Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DEL MAR Y DEL CICLO DEL AGUA
Núm. 893994
Resolución del consejero del Mar y del Ciclo del Agua por la que se concede una subvención al Ayuntamiento de Alaró para el proyecto «Proyecto constructivo de mejora de los servicios hidráulicos de la calle Joan Alcover» en base a la convocatoria de subvenciones para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos para el año 2025, en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible para el periodo 2024-2025
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Antecedentes
1. El día 19 de julio de 2024, se aprobó el Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible para el periodo 2024-2025.
2. El Pleno de la Comisión de Impulso del Turismo Sostenible aprobó, a propuesta del Comité Ejecutivo, la relación de proyectos a financiar con el Fondo para Favorecer el Turismo Sostenible correspondiente al Plan Anual 2024-2025, anexa al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de noviembre de 2024 (BOIB núm. 150, de 16 de noviembre de 2024).
3. Por Resolución del director de la AETIB de 6 de junio de 2025, se hace la transferencia a la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua para el proyecto ITS2024-2025-136 «Pacto proyectos municipales de agua».
4. El día 26 de julio de 2025 (BOIB núm. 99) se publica la Resolución del consejero por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos para el año 2025 en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible para el periodo 2024-2025.
5. El día 25 de agosto de 2025, el Ayuntamiento de Alaró presentó dentro del plazo legalmente establecido, una solicitud a la convocatoria de subvenciones para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos para el año 2025 con núm. de registro GOIBE592250/2025 para el proyecto “Proyecto constructivo de mejora de los servicios hidráulicos de la calle Joan Alcover”, con un presupuesto total de 1.304.332,67 €, y un importe solicitado de 427.281,35 €.
6. El importe solicitado, 427.281,35 €, se ajusta a los principios y criterios especificados en el apartado cuarto de la convocatoria y no supera el 100 % del coste total del proyecto.
7. El Ayuntamiento de Alaró está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social a fecha de este informe.
8. En fecha 8 de octubre de 2025, el Servicio de Proyectos del Ciclo del Agua de la Dirección General de Recursos Hídricos, emitió informe favorable para la concesión de una subvención para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos para el año 2025, en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible para el periodo 2024-2025, al Ayuntamiento de Alaró para la actuación “Proyecto constructivo de mejora de los servicios hidráulicos de la calle Joan Alcover”, con un importe máximo de 427.281,35 €.
9. La subvención propuesta no constituye «ayudas de Estado» en los términos previstos en el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
10. En fecha 8 de octubre de 2025 el director general de Recursos Hídricos dictó una propuesta de resolución provisional para la concesión de una subvención para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos para el año 2025, en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible para el periodo 2024-2025, al Ayuntamiento de Alaró para la actuación “Proyecto constructivo de mejora de los servicios hidráulicos de la calle Joan Alcover”, con un importe máximo de 427.281,35 € con cargo a la partida presupuestaria 38101 G/562A01/76001/10 FI 25064 de los presupuestos generales vigentes de la CAIB o a la que apruebe el Parlamento de las Illes Balears para los próximos ejercicios presupuestarios, distribuida en las siguientes anualidades:
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IMPORTE |
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2025 |
227.223,12 € |
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2026 |
149.166,05 € |
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2027 |
50.892,18 € |
11. En fecha 11 de octubre se notificó al Ayuntamiento de Alaró mediante la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears (núm. 135) de la propuesta provisional otorgando un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación, para formular las alegaciones oportunas, o bien aceptar expresamente la subvención propuesta.
12. Transcurrido este plazo sin recibir ninguna alegación al respecto se entiende aceptada la propuesta de concesión, de acuerdo con el punto 3 del apartado décimo de la convocatoria.
13. En fecha 28 de octubre de 2025 el Servicio de Proyectos del Ciclo del Agua de la Dirección General de Recursos Hídricos emitió “Informe técnico de la solicitud de subvención del Ayuntamiento de Alaró en base a la convocatoria de subvenciones para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos para el año 2025, en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible para el periodo 2024-2025”, informando favorablemente la concesión de la subvención mencionada.
