Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 907311
Decreto de Presidencia acordando el desistimiento, la denegación y la concesión de las ayudas económicas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, línea e) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026
Versión PDF
De conformidad con lo establecido en el punto 3.c de las Disposiciones generales de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026 (BOIB núm. 61, de fecha 15-05-2025), se notifica a las siguientes personas solicitantes de las ayudas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, mediante publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, el Decreto de Presidencia núm. 2025001139, de fecha 28 de noviembre de 2025, y del siguiente tenor:
“.../...
Vistas las Bases Reguladoras de las Ayudas para el desarrollo del Ámbito Agrícola, Ganadero, Pesquero y Cinegético en la isla de Ibiza, publicadas en el BOIB núm. 51 de 15-04-2008 y su modificación en el BOIB núm. 100 ext. de 30-06-2011.
Visto el Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa, del día 9 de mayo de 2025, de aprobación de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026 y correspondiente extracto que se publicó en el BOIB núm. 61, de fecha 15-05-2025.
Dado que existe crédito presupuestario y que lo propuesto es lo adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora al expediente de la Convocatoria el correspondiente certificado de existencia de crédito de fecha 18 de marzo de 2025 (Exp. 2/2025000001607).
Visto el informe técnico emitido en fecha 3 de octubre de 2025 por la ingeniera técnica agrícola de la Sección de Agricultura (Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino de este Consejo Insular) respecto a las solicitudes de concesión y pago de las ayudas económicas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola.
Vista la Propuesta de resolución provisional de concesión de las ayudas económicas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, emitida el 3 de octubre de 2025 por el jefe de servicio de Agricultura, Ganadería, Pesca y Caza (Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino).
Dado que, en cumplimiento del artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se notificó a las personas interesadas, mediante publicación en el tablón de anuncios y edictos de la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa, la propuesta de resolución provisional de concesión de ayudas económicas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, emitida por la Sección de Agricultura; y al respecto, se otorgó un plazo de diez días a partir del siguiente a la fecha de publicación para presentar las alegaciones que se consideraran oportunas.
Vistos los certificados generados como consecuencia de la publicación en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consell Insular d'Eivissa, desde el día 3 de octubre de 2025 hasta el 17 de octubre de 2025, de la notificación de la propuesta de resolución provisional de concesión de ayudas económicas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, linea e) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero de la isla de Ibiza para el año 2025-2026.
Vista la diligencia de fecha 20 de octubre de 2025 emitida por la funcionaria encargada de la Oficina de Asistencia en Materia de Registro, en la cual hace constar que, una vez hechas las pertinentes búsquedas informáticas, y habiendo transcurrido el plazo establecido entre el día 3 de octubre de 2025 hasta el 17 de octubre de 2025, en relación con la presentación de alegaciones a la propuesta de resolución provisional de concesión de ayudas económicas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola; no consta la presentación de ninguna alegación.
Dado que en consecuencia, la Propuesta de resolución provisional de concesión de las ayudas económicas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola de fecha 3 de octubre de 2025, deviene definitiva.
Visto el informe de fecha 31 de octubre de 2025 sobre el estado del seguimiento de las ayudas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, en cumplimiento del art. 88.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para hacer efectivo el pago por un importe de 12.178,29 € del vigente presupuesto del año 2025.
Dado que la ayuda individual no supera el importe de 3.000 €, y las personas interesadas han presentado una declaración responsable que sustituye la presentación de las certificaciones de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la seguridad social en cumplimiento del art. 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para dar cumplimiento al acuerdo de Pleno de fecha 29 de noviembre de 2018, sobre los requisitos básicos de la fiscalización previa limitada.
Dado el informe de la Tesorería de este Consejo de fecha 30 de julio de 2025, que da constancia de que las personas físicas y jurídicas solicitantes de la ayuda se encuentran al corriente de las obligaciones tributarias con el Consell Insular d'Eivissa, y por tanto no están incursas en ningún procedimiento de reintegro.
Vista la Propuesta de resolución de concesión de ayudas económicas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, línea e) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero de la isla de Ibiza para el año 2025-2026, emitida el 7 de noviembre de 2025 por el jefe de servicio de Agricultura, Ganadería, Pesca y Caza (Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino).
Visto el informe favorable de fiscalización previa plena emitido por la Intervención de esta Corporación en fecha 26 de noviembre de 2025.
