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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSORCIO ESCUELA DE HOSTELERÍA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 914102
Resolución de la directora gerente del Consorcio Escuela de Hostelería de las Illes Balears (EHIB) de 3 de diciembre de 2025 por la cual se declara desierta la convocatoria del proceso selectivo para cubrir una plaza de profesor/a de restauración (L0253000P) con carácter de interinidad, mediante el sistema de concurso de méritos, perteneciente a la Relación de Puestos de trabajo de la sede de Ibiza del Consorcio Escuela de Hotelería de las Islas Baleares

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Texto

Antecedentes

1. Mediante Resolución de la Dirección de la Escuela de Hostelería de las Islas Baleares (EHIB), de fecha 11 de septiembre de 2025, se aprobó la convocatoria del proceso selectivo para proveer, mediante el sistema de concurso de méritos, una plaza —entre otras— de profesor/a de restauración (L0253000P), adscrita en la sede de Ibiza de la EHIB.

2. En fecha 13 de septiembre de 2025, la convocatoria mencionada se publicó al Boletín Oficial de las Islas Baleares n.º 122.

3. En fecha 6 de octubre de 2025, y de acuerdo con el acta de la reunión del órgano de selección, se constató que únicamente se había presentado una persona candidata en la plaza de profesor/a de restauración, la cual no reunía el requisito de titulación exigida según la convocatoria.

4. En fecha 6 de octubre de 2025, la directora gerente del Consorcio EHIB dictó resolución mediante la cual se aprobaba la lista provisional de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo, quedando provisionalmente excluida la única persona aspirando.

5. En fecha 17 de octubre de 2025, la directora gerente del Consorcio EHIB dictó resolución por la cual se aprobaba la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, declarando decaída en el trámite la persona interesada

Fundamentos de derecho

1. El artículo 55 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que atribuye al órgano convocante la competencia para dictar resoluciones en los procedimientos que tramita.

2 . La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y la normativa concordante en materia de selección, que establecen los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad y habilitan la utilización del sistema de concurso de méritos.

3. El Decreto Legislativo 1/2016, de 15 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Empleado público de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que regula los procesos selectivos y la provisión de personal.

4. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y la normativa aplicable al personal del sector público instrumental.

5. Acuerdo del Consejo de Dirección del Consorcio Escuela de Hostelería de los Islas Baleares, de 1 de diciembre de 2020, por el cual se aprueba la modificación del anexo del Decreto 30/2014, de 11 de julio, de los Estatutos del Consorcio Escuela de Hostelería de las Islas Baleares establece que una de las funciones de la directora gerente del Consorcio EHIB es dictar las resoluciones en materia de personal, la contratación del personal laboral así como las extinciones de las relaciones laborales y modificaciones contractuales del personal de conformidad con los criterios que establezca el Consejo de Dirección en la relación de puestos de trabajo, y, en general, todas las resoluciones en materia de personal.

Por todo lo expuesto, dicto la siguiente

 

Resolución

Primero. Declarar DESIERTA la convocatoria

Declarar desierta la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de concurso de méritos, de la plaza de profesor/a de restauración, adscrita en la sede de Ibiza de la Escuela de Hostelería de las Illes Balears, en no haberse presentado ningún aspirante válido.

Esta declaración implica la finalización del procedimiento selectivo sin adjudicación de plaza, sin perjuicio de la posibilidad de promover una nueva convocatoria en ejercicios futuros.

Segundo. Publicación

Ordenar la publicación de la presente resolución a la página web propia de la EHIB (www.ehib.se) y al Boletín Oficial de las Islas Baleares a los efectos de general conocimiento y transparencia.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación al BOIB de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 

Palma, a la fecha de la firma electrónica (2 de diciembre de 2025)

La directora gerente de la EHIB Maria Llompart Bibiloni