Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO BALEAR DE LA NATURALEZA (IBANAT)
Núm. 919887
Resolución del director gerente del Institut Balear de la Natura (IBANAT) de corrección de erratas de la aprobación de la Oferta pública de empleo (OPO) del año 2025
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Antecedentes
1. En fecha 4 de diciembre de 2025 se publica en el Boletín Oficial de las Illes Balears la resolución director gerente del Institut Balear de la Natura (IBANAT) en la cual se aprueba la Oferta pública de empleo (OPO) del año 2025.
2. Una vez publicada se advierte un error material en la publicación mencionada, que incurría en un error en el Anexo I de las plazas incluidas en la OPO 2025 en la versión catalán y castellano, y es necesario corregirlo.
3. El plazo para posibles recursos, se contará a partir del día siguiente de la publicación de esta corrección en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Fundamentos de derecho
1.Ley 39/2015 de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
2.Según el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la corrección de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición; la corrección de errores tiene que especificar, si procede, los efectos jurídicos que se derivan, y se tiene que notificar o publicar preceptivamente cuando haga referencia a actos que hayan sido notificados o publicados.
3. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas podran, así mismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
Primero. Corregir el error advertido en el sentido siguiente:
Donde dice
el Anexo I:
|
CATEGORIA |
GRUPO |
NÚMERO DE PLAZAS |
ISLA |
|
Informador/a Centros Recepción/Interpretación |
D |
2 |
MALLORCA |
Debe decir
el Anexo I:
|
CATEGORIA |
GRUPO |
NÚMERO DE PLAZAS |
ISLA |
|
Informador/a Centros Recepción/Interpretación |
C |
2 |
MALLORCA |
Segundo. PUBLICAR, la presente resolución y el Anexo I con las correcciones mencionadas en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo que establecen los artículos 57 de la Ley 3/2003 de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, fecha de firma digital (9 de diciembre de 2025)
El director gerente Bartolomé Llabrés Salom
ANEXO I TASA REPOSICIÓN ORDINARIA OPO 2025
TURNO LIBRE
|
CATEGORIA |
GRUPO |
NÚMERO DE PLAZAS |
ISLA |
|
Facultativo/a técnico/a de Administración General Prevención de riesgos laborales |
B |
1 |
MALLORCA |
|
Facultativo/a técnico/a informático |
B |
1 |
MALLORCA |
|
Facultativo/a técnico/a Educador/a Ambiental |
B |
1 |
EIVISSA |
|
Mecánico/a Conductor/a B/C |
C |
1 |
EIVISSA |
|
Administrativo/va |
C |
1 |
MALLORCA |
|
Vigilante/a Forestal/Biodiversidad |
D |
1 |
MENORCA |
PROMOCIÓN INTERNA
|
CATEGORIA |
GRUPO |
NÚMERO DE PLAZAS |
ISLA |
|
Informador/a Centros Recepción/Interpretación |
C |
2 |
MALLORCA |
|
Capataz/a de Brigada |
C |
4 |
MALLORCA |
|
Oficial especialista agrícola ganadero/a -PN s'Albufera |
C |
1 |
MALLORCA |
|
Facultativo/a técnico/a Educador/a Ambiental |
B |
1 |
MALLORCA |
|
Facultativo/a superior de Espacios Naturales |
A |
1 |
MALLORCA |
|
Trabajador/a Forestal/Biodiversidad Nivel 1 |
D |
1 |
MALLORCA |
|
Administrativo/va |
C |
1 |
MALLORCA |