Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 900164
Aprobación definitiva del Plan de Gestión Ética de Colonias Felinas del municipio de Manacor (exp. 1877/2024)
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Por acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Manacor en sesión llevada a cabo el pasado 10 de noviembre de 2025, aprobó definitivamente el Plan de Gestión Ética de Colonias Felinas del municipio de Manacor, con los siguientes términos:
PLAN DE GESTIÓN ÉTICA DE COLONIAS FELINAS DEL MUNICIPIO DE MANACOR
1. Introducción
El presente Plan de Gestión (PdG en lo sucesivo) es el documento que define la estrategia municipal para gestionar de forma ética las colonias felinas y los gatos comunitarios del municipio de Manacor de acuerdo con los preceptos de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, la cual ha acotado las competencias municipales en esta materia..
De acuerdo con la Ley 7/2023, se entiende por colonia felina (art. 3.ñ) y por gato comunitario (art. 3.u):
«Colonia felina: a los efectos de esta ley y de su protección y control poblacional, se considera colonia felina a un grupo de gatos de la especie Felis catus, que viven en estado de libertad o semilibertad, que no pueden ser abordados o mantenidos con facilidad por los seres humanos debido a su bajo o nulo grado de socialización, pero que desarrollan su vida en torno a estos para su subsistencia.».
«Gato comunitario: a los efectos de esta ley y de su protección y control poblacional, se considera gato comunitario a aquel individuo de la especie Felis catus, que vive en libertad, pero vinculado a un territorio y que no puede ser abordado o mantenido con facilidad por los seres humanos debido a su bajo o nulo grado de socialización, pero que desarrolla su vida en torno a estos para su subsistencia».
Históricamente las tareas de mantenimiento de las colonias se ha realizado por parte de las asociaciones y personas físicas individuales, por lo que el presente Plan quiere reconocer y agradecer la labor realizada por parte de todas las personas que directa o indirectamente han realizado esta tarea de forma altruista. Por este motivo, en el presente Plan es voluntad del Ayuntamiento garantizar la continuidad de estas personas cuidadoras a la vez que se compromete a facilitar la gestión de la colonia asumiendo funciones de coordinación y dotación económica. En todo caso debe entenderse que la responsabilidad de las colonias felinas y de los gatos comunitarios recae sobre el Ayuntamiento, independientemente de la forma de ejercer la función de cuidador, ya sea a través de los cuidadores/as, directamente o cualquier otra forma de gestión legalmente prevista.
Para la elaboración del presente Plan de Gestión el Ayuntamiento ha realizado la consulta pública previa a la aprobación del PdG en junio y julio de 2024. Las aportaciones recibidas giran en torno a reconocer la figura del cuidador/cuidadora, establecer una estructura de gestión, sufragar métodos de control de población, alimentación y atención sanitaria así como facilitar la gestión en el ámbito local. También sobre la sensibización en tenencia responsable y respeto hacia las colonias así como un régimen sancionador.
Posteriormente, a raíz de los problemas planteados, el Ayuntamiento ha realizado una tarea de recopilación de información y valoración de la situación actual. A día de hoy, se dispone de información sobre un gran número de puntos de alimentación de gatos comunitarios lo que ha permitido analizar las problemáticas y oportunidades concretas y establecer una estrategia global de gestión.
Uno de los aspectos básicos que quiere mejorar el presente plan es la formalización de una estructura de gestión, a través de un coordinador municipal y coordinadores zonales y el establecimiento de un canal de comunicación, por medio del correo electrónico. Otro aspecto está en el establecimiento de los procedimientos para dar de alta las colonias felinas y los programas de esterilizaciones.
2. Situación actual
El Ayuntamiento ha realizado un primer inventario de puntos de alimentación de gatos comunitarios contando con la colaboración de los cuidadores y cuidadoras del municipio y con la ayuda de una asesoría técnica. De forma aproximada, se han identificado unos 120 puntos, los cuales están gestionados por unos 40 cuidadores/as y existe una población estimada de unos 2.000 gatos/as, quedando pendiente de esterilizar en el momento del estudio la mitad de los individuos.
En relación al su estado:
- El estado de salud y nutricional de los individuos es, en general, muy satisfactorio (control visual).
- La mayoría de espacios presentan condiciones de higiene y sanidad adecuadas, si mas no se debe mejorar en algunos casos concretos y deben establecerse protocolos comunes de actuación.
- Algunos se encuentran situados en espacio privado.
- En relación con su tamaño, se pueden diferenciar tres tipologías, las que tienen menos de 10 individuos (40%), las que tienen entre 11 y 20 individuos (40%) y las que tienen más de 20 individuos (20%).
- En relación con el porcentaje de individuos esterilizados, el 70% de puntos tienen menos del 70% de individuos esterilizados, siendo necesario un programa de esterilización intensivo.
En cuanto a su distribución es muy dispersa y no sigue una pauta general, por lo que, para facilitar su manejo y toma de decisiones técnicas es conveniente dividir el territorio en zonas de actuación.
En relación con los cuidadores/as, la mayoría se hace cargo de cuatro o menos puntos de alimentación, si bien algunos de ellos tiene más de cuatro, teniendo una elevada carga de trabajo. Sería necesario reequilibrar los esfuerzos por lo que se considera que existe una carencia de voluntarios a día de hoy para cubrir las necesidades del municipio. Algunas de las causas por la falta de voluntarios es a menudo las difíciles situaciones en que deben desarrollar su labor (incomprensión vecinal, gastos de alimentación, etc), siendo necesario el apoyo económico, el reconocimiento de su labor y la sensibilización en el respeto de la ciudadanía.
Un problema común es el abandono de individuos en las colonias por parte de la ciudadanía. Es necesario abordarlo desde una perspectiva educativa y con medidas sancionadoras.
Aunque se dispone del inventario de puntos de alimentación, no se dispone de un procedimiento formal ni publicado de registro y autorización ni de una infraestructura de gestión adecuada lo que aporta inseguridad jurídica y problemas de coordinación.
