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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

Núm. 897821
Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 28 de noviembre de 2025, por la cual se aprueba la convocatoria extraordinaria de ayudas para la reparación de paredes de piedra seca afectadas por la DANA en el municipio de Santa Eulària des Riu 2025

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

BDNS (Identif.):871853

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/871853 )

Primero. Beneficiarios

1. Se pueden acoger a esta convocatoria las personas, físicas o jurídicas, que cumplan los siguientes requisitos:

a) La persona deberá ser propietario/a de la finca, situada dentro de las zonas rurales del municipio, donde se realizará la actividad.

b) No tener deudas con el Ayuntamiento de Sta. Eulària ni con la Agencia Tributaria ni Seguridad Social.

c) No encontrarse sometido a ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) En cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, no estar sancionadas o condenadas en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme. A tal efecto, las entidades solicitantes presentarán el modelo Anexo

2. Para esta convocatoria extraordinaria y de acuerdo con el artículo 25.4 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el cual se aprueba el Reglamento de la ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones y de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, y atendiendo al carácter urgente y excepcional de las actuaciones derivadas de los daños causados por la DANA, asimismo, dada la urgencia de las actuaciones, se aplicará la tramitación de urgencia prevista en el artículo 33 de la Ley 39/2015, reduciéndose a la mitad los plazos establecidos.

3. Al tratarse de una subvención de cuantía a otorgar a cada beneficiario no superior a 3.000,00 euros, la presentación de declaración responsable sustituirá a la presentación de los certificados sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

4. Conforme el artículo 26 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio para el cual se aprueba el Reglamento de la ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones, se acreditarán que no están incursos en ninguna prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para ser beneficiario de subvención mediante la presentación de declaración responsable ante el órgano condecente de la subvención.

5. Para acreditar el requisito 4.1.c de esta convocatoria, se deberá presenta por declaración responsable (anexo 2) donde el solicitante declara bajo su responsabilidad que cumple todos los requisitos.

6.- Las ayudas objeto de esta convocatoria no son incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, efectuadas por esta o cualquier otra administración pública, entes públicos, instituciones privadas u otros recursos. Será obligatorio para los/as solicitantes y beneficiarios/as de las ayudas informar al Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, de todas las subvenciones recibidas con destinación a la actividad objeto de subvención extraordinaria y esta comunicación se deberá efectuar, así como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

Segundo. Objeto de las ayudas y ámbito de aplicación

1. Se aprueba la convocatoria extraordinaria de urgencia de ayudas correspondiente al año 2025 por motivo de la DANA que ha afectado a nuestro territorio, provocado por fenómenos meteorológicos adversos de carácter excepcional, con lluvias torrenciales y escorrentías de una virulencia inusitada, poniendo en riesgo no solo su valor patrimonial sino también la seguridad de personas y la funcionalidad de las explotaciones agrarias.

2. Los proyectos de inversión que puedan ser objeto de ayuda para el régimen establecido en esta convocatoria, han de estar localizados en el Término Municipal de Santa Eulària des Riu

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en las Bases de ejecución del presupuesto y los presupuestos municipales del fecha 31 de octubre de 2024 y publicada la aprobación definitiva en el Boletín Oficial de las Islas Baleares nº157 del 3/12/2024.

Cuarto. Dotación económica

1. La financiación de estas ayudas será con cargo íntegro a la partida 4101-78004 (Ayudas rehabilitación entorno rural, paredes de piedra) de los Presupuestos Locales de 2025.

2. Para las ayudas objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 100.000,00€, a nivel de vinculación jurídica. No pudiendo adquirir el Ayuntamiento compromisos de ayuda que excedan dicha disponibilidad presupuestaria.

3. El límite máximo de la ayuda extraordinaria por beneficiario, en el conjunto de las inversiones previstas en esta base, será de 3.000,00€

Quinto. Solicitudes

1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a partir del siguiente de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) del extracto de la convocatoria. 

2. Dentro de esta convocatoria, solo se admitirá una solicitud por beneficiario y por finca. En caso de que se presente más de una solicitud, únicamente se tendrá en cuenta la que haya sido presentada en primer lugar.

3. Para poder acogerse a la ayuda se ha de presentar, dentro de plazo, en cualquiera de los Registros Generales de entrada del Ayuntamiento de Santa Eulària presencial (solo para personas físicas) o Registro Telemático del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, ubicado en la página web (www.santaeulariadesriu.com), la siguiente documentación:

- Anexo 1.-Instancia 

- Anexo 2. Declaración Responsable.

- Plano de situación de la finca y las obras. Marcando sobre éste la ubicación de la obra.

- Memoria que describa la inversión que se va a realizar. Importante especificar polígono y parcela donde se ubicarán las actividades objeto de ayuda.

- Fotografías de la zona a rehabilitar, Mínimo 3-5 fotografías que muestren claramente el estado actual de los daños de diferentes ángulos/perspectivas

- E-mail donde efectuar notificaciones.

4. En caso de que la solicitud tenga algún defecto o no vaya acompañada de toda la documentación señalada en el punto anterior, se podrá requerir al peticionario para que en el plazo diez días enmiende el defecto o aporte la documentación requerida. En caso de no hacerlo, se tendrá por desistida su petición.

5. No se admite reformulación de proyectos.

 

Firmado digitalmente en Santa Eulària des Riu (3 de diciembre de 2025)

La alcaldesa  Maria del Carmen Ferrer Torres