Dada la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Dado el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En virtud de las competencias que tengo conferidas por la normativa vigente de aplicación,
DECRETO
Primero.- Tener por desistido de su solicitud, así como proceder a su archivo, los expedientes de subvención que se detallan a continuación:
|
EXP 2025 |
SOLICITANTE |
DNI / CIF |
Motivación |
|---|---|---|---|
|
14494T |
DOMINGUEZ MARI, JOSE MIGUEL |
***0760** |
Aplicación del art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas por no aportar la documentación requerida para subsanar la solicitud de ayuda |
|
16082R |
TORRES KORKEAMAKI, RAIMON |
***5148** |
Aplicación del art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas por no aportar la documentación requerida para subsanar la solicitud de ayuda |
|
16226F |
PLANELLS PALAU, JOSE MARIA |
***5519** |
Aplicación del art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas por no aportar la documentación requerida para subsanar la solicitud de ayuda |
Segundo.- Denegar la concesión de la ayuda económica solicitada a la persona que se relaciona a continuación por los motivos que se detallan:
|
EXP 2025 |
NOMBRE / RAZÓN SOCIAL |
CIF/DNI |
Motivación |
|---|---|---|---|
|
15801L |
FERNANDEZ GIMENEZ SAMUEL |
***5817** |
No cumple con la cuantía mínima de concesión establecida en el punto 6 de la línea e) Ayudas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola de la Convocatoria de ayudas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026 (BOIB núm. 61 de 15-05-2025) |
Tercero.- Disponer la concesión de una ayuda económica a las personas solicitantes de ayuda para el FOMENTO DEL USO DE MATERIALES BIODEGRADABLES EN ACOLCHADO AGRÍCOLA, que supone una subvención total de 12.178,29 € con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900, distribuidos por solicitantes según la siguiente relación y que cumplen todos los requisitos y presentan toda la documentación que la mencionada convocatoria exige:
|
EXP 2025 |
NOMBRE PERSONA SOLICITANTE |
CIF/DNI |
Cantidad Concesión (€) |
|---|---|---|---|
|
13860X |
TERRASA REYNES ANTONIO |
***9042** |
316,80 |
|
14568M |
CAN ESCARRER SL |
B16607780 |
3.000,00 |
|
14593F |
FERRER RIBAS MARIA ANTONIA |
***5803** |
561,60 |
|
14795W |
BERTINETTI ROCCO |
****9137* |
560,97 |
|
14842A |
RIERA CARDONA JUAN |
***4359** |
429,44 |
|
14956W |
RIBAS CARDONA JOSE |
***4529** |
821,90 |
|
15311N |
CARDONA BAOS MARINA |
***5638** |
758,10 |
|
15347W |
PLANELLS ROSELLO ANTONIO |
***5878** |
3.000,00 |
|
15614Q |
TUR BONED ANTONIO |
***5395** |
530,86 |
|
15671G |
PLANELLS BANDERA VANESA |
***5980** |
367,88 |
|
16008L |
CAN SOLDAT S.C. |
J16564718 |
803,03 |
|
16028Q |
OLIVERA FIGUEREDO ORLANDO GABRIEL |
***8129** |
648,42 |
|
16132M |
AGUILO VALLESPIR JOSE ANTONIO |
***7634** |
379,29 |
Dado que la cuantía de subvención que resulta es superior a la consignación presupuestaria para la presente línea de ayudas, 12.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 4100 47900, se imputará la cuantía de 178,29 € con cargo a la aplicación presupuestaria 4100 47900, sobrante de la línea f) Ayudas por la pérdida de animales reproductores de las especies ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros, de acuerdo con el punto 2 de las Disposiciones generales de la Convocatoria, que establece que: “En el caso de que, dentro del mismo capítulo, una línea no agote el presupuesto que se establece, se imputará la cuantía sobrante a las líneas que se hayan agotado publicadas en esta misma convocatoria”.
Cuarto.- Publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en el tablón de anuncios y edictos de la Sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa la notificación de la resolución de concesión, en virtud de lo establecido en el punto 3 de las Disposiciones generales de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2025-2026 (BOIB núm. 61, de 15-05-2025).
.../...»
De acuerdo con el art. 114.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el art. 66.1.b de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares (BOIB núm. 88 de 7 de julio de 2022) y el art. 146.1.b, del Reglamento Orgánico del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 136 de 18 de septiembre de 2010, corrección en BOIB núm. 148 de 14.10.2010, modificación en BOIB núm. 48 de 16.04.2016), este Decreto agota la vía administrativa.
De conformidad con lo establecido en el art. 112 y el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra este Decreto se puede interponer, alternativamente, o un recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del Consell Insular d'Eivissa, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de publicación de la notificación, o bien un recurso contencioso administrativo, en relación con los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa (BOE núm. 167 de 14 de julio de 1998), contra el mencionado Decreto, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta notificación.
Si se opta por interponer el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta que aquel se haya resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta. Y todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercer, si procede, cualquier otro que se considere pertinente.
Ibiza, 5 de diciembre de 2025
La técnica de Administración General María José Cardona Muñoz