3. Objetivos i programas prioritarios del Plan
El objetivo general del presente Plan de Gestión es dar cumplimiento a los requisitos establecidos en la Ley 7/2023 en relación con las colonias felinas del término municipal de Manacor. La principal finalidad establecida en la Ley 7/2023 se establece en el artículo 38 donde se recogen como principios generales: «el control poblacional de todos los gatos comunitarios, con el fin de reducir progresivamente su población manteniendo su protección como animales de compañía» y «a obligación de la identificación mediante microchip y la esterilización quirúrgica de todos los gatos comunitarios».
Los objetivos específicos del presente plan son:
- Garantizar el bienestar de los distintos individuos que conforman las colonias felinas, reconociendo la labor de los cuidadores y cuidadoras.
- Reducir la población de gatos comunitarios de forma progresiva en el municipio.
- Sensibilizar y formar a la población sobre la tenencia responsable de gatos y el respeto hacia las colonias felinas.
- Luchar contra el maltrato y el abandono de gatos/as.
- Garantizar los mayores estándares de bienestar y protección posibles de los gatos que conviven en el entorno humano.
Para alcanzar estos objetivos, el presente Plan de gestión de colonias felinas se articula a través de Programas que se desarrollarán en función de las necesidades concretas de cada momento y de los presupuestos anuales del Ayuntamiento, articulándose los siguientes:
1. Programa de gestión
2. Programa de control poblacional y identificación
3. Programa sanitario
4. Programa de sensibilización y formación
En relación a les definiciones, se atienden a las definiciones establecidas en la normativa estatal y autonómica vigente en cada momento.
El Plan tendrá una duración indefinida para conseguir los objetivos fijados. En cualquier momento que se considere necesario, será posible realizar una revisión del mismo.
4. Ámbito de actuación
El presente Plan se aplica a todos los gatos comunitarios del municipio, que tendrán una colonia felina asignada considerándose individuos de colonia a efectos del presente plan.
En cuanto al ámbito territorial es aplicable a todas las colonias felinas ubicadas en el espacio público del término de Manacor.
En relación con las colonias felinas situadas en espacios privados, podrán adherirse al presente plan en los términos establecidos, siempre que se cuente con la autorización de la propiedad y se trate de colonias felinas situadas fuera de la vivienda habitual o temporal del propietario. En caso de que el propietario sea una empresa, ésta deberá asumir los costes de gestión y esterilización.
En los casos en que no se tenga la autorización de la propiedad se presumirá que son individuos domésticos por lo que el propietario estará sujeto a las obligaciones legales vigentes en cada momento.
En ningún caso se atenderán a individuos procedentes de particulares a menos que se encuentren en una situación de abandono (momento en el que se intentará encontrar a su propietario o buscarle adopción). Encima de estos gatos se potenciará la tenencia responsable y se podrá fomentar su esterilización.
5. Obligación de identificación de los individuos
De acuerdo con la Ley 7/2023, todos los gatos y gatas deben estar identificados con microchip, tanto sean de colonias felinas como de particulares.
En cuanto a la propiedad de los individuos, difieren tres supuestos:
- Individuos de colonias: Los individuos de las colonias felinas, es su propietario el Ayuntamiento de Manacor.
- Individuos domésticos: Los individuos particulares (domésticos), es el propietario el particular, estando obligados a su identificación.
- Individuos no identificados: Los individuos que no se encuentren debidamente identificados, tendrán la consideración de animales abandonados, aplicándose los protocolos municipales de adopción. En el momento de la adopción, será requisito la identificación del animal pasando a considerarse individuo doméstico.
De forma transitoria, hasta que no se hayan identificado con microchip a los individuos de las colonias, en caso de encontrar un gato sin identificación se contactará con la persona o entidad colaboradora en el mantenimiento de las colonias de la zona para saber si el animal es comunitario o si se conoce su procedencia. En caso de que pertenezca a una colonia no tendrá la consideración de animal abandonado y por tanto se devolverá sin coste a la colonia de origen, previo su chipaje y esterilización en caso necesario. En caso de conocer la procedencia se contactará con el propietario y se tratará como animal abandonado, debiendo hacerse cargo el propietario de su recogida y gastos asociados.
6. Estructura de gestión: organización y canales de comunicación
Atendiendo al elevado número de personas implicadas y con el fin de garantizar un sistema de trabajo organizado y una gestión eficaz de las colonias felinas, su gestión se articula a través:
- Un responsable municipal
- Coordinadores/as de zonas
- Cuidadores/as de les colonias felinas
Cada colonia felina, esté ubicada en espacio público o privado, tendrá al menos un cuidador/a y podrá contar con varios cuidadores. De acuerdo con la definición de la Ley 7/2023, se entiende por cuidador:
«Cuidador/a de colonia felina: persona, debidamente autorizada, que atiende a los gatos pertenecientes a una colonia, siguiendo un método de gestión de colonias felinas, sin que pueda considerarse persona titular o responsable de los gatos de la misma.».
Históricamente las tareas de mantenimiento de las colonias no controladas se ha realizado por parte de las asociaciones y personas físicas individuales, por lo que el presente Plan quiere reconocer formalmente la tarea realizada por parte de éstas y garantizar su continuidad.
Las personas y asociaciones que deseen colaborar en la gestión de las colonias felinas del municipio pueden solicitar su adhesión como cuidadores o cuidadoras autorizadas presentando la Declaración Responsable de las personas cuidadoras autorizadas de las colonias felinas, según modelo normalizado.
Dado que la colaboración es de carácter voluntario y que no existe obligación legal o contractual alguna con el Ayuntamiento, las personas o asociaciones cuidadoras se podrán dar de baja en cualquier momento previa comunicación al consistorio.
Mientras mantengan su condición de cuidadores o cuidadoras autorizadas, se comprometen a cumplir y ceñirse a lo establecido en el presente Plan de Gestión. El incumplimiento reiterado de estas directrices comportará dejar sin efectos la declaración responsable y, en consecuencia, la prohibición de seguir gestionando colonias felinas. En este caso, el Ayuntamiento asumirá la gestión de la colonia correspondiente, garantizando en todo momento la continuidad del proyecto.
