Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN

Núm. 896297
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de noviembre de 2025 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. Mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024 (BOIB núm. 52, de 20 de abril), se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026.

2. La Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores, antes Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores (Consejería de Educación y Universidades), ha instado la modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones mencionado, concretamente en el punto 3 («Promoción de los estudios universitarios y de formación profesional») del objetivo III («Mejora de la calidad de vida de los ciudadanos») en el sentido de modificar la línea III.3.11, con el fin de modificar el apartado relativo a la fuente de financiación, dado que debería ser el capítulo 7 en lugar del capítulo 4. Asimismo, se aprovecha para modificar el nombre de la dirección general responsable de la subvención, de acuerdo con lo que prevé el Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El apartado tercero del mencionado acuerdo del Consejo de Gobierno establece que las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegan en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Corresponde, por lo tanto, al consejero de Economía, Hacienda e Innovación modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.

4. De acuerdo con el apartado 9 de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, se delega en la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación la firma de las resoluciones de modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 25 y 31 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en el que se nombra al señor Antoni Costa Costa consejero de Economía, Hacienda e Innovación.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado por un acuerdo del Consejo de Gobierno el 19 de abril de 2024, en el sentido de modificar la línea III.3.11, que pasa a tener la siguiente redacción:

III.3.11

Dirección general: Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores

Fuente de financiación: capítulo 7

Descripción: ayudas de formación de profesorado universitario (FPU)

Finalidades y efectos: mejorar la competitividad de la Universidad de las Illes Balears y formar al profesorado universitario en áreas de conocimiento con déficit estructural de profesorado acreditado

Convocatoria: anual

Coste: 2.892.000 €

Indicadores: número de solicitudes, número de beneficiarios y número de tesis leídas

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (27 de noviembre de 2025)

La secretaria general Catalina Mir Ferrer Por delegación de firma del consejero de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB n.º 106, de 29/07/2023)