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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 893655
Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca de día 26 de noviembre de 2025 de aprobación del expediente administrativo número 1/2025 de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario del IMAS

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Texto

En sesión ordinaria del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca de día 26 de noviembre de 2025 se aprobó la Propuesta de acuerdo de la Presidencia del IMAS de aprobación por el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario del IMAS (Expediente administrativo núm. 1/2025), la cual se transcribe a continuación:

Propuesta de acuerdo

1. Aprobar la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario del IMAS en el sentido que consta en el Anexo que se adjunta, y que es objecto del expediente administrativo de modificación de RLT 1/2025 con efectos jurídicos del 1 de enero de 2026.

Los efectos económicos de los puestos códigos F00750037, F00750039, F00720002, F0006002R, F0006002S y F00310007, serán del 1 de enero de 2026, y esta previsión está incluida en el proyecto de presupuesto del capítulo I deI IMAS para el ejercicio 2026, actualmente en fase de elaboración.

Respecto a la creación de los puestos códigos F00750037, F00750039, F0006002R y F0006002S y de la modificación de los puestos códigos F00310007, F0026005W, F00260003, F00260011 y F0026005V, que afectan a la plantilla del personal del IMAS, la previsión es incluirlos también en la plantilla del personal del IMAS del año 2026 con efectos del 1 de enero de 2026, actualmente en fase de elaboración, juntamente con los presupuestos del IMAS del año 2026.

2. Ordenar la publicación de esta modificación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca.

3. Remitir copia de esta modificación a la Administración del Estado y a la Comunidad autónoma de las Islas Baleares.”

Interposición de recursos

Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de esta publicación.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada i no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo esto, de conformidad con la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contenciosa Administrativa, y la Ley 39/2015, del 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de les Administraciones Públicas.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (28 de diciembre de 2025

El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre)

Documentos adjuntos