En el mismo sentido, en caso de que una colonia felina no disponga de cuidador autorizado, será el Ayuntamiento quien asuma la función de cuidador de esa colonia.
Por este motivo, a nivel de implantación del presente Plan, se llevará a cabo a través de:
- Asociaciones de bienestar animal de Manacor, debidamente inscritas en los registros correspondientes de asociaciones, con ámbito de actuación en el municipio de Manacor preferentemente y/o superior.
- Personas físicas
- Ayuntamiento de Manacor
El territorio del término municipal se divide en zonas de actuación a efectos de gestión. Cada zona tendrá un coordinador/a de zona, designado por el Ayuntamiento, el cual será el responsable de coordinar a los cuidadores/as de su zona, harán el seguimiento de la actividad de cada colonia y será el intermediario ante el responsable municipal.
Se delimitan les siguientes zonas:
1. Manacor norte
2. Manacor sur
3. Porto Cristo
4. S'illot
5. Cala Mandia
6. Calas de Mallorca
En función de la evolución del plan, el Ayuntamiento tiene potestad para modificar la zonificación y el número de coordinadores de zona.
El responsable municipal, será el encargado de realizar las tareas administrativas y poner a disposición de los coordinadores de zona y de los cuidadores/as los recursos de acuerdo al presente plan así como ejercer la función de vigilancia y control de la evolución de las colonias.
Funciones y obligaciones de los agentes involucrados:
- Responsable municipal
- Gestionar el censo municipal de colonias y gatos comunitarios
- Autorizar a los cuidadores/as y colonias
- Definir y dotar a los programas a adoptar en función de las necesidades
- Establecer los canales de comunicación y modelos normalizados
- Designar a los coordinadores zonales y al mediador de conflictos
- Velar por el cumplimiento de las especificaciones del presente Plan
- Coordinadores/as de zonas
- Intermediario entre los/las cuidadores/as de su zona y el responsable municipal
- Coordinar cuidadores/as en las tareas diarias y en los programas de esterilizaciones
- Recopilar quejas y sugerencias y registrarlas siguiendo el formulario normalizado
- Recopilar los informes anuales de cada colonia con la ayuda del cuidador/a
- Cuidadores/as de las colonias felinas
- Ejecutar el programa de gestión de las colonias felinas que tengan asignadas
- Colaborar en las capturas para las esterilizaciones
- Comunicar al/la coordinador/a de su zona cualquier incidencia de la colonia o de los gatos/as que forman parte
7. Registro y autorización de colonias felinas
Comunicación de una nueva colonia
Las personas y/o asociaciones interesadas pueden presentar una Declaración responsable en el registro del Ayuntamiento de Manacor, de acuerdo con el modelo normalizado.
La declaración responsable incluirá como mínimo: datos de la persona solicitante, datos de contacto, ubicación de la colonia (con identificación sobre cartografía, preferentemente o cualquier detalle que permita su identificación), descripción de la colonia y del número de animales que la conforman así como índice CER de la misma.
En el caso de colonias situadas en espacios privados, junto con la Declaración responsable se deberá de presentar la autorización expresa de la propiedad.
Informe y evaluación de la colonia felina
El Ayuntamiento evaluará la ubicación y condiciones de la colonia y de los individuos que forman parte y emitirá un informe justificando la autorización o no de esta colonia.
Cuando el Servicio Municipal tenga conocimiento de la existencia de una posible colonia, realizará de oficio el mismo procedimiento de informe y evaluación y se pondrá en contacto con el coordinador de zona para encontrar cuidadores/as de la misma.
Se seguirán los criterios de los protocolos marco autonómico y estatal vigentes en cada momento así como la normativa autonómica y/o estatal vigente en cada momento. De acuerdo con el artículo 42 de la Ley 7/2023, está prohibida la localización de una colonia cuando la presencia en libertad de sus miembros:
a. Sea incompatible con la preservación de su integridad y su calidad de vida.
b. Suponga un impacto negativo por las condiciones de biodiversidad en espacios naturales protegidos y en los espacios de la Red Natura 2000.
c. Suponga un impacto negativo por la fauna protegida.
d. Suponga un riesgo contra la salud y la seguridad de las personas.
La reubicación o desplazamiento se ajustará en todo caso a lo establecido en la normativa vigente en cada momento, se realizará bajo supervisión veterinaria y contará con los informes preceptivos de la autoridad competente.
A falta de estos criterios, se tendrá en cuenta que las colonias felinas se forman gracias a la presencia de recursos para sus miembros como alimentación, agua, refugios para protegerse de las inclemencias meteorológicas y de posibles amenazas.
Se debe hacer todo lo posible para respetar el lugar escogido por los propios individuos, revisando cuidadosamente que la ubicación de la colonia no cause conflictos.
Como norma general, las ubicaciones preferentes de las colonias felinas deben ser:
- Vías y espacios públicos. Preferentemente en espacios con poco tráfico y que no generen molestias a los vecinos y vecinas de la zona.
- Parque y zonas ajardinadas (no se incluyen los parques infantiles).
- Solares y descampados de titularidad municipal (se evitarán las zonas cercanas a suelo rústico).
- En caso de que la localización esté dentro de un espacio privado, es obligatoria la autorización del propietario del terreno.
Con los objetivos de salud pública y protección animal, en ningún caso se autorizará una colonia felina en los siguientes lugares y proximidades:
- Parques infantiles.
- Zonas con presencia constante de perros.
- Terrazas de restaurantes y bares.
- Cercanías de vías rápidas de tráfico rodado o vías de tráfico rodado muy intenso.
- En los centros escolares, sanitarios y deportivos.
- Espacios naturales protegidos y en los espacios de la Red Natura 2000.
Autorización de las colonias felinas
El Ayuntamiento emitirá una Resolución de autorización de las colonias de acuerdo con los criterios e informes que así lo recomienden y se informará a las personas que soliciten la autorización y a las entidades colaboradoras.
En caso de que se tenga constancia de quejas y conflictos con los vecinos, previa a la resolución se llevará a cabo la audiencia a los vecinos de la zona afectada por el establecimiento de la colonia.
