Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 910522
Resolución de la consejera de Trabajo, Función Públicas y Diálogo Social de corrección de un error material en la Resolución de 27 de noviembre de 2025 por la que se actualiza de oficio la bolsa única de selección de personal funcionario interino del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. En fecha 2 de diciembre de 2025 se ha publicado en el BOIB núm. 159 la Resolución de 27 de noviembre la consejera de Trabajo, Función Públicas y Diálogo Social por la que se actualiza de oficio la bolsa única de selección de personal funcionario interino del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Se ha advertido, en la bolsa única mencionada, un error de programación en la carga automática de las solicitudes de los aspirantes ***8861* Marina Vicens Garcia Velasco, ***8325* Marta Llompart Coll, ***7662* Alicia Herrero Varela, ***2672* María del Mar Forteza Rey Colom y ***9175* María Isabel Campo Morro presentadas en fecha posterior a la fecha de corte. Este error afecta al orden de prelación de la bolsa, por lo que debe corregirse.

3. También se ha advertido que en la publicación mencionada no ha salido publicada íntegramente la lista de la bolsa única según lo que se referencia en la lista definitiva de personas aspirantes por orden de prelación. En cuanto a la preferencia de las personas del turno de discapacidad, es solo para las convocatorias reservadas a dicho turno. Para el resto de convocatorias se computan por méritos.      

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que éstas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que existan en sus actos.

2. Por otra parte, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

3. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar en los términos que establece el anexo de esta Resolución el error material advertido en la Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social de 27 de noviembre de 2025 por la cual se actualiza de oficio la bolsa única de selección de personal funcionario interino del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 159, de 2 de diciembre) y excluir a los aspirantes **8861 Marina Vicens Garcia Velasco, *8325 Marta Llompart Coll, ***7662 Alicia Herrero Varela, **2672 María del Mar Forteza Rey Colom y **9175 María Isabel Campo Morro que serán incluidos en el próximo corte.

2. Publicar la lista de la bolsa única actualizada con la totalidad de aspirantes que figuran en la lista definitiva de personas aspirantes por orden de prelación.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en la página web https://oposicions.caib.es.

 

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Trabajo, Función Públicas y Diálogo Social, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 5 de diciembre de 2025)

La consejera de Trabajo, Función Públicas y Diálogo Social Catalina Teresa Cabrer González

Documentos adjuntos