Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA
Núm. 900012
Rectificación de bases de auxiliar de Biblioteca
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DECRETO DE RECTIFICACIÓN
Antecedentes de hecho.
Primero. Se ha detectado que hay un error al decreto 2025-2091. Las bases de la convocatoria de una plaza de Auxiliar de Biblioteca , personal laboral fijo, exigía un requisito de catalán superior al que estipula el Reglamento municipal de normalización lingüística publicada al BOIB núm. 11 de 23 de enero de 2024.
Fundamento de derecho.
- Artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
«2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.»
Esta Alcaldia
RESUELVE
1. Donde dice a la disposición TERCERA. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES: «f) Acreditar los conocimientos de lengua catalana correspondientes al certificado C1 o equivaliendo, en conformidad con la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013, miedo la cual se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimiento de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud. »
Tiene que decir: «a la disposición TERCERA. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES: «f) Acreditar los conocimientos de lengua catalana correspondientes al certificado B2 o equivaliendo, en conformidad con la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013, miedo la cual se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimiento de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud. »
2. Publicar en el BOIB esta decreto de rectificación.
3. Volver a publicar un extracto de esta rectificación al Boletín Oficial del Estado, siente la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias.
4. Las instancias presentadas correspondientes a la publicación del Boletín Oficial del Estado n.º 251 se tendrán en cuenta por la participación a la convocatoria.
5. Dar cuenta al pleno, a la próxima sesión que por este se celebre.
Capdepera, (firmado electrónicamente: 3 de diciembre de 2025)
La alcaldesa Nuria Garcia Caballería