Registro de la colonia felina y de los cuidadores/as
El Ayuntamiento llevará a cabo y mantendrá actualizado un registro de las colonias felinas y de los cuidadores/as responsables. Este registro incluirá los datos de la colonia y del cuidador responsable, con los datos de contacto.
El registro será interno y no tendrá carácter público con el fin de preservar la privacidad y seguridad de los gatos/as y de sus cuidadores/as además de prevenir el abandono de individuos.
Las personas cuidadoras autorizadas de las colonias municipales registradas, recibirán un carné de cuidador/a.
8. Programa de gestión de colonias felinas
El programa de gestión de colonias felinas define el procedimiento normalizado destinado a la consecución del primer objetivo del presente Plan:
- Garantizar el bienestar de los distintos individuos que conforman las colonias felinas, reconociendo la labor de los cuidadores y cuidadoras.
Para alcanzar los objetivos se establecen las siguientes medidas:
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Medidas |
Ejecución |
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Equipamientos de las colonias |
Medio plazo |
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Tareas cotidianas de cuidado y mantenimiento |
Medio plazo |
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Información del estado y evolución de las colonias felinas |
Corto plazo |
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Canal de quejas y sugerencias y canales de denuncias |
Corto plazo |
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Protocolo de mediación de conflictos |
Corto plazo |
Equipamientos de las colonias
El Ayuntamiento, previo estudio caso por caso y contando con las sugerencias tanto de vecinos como de cuidadores/as, podrá dotar a las colonias felinas autorizadas de:
- Areneros destinados a las deposiciones. Deben ubicarse en zonas de fácil acceso para que puedan limpiarse con la periodicidad adecuada y alejados de zonas de paso de personas, para evitar molestias por olores y riesgos sanitarios.
- Bebederos y comederos. Se priorizará siempre que sea posible los dispensadores automáticos. Pero se evitará en caso de interferencia con la alimentación de otros animales.
- Carteles identificativos de la colonia felina. De forma habitual, el Ayuntamiento no identificará ni difundirá de forma activa la ubicación y localización de las colonias felinas con el fin de preservar la privacidad y seguridad de los gatos así como prevenir el abandono de individuos. Sin embargo, el Ayuntamiento pondrá a disposición de las personas cuidadoras los carteles, evaluando caso por caso la conveniencia o no de su instalación. El cartel contendrá una mención expresa a la existencia de personas autorizadas para su cuidado y se informará de la prohibición de alimentar por parte de cualquier persona ajena, entre otras informaciones.
- Refugios. Zonas para guarecerse, descansar, retener o capturar los ejemplares. En este caso se priorizará la reutilización y preparación para la reutilización de residuos en el programa municipal.
Todo el material irá identificado con el logo del Ayuntamiento.
Se podrán evaluar caso por caso otras necesidades y problemáticas concretas de cada colonia, como necesidad de cierres u otros elementos que mejoren la gestión de las colonias felinas.
Tareas cotidianas de cuidado y mantenimiento
El cuidado y el mantenimiento de una colonia felina requiere responsabilidad, dedicación y un conjunto de tareas diarias para garantizar el bienestar de los animales y la buena convivencia con su entorno.
Al respecto, el Ayuntamiento de Manacor realizará las tareas de control de las colonias establecidas en espacios públicos, a excepción de que el Ayuntamiento actúe como cuidador, momento en el que asumirá también las tareas encomendadas a los cuidadores/as.
El seguimiento diario lo realizarán las personas cuidadoras, que tendrán que comunicar cualquier incidencia en el menor tiempo posible, siguiendo los canales habilitados al efecto más adelante, y de forma anual en un informe de seguimiento, que se explica en los apartados posteriores.
Está prohibida la realización de estas tareas por parte de cualquier persona no autorizada.
- Abastecimiento de alimentos y agua:
La frecuencia y dosificación de alimentación se establecerá en relación al número de animales registrados. A tal efecto, el Ayuntamiento se hará cargo del gasto de pienso de las colonias autorizadas.
Siempre que sea posible la alimentación será realizada por la misma persona y en un horario fijo, de forma que los animales se acostumbran a este horario y aparezcan en el momento de alimentarse, lo que facilitará su control y por tanto también su seguimiento.
La alimentación debe componerse de pienso seco. El pienso que no haya sido consumido debe retirarse en un tiempo prudencial (se establece de forma genérica su retirada después de una hora de su deposición), con excepción del pienso suministrado por medio de dispensadores. Se debe evitar, en la medida de lo posible, que otros animales accedan a la comida.
Para ajustar la cantidad de pienso se seguirá la siguiente pauta: si la ración proporcionada es consumida en menos de 15 minutos se aumentará la cantidad, si permanece más de 1 hora se reducirá.
Se permite la comida húmeda por dispensación de medicamentos y por aquellos animales que por razón de edad y condición lo necesiten. Esta comida húmeda deberá ser retirada una vez alimentados los animales que lo necesitan.
Estas pautas pueden flexibilizarse en función de las necesidades particulares de cada colonia y/o individuo.
- Condiciones de higiene de la colonia:
Las personas colaboradoras llevarán a cabo una higienización y desinfección periódica de recipientes para la alimentación y bebederos, que tendrán que ser de materiales aceptables para su limpieza, colocándose escondidos en áreas poco visibles para favorecer la buena aceptación del proyecto.
Los recipientes con agua deben mantenerse limpios. Se debe garantizar agua limpia y fresca a diario.
- Control visual del estado de salud y comportamientos de los individuos:
Se aprovechará el momento de la alimentación para realizar un control visual del estado de salud y comportamientos de los gatos de la colonia.
Se observará a los animales para detectar cualquier signo de enfermedad, lesiones o parásitos y en caso necesario, avisar al servicio veterinario municipal para valorar su intervención, el cual priorizará servicios locales, siempre que sea técnica, jurídica y económicamente viable. Para ello se seguirá el canal de comunicación habilitado, avisando primero a la coordinadora zonal y posteriormente al Ayuntamiento y veterinario asignado en el programa sanitario.
