora general de Empresa, Autónomos y Comercio, sobre la concesión y denegación de subvenciones destinadas a compensar los gastos de cotización por el inicio de una actividad por cuenta propia para los años 2025, 2026 y 2027.
2. En este momento, se ha advertido una serie de errores de carácter aritmético en los puntos 1, 3 y 4 de dicha Resolución, así como en el anexo I (listado de personas beneficiarias de la ayuda), y es necesario corregirlos.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, establece que las administraciones públicas pueden rectificar, asimismo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.
2. De acuerdo con el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, del régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que dictó el acto o la disposición.
El mencionado artículo establece que la rectificación de errores debe especificar, si procede, los efectos jurídicos que se deriven, y debe notificarse o publicarse preceptivamente cuando haga referencia a actos que hayan sido notificados o publicados.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Primero. Corregir los errores aritméticos advertidos en los apartados 1, 3 y 4 de la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de 18 de noviembre de 2025, a propuesta de la directora general de Empresa, Autónomos y Comercio, sobre la concesión y denegación de subvenciones destinadas a compensar los gastos de cotización por el inicio de una actividad por cuenta propia para los años 2025, 2026 y 2027, en el siguiente sentido:
Donde dice:
1. Aprobar la concesión de la subvención a las 885 personas que figuran en el anexo 1, por el importe individual indicado, y por un total de 720.995,42 euros.
…
3. Autorizar y disponer un gasto por el importe individual indicado a favor de las 885 personas que figuran en el anexo 1, y por un total de 720.995,42 euros, con cargo a la partida presupuestaria 19301 322F01 47000 00 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears vigente.
4. Reconocer la obligación y proponer el pago por el importe individual indicado a favor de las 885 personas que figuran en el anexo 1, y por un total de 720.995,42 euros, a cargo de la partida presupuestaria 19301 322F01 47000 00 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears vigente.
Debe decir:
1. Aprobar la concesión de la subvención a las 885 personas que figuran en el anexo 1, por el importe individual indicado, y por un total de 721.105,67 euros.
…
3. Autorizar y disponer un gasto por el importe individual indicado a favor de las 885 personas que figuran en el anexo 1, y por un total de 721.105,67 euros, con cargo a la partida presupuestaria 19301 322F01 47000 00 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears vigente.
4. Reconocer la obligación y proponer el pago por el importe individual indicado a favor de las 885 personas que figuran en el anexo 1, y por un total de 721.105,67 euros, con cargo a la partida presupuestaria 19301 322F01 47000 00 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Illas Balears vigente.
Segundo. Corregir los errores aritméticos advertidos en el anexo I (listado de personas beneficiarias de la ayuda) de la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de 18 de noviembre de 2025, a propuesta de la directora general de Empresa, Autónomos y Comercio, sobre la concesión y denegación de subvenciones destinadas a compensar los gastos de cotización por el inicio de una actividad por cuenta propia para los años 2025, 2026 y 2027, en el sentido siguiente:
Donde dice:
ANEXO I
|
NÚM. |
EXP. |
DNI |
NOMBRE |
IMP. SOLICITADO |
IMP. CONCEDIDO |
OBSERVACIONES |
|---|---|---|---|---|---|---|
|
1 |
... |
... |
... |
... |
... |
... |
|
383 |
AUT25-450/2025 |
***8078*** |
JOAN ADROVER ROMAN |
1.032,45 € |
962,65 € |
1 |
|
... |
... |
... |
... |
... |
... |
... |
|
483 |
AUT25-566/2025 |
***8732*** |
PAMELA ANDREA AVALOS MARCANO |
967,66 € |
891,50 € |
1 |
|
... |
... |
... |
... |
... |
... |
... |
|
535 |
AUT25-630/2025 |
***7285*** |
MIROSLAVA FORMANOVA |
479,48 € |
433,33 € |
1 |
|
... |
... |
... |
... |
... |
... |
... |
|
547 |
AUT25-644/2025 |
***5159*** |
ADRIAN CASTILLO RODRIGUEZ |
480,00 € |
446,43 € |
1 |
|
... |
... |
... |
... |
... |
... |
... |
|
613 |
AUT25-724/2025 |
***8468*** |
DAVIDE HUJER |
960,00 € |
400,00 € |
1 |
|
1115 |
... |
... |
... |
... |
... |
... |
|
|
|
|
|
TOTAL |
720.995,42 € |
|
Debe decir:
ANEXO I
|
NÚM. |
EXP. |
DNI |
NOMBRE |
IMP. SOLICITADO |
IMP. CONCEDIDO |
OBSERVACIONES |
|---|---|---|---|---|---|---|
|
1 |
... |
... |
... |
... |
... |
... |
|
383 |
AUT25-450/2025 |
***8078*** |
JOAN ADROVER ROMAN |
1.032,45 € |
962,85 € |
1 |
|
... |
... |
... |
... |
... |
... |
... |
|
483 |
AUT25-566/2025 |
***8732*** |
PAMELA ANDREA AVALOS MARCANO |
967,66 € |
891,55 € |
1 |
|
... |
... |
... |
... |
... |
... |
... |
|
535 |
AUT25-630/2025 |
***7285*** |
MIROSLAVA FORMANOVA |
479,48 € |
443,33 € |
1 |
|
... |
... |
... |
... |
... |
... |
... |
|
547 |
AUT25-644/2025 |
***5159*** |
ADRIAN CASTILLO RODRIGUEZ |
480,00 € |
466,43 € |
1 |
|
... |
... |
... |
... |
... |
... |
... |
|
613 |
AUT25-724/2025 |
***8468*** |
DAVIDE HUJER |
960,00 € |
480,00 € |
1 |
|
1115 |
... |
... |
... |
... |
... |
... |
|
|
|
|
|
TOTAL |
721.105,67 € |
|
Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en fecha de la firma electrónica (10 de diciembre de 2025)
La directora de Empresa, Autónomos y Comercio Pedrona Seguí Serra (Por delegación del consejero de Empresa, Autónomos y Energía (BOIB núm. 97, de 24/07/2025)