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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 912693
Decreto de Presidencia de concesión de una ayuda por la pérdida de animales reproductores de las especies ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros, línea f) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026

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Texto

De conformidad con lo establecido en el punto 3.c de las Disposiciones generales de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026 (BOIB núm. 61, de fecha 15-05-2025), se notifica a la siguiente persona solicitante de la ayuda por la pérdida de animales reproductores de la especie ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros, mediante publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, el Decreto de Presidencia núm. 2025001150, de fecha 1 de diciembre de 2025, y del siguiente tenor:

“.../...

Visto el expediente 2025/19832W referente a la solicitud presentada por el Sr. Antonio Marí Ferrer, con DNI núm. ***5568** (RGE núm. 2025023905 de 24-07-2025), de ayuda por la pérdida de animales reproductores de las especies ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros para el año 2025, línea f) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026 (BOIB núm. 61, de 15 de mayo de 2025).

Visto el informe técnico emitido el 18 de septiembre de 2025 por el veterinario de la Sección de Agricultura (Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino) referente a la mencionada solicitud, que concluye lo siguiente:

“.../...

Conclusión

Por todo lo expuesto, informo favorablement sobre la concesión y pago de una ayuda por la pérdida de animales reproductores de la especie ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros y su reposición, según la cantidad que se relaciona a continuación, a cargo de la aplicación presupuestaria 4100-47900:

RGE

Fecha

Solicitante

DNI

Subvención

2025023905

24/07/25

Antonio Marí Ferrer

***5568**

150€

Esto supone una aportación de la mencionada línea de ayudas de 150,00€ (ciento cincuenta euros) a cargo de la aplicación presupuestaria 4100-47900, por la reposición de animales muertos, de la especie ovina y/o caprina, como consecuencia de ataques de perros;

El remanente no utilizado de la ayuda por la reposición de animales muertos, de la especie ovina y/o caprina, como consecuencia de ataques de perros es de 2.850€ ( dos mil ochocientos cincuenta euros ) a cargo de la aplicación presupuestaria 4100-47900.

”.../...”

Visto el punto 3.b. de las Disposiciones generales de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026, respecto que: “se prescindirá del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las esgrimidas por los interesados; en este caso la propuesta de resolución formulada tendrá el caracter de definitiva.”

Dado que existe crédito presupuestario, que lo propuesto es lo adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que consta en el expediente de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026 (exp. 2025/5106H) la retención de crédito para este expediente (contabilizada por la Intervención de esta Corporación en fecha 18-03-2025 con núm. exp. contable ATM 2/2025000001607 y en fecha 20-03-2025 el expediente de retención de crédito a futuros núm. 2/2025000001714).

Vista la Propuesta de resolución de concesión de ayuda por la pérdida de animales reproductores de las especies ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros para el año 2025, línea f) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026, emitida el 20 de noviembre de 2025 por el jefe de servicio de Agricultura, Ganadería, Pesca y Caza (Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino).

Visto el informe favorable de fiscalización previa plena emitido por la Intervención de esta Corporación en fecha 26 de noviembre de 2025.

Dadas las Bases Reguladoras de las ayudas para el Desarrollo de los Ámbitos Agrícola, Ganadero, Pesquero y Cinegético en la isla de Ibiza, publicadas en el BOIB núm. 51 de 15/04/2008 y su modificación en el BOIB núm. 100 ext. de 30/06/2011.

Dadas las Bases de ejecución del Presupuesto General del Consell Insular d'Eivissa correspondiente al ejercicio 2025, especial atención en la Base 59, relativa a las bases generales de subvenciones del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 37 de 25-03-2025).

Visto el Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa, de fecha 9 de mayo de 2025 de aprobación de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026 y correspondiente extracto, que se publicó en el BOIB núm. 61, de fecha 15 de mayo de 2025, y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) con núm. 832127.

Dada la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Dado el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En virtud de las competencias que tengo conferidas por la normativa vigente de aplicación,

DECRETO

Primero.- Disponer la concesión de una ayuda por la pérdida de animales reproductores de la especie ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros y su reposición, línea f) de la Convocatoria de ayudas específicas por el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de ibiza para el año 2025-2026, según la cantidad que se relaciona a continuación, con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900:

RGE

Fecha

Solicitante

DNI

Subvención

2025023905

24/07/25

Antonio Marí Ferrer

***5568**

150 €

Esto supone una aportación de la mencionada línea de ayudas de 150,00 € con cargo de la aplicación presupuestaria 4100-47900, por la reposición de animales muertos, de la especie ovina y/o caprina, como consecuencia de ataques de perros.

El remanente no utilizado de la ayuda por la reposición de animales muertos, de la especie ovina y/o caprina, como consecuencia de ataques de perros es de 2.850,00 € con cargo de la aplicación presupuestaria 4100-47900.

Segundo.- Publicar al Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en el tablón de anuncios y edictos de la Sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa la notificación de la resolución de concesión, en virtud de lo establecido en el punto 3.c de las Disposiciones generales de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026 (BOIB núm. 61, de 15-05-2025).

.../...»

De acuerdo con el art. 114.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el art. 66.1.b de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares (BOIB núm. 88 de 7 de julio de 2022) y el art. 146.1.b, del Reglamento Orgánico del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 136 de 18 de septiembre de 2010, corrección en BOIB núm. 148 de 14.10.2010, modificación en BOIB núm. 48 de 16.04.2016), este Decreto agota la vía administrativa.

De conformidad con lo establecido en el art. 112 y el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra este Decreto se puede interponer, alternativamente, o un recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del Consell Insular d'Eivissa, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de publicación de la notificación, o bien un recurso contencioso administrativo, en relación con los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa (BOE núm. 167 de 14 de julio de 1998), contra el mencionado Decreto, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta notificación.

Si se opta por interponer el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta que aquel se haya resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta. Y todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercer, si procede, cualquier otro que se considere pertinente.

Ibiza, 9 de diciembre de 2025

La técnica de Administración General María José Cardona Muñoz