En caso de identificar a nuevos individuos de la colonia, se dará aviso por el canal habilitado a la coordinadora zonal y pasarán a formar parte del programa de adopción.
- Información del estado y evolución de las colonias felinas
Los cuidadores/as de las colonias felinas tendrán que presentar un informe anual del estado y evolución de la colonia ante la coordinadora zonal. Deberá presentarse en el primer trimestre del año, antes del 31 de marzo, haciendo referencia al año natural inmediatamente anterior.
El Ayuntamiento facilitará por este informe la plantilla modelo y determinará el canal de presentación, preferentemente de forma electrónica. El contenido de este informe podrá modificarse en función de la evolución de las colonias felinas.
De forma inicial, el informe contará con la siguiente información:
- Identificación de la colonia y su ubicación.
- Identificación y nombre de contacto de los/las cuidadores/as responsables.
- Evolución del número de gatos de la colonia y número de gatos dados en adopción (aumento, disminución, mortalidad).
- Estado de salud general de la colonia, incluyendo las intervenciones veterinarias realizadas (esterilizaciones, tratamientos por enfermedades, desparasitaciones, etc.).
- Incidentes o problemas detectados (agresiones entre animales, conflictos con la comunidad, problemas sanitarios, etc.).
- Ficha individual de cada gato, con el número de chip e incluyendo una fotografía de cada gato, así como anotaciones sobre la evolución del mismo.
- Fotografías del estado actual de la colonia.
El Ayuntamiento elaborará y mantendrá el censo de colonias y gatos y realizará su mapeo, el cual no estará a disposición del público de forma activa, sino que se estudiará caso por caso siguiendo el protocolo de gestión de conflictos.
En cualquier momento, podrá realizarse la supervisión del estado de la colonia felina por parte del Ayuntamiento.
Canal de comunicación interno
Se habilitará un canal de comunicación entre los/las cuidadores/as, el/la coordinador/a de zona y el/la responsable municipal para asegurar una actuación coordinada y efectiva.
Los cuidadores/as se comunicarán con su coordinador de zona a través de los canales que acuerden entre ellos y serán preferentemente a través de formatos electrónicos y escritos para que quede constancia.
Los coordinadores de zona y el responsable municipal se comunicarán de forma ordinaria vía correo electrónico, habilitando la dirección de correo: coloniesfelines@manacor.org y, en casos de urgencia a través de teléfono.
En relación a las esterilizaciones, la comunicación oficial la realizará el Ayuntamiento y se realizará por correo electrónico dirigida al coordinador de zona y cuidadores/as implicados en la campaña.
El Ayuntamiento establecerá un protocolo de comunicación en casos de urgencia. Podrá incluir la participación de las personas coordinadoras de zona.
Herramientas de soporte
- Hoja de quejas/sugerencias estandarizada (con fecha, colonia, descripción, prioridad).
- Modelo de informe anual estandarizado.
- Documento de preguntas frecuentes para cuidadoras.
Canal de denuncias
En relación con las denuncias, éstas se podrán interponer por cualquier medio y organismo oficial, y preferentemente ante la Policía Local.
En el resto de casos se tratará como un conflicto, siguiendo el siguiente protocolo.
Protocolo de mediación de conflictos con ciudadanos
El Ayuntamiento promoverá la mediación y resolución alternativa de conflictos como herramienta básica cuando se produzca cualquier incidente que perjudique a la convivencia entre las personas cuidadoras de las colonias felinas y los vecinos y vecinas.
El protocolo a seguir contará con los siguientes pasos:
1. Detección y registro del conflicto: comunicación a través del correo electrónico indicando la máxima información posible: ubicación, conflictos/molestias, frecuencia, personas implicadas (si se conoce), etc.
2. Valoración técnica: evaluación del estado de la colonia e identificación de los implicados por parte de personal municipal y coordinadoras de zona. En caso necesario, participación de la Unidad Cívica de la Policía Local.
3. Mediación entre partes: participación de cuidadores/as, vecindarios, coordinador de zona y personal municipal. Siempre que sea posible se designará a un mediador/a que en calidad de tercera persona neutral gestione los conflictos intentando que las partes diriman su controversia de forma constructiva y facilitando la resolución a través del diálogo. Las reuniones se mantendrán en primer lugar de forma separada y en función del caso, podrá acordarse una reunión conjunta, buscando el consenso de los acuerdos y compromisos a adoptar.
4. Acuerdos y compromisos: Se acordarán y comunicarán las medidas y normas a adoptar.
Las medidas concretas a aplicar se estudiarán caso a caso, que se basarán en la buena gestión de colonias felinas. Algunos ejemplos para garantizar la convivencia pueden ser:
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Medidas para proteger los cuidadores/as |
Medidas para no molestar a los vecinos |
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Reconocimiento oficial de los/las cuidadores/as (carnets, cartelería, etc). Apoyo ante posibles conflictos (intervención policial). Participación activa en decisiones sobre la colonia. |
Reubicación de puntos de alimentación, ajustar horarios, etc. Información sobre la colonia y el plan de gestión municipal. Participación activa en el seguimento. |
5. Seguimento y revisión: Se realizará un seguimiento en los 30-60 días posteriores para revisar si los acuerdos funcionan y si es necesario, se ajustarán medidas.
9. Programa de control poblacional y identificación
Este programa tiene la finalidad de dar cumplimiento al precepto legal del artículo 38 de la Ley 7/2023:
«El control poblacional de todos los gatos comunitarios, con el fin de reducir progresivamente su población manteniendo su protección como animales de compañía» y «la obligación de la identificación mediante microchip y la esterilización quirúrgica de todos los gatos comunitarios»
El objetivo cuantitativo a conseguir es el de esterilizar e identificar el 100% de los gatos comunitarios. Con el objetivo de maximizar la eficiencia del proceso, se realizará de forma conjunta tanto la esterilización como la identificación de los individuos comunitarios.
