Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE BÚGER
Núm. 916539
Aprobación definitiva suplemento de crédito 01-2025
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Visto que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 169 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, no se ha presentado ninguna reclamación contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Búger día 11 de noviembre de 2025, publicado en el BOIB n.º 151 de fecha 15 de noviembre de 2025, por el cual se aprueba inicialmente el suplemento de crédito 1/2025, se entiende el mismo elevado a definitivo:
“1. Modificar el presupuesto de gastos del presente ejercicio con la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería:
Suplementos en Aplicaciones de gastos
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Aplicació |
Descripció |
Créditos iniciales |
Suplemento de crédito |
Créditos finales |
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Progr. |
Económica |
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1710 |
60000 |
Adquisició de solars |
134.683,41 |
121.316,59 |
256.000 |
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TOTAL |
134.683,41 |
121.316,59 |
256.000 |
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería
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Aplicació: econòmica |
Descripció |
Euros |
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Cap. |
Art. |
Conc. |
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87000 |
Incorporación de Créditos de ejercicios anteriores |
121.316,59 |
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TOTAL INGRESSOS |
121.316,59 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de esta Jurisdicción.
Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Documento firmado electrónicamente (10 de diciembre de 2025)
El alcalde Pere Torrens Escalas