Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE FERRERIES
Núm. 915160
Aprobación del acuerdo regulador sobre la compensación de la asistencia a las jornadas "Pedagogía Intensiva" del personal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Ferreries
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Se hace público que el Pleno del Ayuntamiento de Ferreries, en sesión Ordinaria de fecha 27/11/2025, adoptó el acuerdo siguiente:
‘'Primero. Aprobar el Acuerdo regulador sobre la compensación de la asistencia a las jornadas "Pedagogía Intensiva" del personal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Ferreries, en los términos que figuran al anexo que acompaña el presente acuerdo.
Segundo. Notificar el presente acuerdo a la Presidencia de la Mesa de Negociación y notificar el mismo a los representantes del personal con indicación de los recursos que se estimen pertinentes.
Tercero. Publicar el acuerdo en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este Ayuntamiento para el general conocimiento de todo el personal, así como al Boletín Oficial de las Islas Baleares.''
Ferreries, firmado en la fecha de la firma electrónica (1 de diciembre de 2025)
El alcalde Pedro Pons Huguet
ANEXO Acuerdo
ACUERDO REGULADOR SOBRE LA COMPENSACIÓN DE LA ASISTENCIA A LAS JORNADAS "PEDAGOGÍA INTENSIVA" DEL PERSONAL DE SERVICIOS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE FERRERIES
Exposición de motivos
El personal adscrito al departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Ferreries participa, desde el año 2009, en el proyecto de Pedagogía Intensiva , iniciativa de carácter social y educativo , que se ha desarrollado de manera continuada y estable dentro del marco de colaboración con otras instituciones públicas. El presente acuerdo regulador surge de la necesidad de garantizar unas condiciones laborales justas y equitativas para los empleados del área de Servicios Sociales que asisten a las citadas jornadas, ya que su celebración se produce fuera del horario de trabajo.
Dado que esta participación en actividades formativas supone un incremento de la dedicación personal y profesional, contribuyendo directamente a la mejora de la calidad de los servicios prestados por el Ayuntamiento .
Dado que, de acuerdo con el principio de reconocimiento y compensación de la formación continua realizada en beneficio de la administración, se considera adecuado establecer un mecanismo compensatorio por esta asistencia fuera de jornada laboral .
Así, es de vital importancia garantizar el derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional, reflejado en el Capítulo IV del TREBEP, del personal que participe en estas jornadas fuera del horario habitual , mediante la Mesa de Negociación.
Por todo ello, la Mesa General de Negociación del Ayuntamiento de Ferreries adopta el presente Acuerdo:
Artículo 1. Objeto
El objeto del presente acuerdo es regular la compensación por la participación voluntaria del personal del área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Ferreries en las jornadas de pedagogía autorizadas por la Corporación y celebradas fuera del horario laboral ordinario.
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Este acuerdo será de aplicación al personal funcionario de carrera, funcionario interino y personal laboral del Ayuntamiento de Ferreries adscrito al área de Servicios Sociales, que participe efectivamente en el desarrollo del proyecto de " Pedagogía Intensiva " y preste servicios en cualquier centro , dependencia o programa bajo la responsabilidad directa de la Corporación.
Artículo 3. Derecho supletorio
En lo que no esté expresamente previsto en este acuerdo , será de aplicación la normativa vigente en materia de régimen local, función pública y normativa laboral , así como lo dispuesto en el Pacto de Funcionarios y el Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Ferreries.
Artículo 4. Procedimiento y presentación de solicitudes
Artículo 5. Compensación de días u horas libres
1. La participación en las jornadas de pedagogía celebradas en fin de semana dará derecho a una compensación de cinco (5) días hábiles de descanso , que se podrán disfrutar íntegra o parcialmente en horas.
2. Los días u horas de compensación se tendrán que disfrutar dentro del año natural siguiente a la finalización del proyecto, previa autorización de la persona responsable del servicio , atendiendo a las necesidades del servicio .
3. En caso de renuncia o imposibilidad de disfrute por necesidades del servicio, la compensación no dará derecho a percepción económica sustitutoria.
Artículo 6. Comisión Paritaria de Seguimiento
1. Para la interpretación, seguimiento y vigilancia de la aplicación de este Acuerdo, se podrá constituir una Comisión Paritaria, integrada por:
2. Las funciones de la Comisión serán:
3. En ningún caso la Comisión Paritaria podrá modificar el contenido del presente Acuerdo, dado que cualquier modificación requerirá acuerdo del Pleno de la Corporación Municipal.
Artículo 7. Vigencia
Este acuerdo tendrá una vigencia inicial de cuatro (4) años , prorrogable automáticamente por períodos anuales sucesivos, salvo denuncia expresa de alguna de las partes con una antelación mínima de cuatro meses respecto de la finalización del plazo de vigencia. Cualquier modificación sustancial requerirá nueva negociación en la Mesa General.
Artículo 8. Entrada en vigor
Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) , una vez aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Ferreries y notificado a las partes interesadas.
Disposición transitoria única
El presente acuerdo tendrá efectos retroactivos respecto de las compensaciones derivadas de la participación en el proyecto de " Pedagogía Intensiva " del año 2025, sin perjuicio de su entrada en vigor general.