El método seguido será el método CER (Captura, Esterilización y Retorno), el cual es un procedimiento para controlar las colonias de gatos aplicando el sistema de captura, esterilización y retorno, acompañado del correspondiente sistema de control de la evolución de la misma. El objetivo principal es disminuir el tamaño de las poblaciones y su tasa de crecimiento incidiendo sobre la fertilidad de las colonias.
Se ha demostrado que en aquellas colonias cuyo porcentaje de esterilizaciones supera el 90% de individuos, el censo es decreciente. Las colonias con un porcentaje entre el 70 y el 90% de animales esterilizados se mantienen estables en número. En este estado se considera que las colonias están en buenas condiciones, evitando el aumento descontrolado de la población. Por debajo del 70% es urgente su intervención con el fin de evitar su aumento. Según la siguiente tabla, podemos clasificar el estado de las colonias en función del porcentaje de animales esterilizados y visualizar el estado de las colonias:
|
Estado de la colonia |
Índice esterelización |
Censo |
|
Controlada |
>90% |
Disminución del censo |
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Estable |
70%-90% |
Censo estable |
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En vías de estabilización |
50%-70% |
Aumento controlado |
|
Inicio del programa |
1%-50% |
Aumento descontrolado |
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Incontrolada |
0% |
Aumento descontrolado |
La captura y liberación de los gatos y gatas se realizará mediante jaulas y la efectuarán prioritariamente por las personas cuidadoras autorizadas.
- Captura: Las capturas se realizarán preferentemente con jaulas-trampa. Con el objetivo de que los individuos estén el menor tiempo posible en el interior de las jaulas, deben coordinarse las tareas de captura con la disponibilidad del centro veterinario o unidad móvil de esterilización.
- Esterilización: La esterilización, marcado auricular e identificación mediante chip de gatos y gatas se realizará por veterinarios colegiados y en centros o clínicas autorizadas.
- Retorno: Se liberan los gatos/as en la colonia de origen una vez hayan sido esterilizados y el veterinario determine que ya están preparados para volver a su colonia (mínimo 8-12 horas desde la esterilización o tiempo que considere necesario el veterinario), la persona cuidadora liberará los gatos/as en la colonia de animales y se garantizará su bienestar. En caso necesario, la persona cuidadora podrá mantener a los individuos en su domicilio hasta su completa recuperación.
En los casos de individuos susceptibles de ser dados en adopción, éstos podrán ser recogidos tanto por parte de los cuidadores/as como por parte del servicio de recogida municipal y no serán devueltos a la colonia de origen, sino que se aplicará el programa de adopción de gatos, explicado más adelante.
Para alcanzar el objetivo de esterilización e identificación del 100% de los gatos comunitarios, se establecen las siguientes medidas, las cuales se abordarán siguiendo el siguiente orden de prelación:
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Medidas |
Plazo |
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Campaña intensiva de esterilización de ejemplares de colonias felinas. |
Primer año |
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Campañas anuales de esterilización de las colonias felinas |
Años siguientes |
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Campañas anuales de fomento de las esterilizaciones de gatos particulares. |
Años siguientes |
Campaña intensiva de esterilización de ejemplares de colonias felinas
Atendiendo a la situación actual del municipio (se deben esterilizar la mitad de los individuos) y teniendo en cuenta que las colonias no son estructuras estáticas sino dinámicas, se apuesta por una campaña intensiva que evite al máximo la proliferación exponencial de la población felina, por eso se realizará una actuación intensiva atendiendo a grandes zonas de densidad de gatos con el objetivo de dificultar la reproducción. La proliferación es más difícil en colonias donde permanecen pocos individuos sin intervenir, además, si las zonas menos densas se reduce la interacción entre ellos y por tanto el riesgo de nuevas reproducciones incontroladas.
De esta forma, en un primer momento se realizarán campañas por zonas y no por porcentaje de esterilización de las colonias. Esta voluntad se basa en una visión integral para evitar zonas de contacto. Dentro de las zonificaciones, se priorizarán las colonias de mayor densidad de ejemplares sin esterilizar.
En los casos en que los animales dejen de entrar en las jaulas por exceso de presión, se priorizarán otras colonias para, posteriormente, reanudar la actuación cuando los gatos estén más tranquilos.
Las esterilizaciones se llevarán a cabo contando con la coordinación entre cuidadores/as de las colonias felinas y se podrá realizar combinando el uso de veterinarias concertadas, prioritariamente locales, con unidades móviles de esterilizaciones.
Esta campaña se revisará el primer mes para analizar sus resultados y ajustar su estrategia si es necesario.
En el momento de redacción del plan quedan alrededor de 1.000 individuos por esterilizar. Sin embargo, durante el período de ejecución nacerán nuevos animales, lo que aumentará la cifra actual y por este motivo se estima la esterilización intensiva de 1.200 individuos.
Para abordar esta situación, se realizará un plan de esterilizaciones estructurado con una duración de 12 meses, por lo que el objetivo es realizar 100 esterilizaciones e identificaciones mensuales.
Campañas anuales de esterilización de las colonias felinas
Cada año se evaluará la necesidad de esterilización en función de la realidad de la población felina y podrán definirse campañas anuales de esterilización. Estas actuaciones se llevará a cabo con la coordinación de los cuidadores de las colonias felinas y veterinarios, prioritariamente locales, aunque en función de las circunstancias se podrá optar por otro sistema.
Estas campañas anuales se llevarán a cabo principalmente durante los meses de febrero, mayo y octubre y se priorizarán en este orden las colonias en las que exista una mayor problemática de convivencia y las colonias con un menor porcentaje de esterilización.
En los casos en que los animales dejen de entrar en las jaulas por exceso de presión, se priorizarán otras colonias para, posteriormente, reanudar la actuación cuando los gatos estén más tranquilos.
Colaboración municipal para la esterilización de gatos domésticos
Con el fin de fomentar la concienciación ciudadana sobre la importancia de la tenencia responsable y promover y aumentar el número máximo de esterilizaciones de estos animales domésticos, lo que contribuye a minimizar el aumento de ejemplares abandonados en las calles y a disminuir el número de camadas no deseadas en el municipio, se podrá ayudar a los propietarios en la tarea de esterilizar, pudiéndose subvencionar o a través de otras formas jurídicas.
10. Programa sanitario
El presente programa se desarrolla a fin de mantener un buen estado de la colonia felina y minimizar el riesgo para la salud pública. Por este motivo, el objetivo de este programa es el de:
Para alcanzar los objetivos se establecen las siguientes medidas:
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Medidas |
Plazo |
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Programa sanitario integral de las colonias felinas |
Medio plazo |
Programa sanitario integral de les colonias felinas
Las colonias autorizadas tendrán el seguimiento sanitario de un veterinario colegiado. Este veterinario debe establecer un protocolo para gestionar la colonia, que incluya campañas de esterilización, control parasitológico y desinfección, campañas de vacunación, seguimiento de zoonosis, etc. Si se crea una ficha clínica para cada gato de la colonia, ésta puede sustituir al pasaporte sanitario. La ficha debe incluir información sobre salud, tratamientos, diagnósticos y otros datos relevantes. El responsable de la colonia debe mantener un registro de incidencias, altas, bajas y desapariciones. Los datos que sean pertinentes deben comunicarse y actualizarse de forma anual y, en casos de urgencia, de forma inmediata.
Para la aplicación del programa sanitario debe considerarse el estado global de la colonia felina, no únicamente el estado y evolución de uno de los individuos.
- Tratamientos preventivos:
Se aplicará la vacuna trivalente (panleucopènia felina -FPV-, calicivirosi felina -FCV- i herpesvirosi felina-FHV-1). Se aplicará en el momento de la esterilización. De forma genérica, no se considera la revacunación anual pues en gatos adultos la primera vacunación ya reduce significativamente las posibilidades de contraer enfermedades. Al menos, bajo criterio veterinario podrá revacunarse en caso de que una colonia felina presente problemas.
Se realizará un control antiparasitario interno y externo. Se realizará en el momento de la esterilización, con un antiparasitario de amplio espectro por parásitos internos y externos (praziquantel, pouron y selamectina, entre otros). A diferencia de la vacunación, ésta se considera necesaria de forma más frecuente.
-Asistencia veterinaria:
Se garantizará la asistencia veterinaria necesaria a los gatos con síntomas o lesiones, debiendo aislarse de la colonia si los servicios veterinarios lo consideran necesario.
La asistencia veterinaria y, en su caso, la intervención quirúrgica, se realizará por parte del servicio veterinario municipal, que priorizará servicios locales, siempre que sea técnica, jurídica y económicamente viable.
En el caso de intervención quirúrgica, debe devolverse a la colonia de origen o, en caso de que sea posible, dar en adopción. Si bajo criterio veterinario, es necesario dejar el gato en observación hasta un máximo de 48 horas éste deberá permanecer en una instalación adecuada, ya sea casa de acogida, veterinario, centro colaborador, refugio municipal o similar. Se priorizará atendiendo a criterios de proximidad y disponibilidad inmediata, siempre garantizando el bienestar del individuo.
En la misma línea, estas instalaciones podrán utilizarse para albergar gatos en proceso de recuperación, intervención quirúrgica, madres lactantes y sus crías, gatos en proceso de adopción y similares, siempre que exista capacidad suficiente para atender las necesidades de cada caso concreto.
Si el gato a tratar es por problemas sanitarios menores, pueden tratarlo las personas cuidadoras siguiendo las indicaciones y criterios veterinarios y deben utilizarse productos homologados y de uso veterinario aprobados por la legislación vigente en cada momento. En ningún caso, las personas voluntarias podrán suministrar medicación sin supervisión de personal veterinario.
En caso de detectar un gran número de ejemplares enfermos de una colonia o colonias cercanas, deben tomarse las medidas correctoras concretas y llevar a cabo un programa sanitario específico.
Si se detecta el virus de la rabia en algún gato de la colonia, debe aplicarse el Plan Nacional de Contingencia Contra la Rabia Animal, así como otros planes o protocolos obligatorios en caso de otras enfermedades.
En cualquier caso, la eutanasia sólo será aplicada según criterio veterinario cuando las condiciones de vida no sean compatibles con una vida digno por el animal en las colonias felinas, ajustándose siempre la práctica a la normativa vigente en cada momento.
- Animales muertos:
Las personas cuidadoras darán aviso al Ayuntamiento a través de los canales habilitados y se procederá a la retirada del cadáver por el servicio municipal de recogida de animales abandonados, que procederá a su incineración.
- Control del tamaño de la población:
La población objetivo de una colonia de gatos es de como máximo 10 individuos. Este número permite controlar y realizar un seguimiento efectivo del bienestar de cada uno de los individuos y el estado sanitario del conjunto de la colonia.
Por este motivo, si bien las colonias podrán ser autorizadas inicialmente con mayor número de individuos, la población a medio plazo debe tender a la reducción hasta 10 individuos.
No obstante lo anterior, excepcionalmente podrán admitirse números superiores en función de las características de la colonia y siempre bajo el criterio de protección del medio ambiente y el bienestar animal.
11. Programa de sensibilización y formación
El presente Plan debe ser conocido por la ciudadanía para que pueda ser entendido como una herramienta para la mejora de la calidad de vida de las personas y el bienestar de los gatos comunitarios. Por ese motivo, los objetivos de este programa es doble:
- Sensibilizar y formar a la población sobre la tenencia responsable de gatos y el respeto hacia las colonias felinas.
- Dar a conocer el presente plan para el fomento del voluntariado y el correcto desarrollo del Plan.
Para alcanzar los objetivos se establecen las siguientes medidas:
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Medidas |
Plazo |
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Campaña de sensibilización general |
Corto plazo |
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Programa de adopción de gatos socializados o socializables |
Medio plazo |
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Campaña de fomento del voluntariado y formación de los agentes implicados |
Medio plazo |
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Régimen de infracciones y sanciones |
Medio plazo |
Campaña de sensibilización general
Se difundirá el presente Plan entre la ciudadanía con la intención de concienciar sobre los beneficios de la aplicación del Plan, fomentar la identificación y esterilización de los gatos domésticos para evitar camadas no deseadas y futuros abandonos y fomentar un comportamiento respetuoso hacia los animales en general y hacia las colonias felinas en particular.
También tendrá el objetivo de prevenir nuevos conflictos vecinales, así como informar de la existencia del canal de denuncias y de la figura de mediación por parte del Ayuntamiento.
Programa de adopción de gatos socializados o socializables
Se puede dar el caso de que en una colonia aparezcan gatos cuyos comportamientos le permitan clasificar como un individuo socializado o con posibilidad de socializarse. En este caso se valorará la posibilidad de darlos en adopción en función de cada caso:
- Gatos abandonados o perdidos. Se debe intentar por todos los medios encontrar a su propietario, leyendo el microchip, colocar carteles, pedir a los vecinos y vecinas, etc. En caso de no localizarlo, el animal pasará a estar en adopción siguiendo los protocolos de adopción de animales del Ayuntamiento.
- Gatos nacidos en la colonia o bien abandonados de cachorros en la colonia. Estos felinos pueden ser ofrecidos en adopción una vez que han sido destetados, preferentemente a las 8-9 semanas de edad.
Se deben separar los cachorros para cuidarlos hasta que encuentren un hogar definitivo y no pueden ser devueltos a la colonia de origen ya que devolver un gato que ha sido retirado de pequeño es igual de arriesgado que dejar un gato doméstico, ya que no ha adquirido las habilidades necesarias para sobrevivir. En este caso, siempre que haya un voluntario/a puede cuidarse en su hogar, que actuará como casa de acogida. En caso de que no haya ningún voluntario/a que pueda encargarse de ello, se seguirá el protocolo de adopción de animales del Ayuntamiento.
Campaña de fomento del voluntariado y formación de los agentes implicados
Atendiendo a la falta de voluntarios y voluntarias y la elevada carga de alguna de las personas cuidadoras, la presente campaña tiene por objeto ser un llamamiento al fomento de la tarea de cuidadores/as.
Al mismo tiempo que se aprovechará para formar a aquellas personas que ya están realizando esta labor de forma altruista sobre la importancia de formalizar las colonias felinas y acreditarse de forma que todo el mundo siga unas pautas comunes y pueda acceder a los programas del presente plan.
El contenido de la formación se centrará en la organización de las personas cuidadoras (registro, derechos, obligaciones, etc.), las normas de gestión establecidas en este plan y los protocolos sobre incidencias.
Esta formación también podrá realizarse sobre el personal municipal y policía local.
Régimen de infracciones y sanciones
Se incluirá un régimen de infracciones y sanciones dentro de la ordenanza municipal de tenencia de animales, especialmente en lo que se refiere a las colonias felinas, es esencial para garantizar una gestión responsable, respetuosa y efectiva de estos animales, así como para mantener el orden y la salud pública de nuestro municipio.
La incorporación de este régimen proporcionará una herramienta eficiente para las autoridades municipales, con el objetivo de controlar las situaciones de conflicto o incumplimiento de las normas establecidas, a la vez que se protege el bienestar de animales y ciudadanos. Así, se fomentará una convivencia respetuosa y responsable entre vecinos y animales en situación de colonia.
12. Cronograma de ejecución de las medidas
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Medidas |
Ejecución |
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1. Programa de gestión |
Equipamientos de las colonias |
Medio plazo |
más de 1 año |
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Tareas cotidianas de cuidado y mantenimiento |
Medio plazo |
más de 1 año |
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Información del estado y evolución de las colonias felinas |
Corto plazo |
inferior a 1 año |
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Canal de quejas y sugerencias y canales de denuncias |
Corto plazo |
inferior a 1 año |
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Protocolo de mediación de conflictos |
Corto plazo |
inferior a 1 año |
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2. Programa de control poblacional e identificación |
Campaña intensiva de esterilización de ejemplares de colonias felinas. |
Corto plazo |
Primer año |
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Campañas anuales de esterilización de las colonias felinas |
Medio plazo |
años siguientes |
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Campañas anuales de fomento de las esterilizaciones de gatos particulares. |
Medio plazo |
años siguientes |
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3. Programa sanitario |
Programa sanitario integral de les colonias felinas |
Medio plazo |
más de 1 año |
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4. Programa de sensibilización y formación |
Campaña de sensibilización general |
Corto plazo |
Primer año |
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Programa de adopción de gatos socializados o socializables |
Medio plazo |
más de 1 año |
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Campaña de fomento del voluntariado y formación de los agentes implicados |
Medio plazo |
más de 1 año |
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Régimen de infracciones y sanciones |
Medio plazo |
más de 1 año |
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13. Control y seguimiento del Plan
Una vez implantado el Plan, se realizará una reunión anual de todas las partes implicadas para explicar las actuaciones realizadas y revisar los resultados a efectos de su evaluación.
La evaluación se basará en el análisis de los siguientes indicadores:
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Núm |
Indicador |
Objetivo |
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1 |
Gatos censados |
Reducir su población. Se evaluará tanto el número de gatos censados anuales como la evolución anual de los mismos, analizando las causas de los incrementos y disminuciones. Se prestará especial atención en los casos de abandono o pérdida. |
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2 |
Esterilizaciones e identificaciones |
Reducir su población. Se evaluará tanto el total de esterilizaciones e identificaciones realizadas como el estado de cada colonia (% de esterilización). |
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3 |
Intervenciones veterinarias |
Reducir problemas sanitarios. Se analizarán el número y la naturaleza de las intervenciones veterinarias no ordinarias. |
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4 |
Adopciones |
Fomentar la adopción. Se evaluará el número de animales puestos en adopción y el número de animales efectivamente adoptados. |
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5 |
Quejas e incidencias registradas |
Minimizar incidencias y molestias. Se evaluará el número y naturaleza de las quejas e incidencias registradas, tanto por parte de la ciudadanía como de los cuidadores/as. |
Tras la evaluación y valoración de resultados, se tomarán las medidas correctoras que procedan y se definirán unos objetivos cuantificables para el año siguiente, si se considera necesario.
Manacor, 3 de diciembre de 2025
El alcalde Miquel Oliver Gomila