14. En fecha 29 de octubre de 2025 el director general de Recursos Hídricos dictó la Propuesta de resolución por la cual se aprueba la concesión de una subvención para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos para el año 2025, en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible para el periodo 2024-2025 a favor del Ayuntamiento de Alaró.
15. En fecha 10 de noviembre de 2025 el Servicio de Proyectos del Ciclo del Agua de la Dirección General de Recursos Hídricos emitió Informe de los criterios específicos que determinan el importe total de la subvención propuesta por el Ayuntamiento de Alaró de acuerdo con la convocatoria de subvenciones para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos para el año 2025, en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible para el periodo 2024-2025.
16. Visto el informe de fiscalización previa limitada de carácter favorable emitido por la Intervención de la CAIB en fecha 12 de noviembre de 2025.
Fundamentos de Derecho
1. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
2. Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
3. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Illes Balears.
4. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024 (BOIB núm. 52, de 20 de abril), por el que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026.
5. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de noviembre de 2024 de aprobación de la relación de proyectos que se han de financiar con el Fondo para Favorecer el Turismo Sostenible correspondientes al Plan Anual 2024-2025 (BOIB núm. 150 de 16 de noviembre de 2024).
6. Orden 13/2025, de 20 de mayo, del consejero del Mar y del Ciclo del Agua por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de costas y litoral, recursos hídricos, puertos autonómicos, transporte marítimo y náutica.
7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
8. Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
9. Resolución del consejero del Mar y del Ciclo del Agua por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para actuaciones y proyectos en materia de recursos hídricos para el año 2025, en el marco del Plan Anual de Impulso al Turismo Sostenible para el periodo 2024-2025 (BOIB núm. 99).
Resolución
1. Conceder al Ayuntamiento de Alaró con CIF P0700100A una subvención por importe de 427.281,35 euros para la ejecución del proyecto «Proyecto constructivo de mejora de los servicios hidráulicos de la calle Joan Alcover», de acuerdo con la convocatoria de subvenciones publicada en el BOIB núm. 99, de 26 de julio de 2025 (BOIB núm. 99), con cargo a la partida presupuestaria 38101 G/562A01/76001/10 FI 25064 de los presupuestos generales vigentes de la CAIB o a la que apruebe el Parlamento de las Illes Balears para los próximos ejercicios presupuestarios, distribuida en las siguientes anualidades:
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IMPORTE |
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2025 |
227.223,12 € |
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2026 |
149.166,05 € |
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2027 |
50.892,18 € |
2. Autorizar y disponer un gasto a favor del Ayuntamiento de Alaró con CIF P0700100A con cargo a la partida presupuestaria 38101 G/562A01/76001/10 FI25064 de los presupuestos vigentes de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears para los años 2025- a 2027, de acuerdo con las siguientes anualidades:
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IMPORTE |
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2025 |
227.223,12 € |
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2026 |
149.166,05 € |
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2027 |
50.892,18 € |
3. Disponer que el beneficiario, de acuerdo con el apartado decimotercero de la convocatoria, queda obligado al cumplimiento de los siguientes preceptos:
4. De acuerdo con la normativa aplicable en materia de subvenciones y las bases de la convocatoria, el beneficiario queda sujeto a las obligaciones de publicidad relativas al carácter público de la financiación. En concreto, el beneficiario deberá hacer constar en toda la difusión del proyecto que las actuaciones se han financiado mediante el Fondo de Impuesto de Turismo Sostenible (Fondo ITS), con la participación de la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua.
Todas las medidas de publicidad (incluidos carteles de obra, placas, material impreso y difusión digital, según corresponda de acuerdo con el apartado Decimotercero, punto 2, letra 'm' de la convocatoria) deberán cumplir estrictamente con los requisitos de imagen corporativa establecidos por la AETIB (Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears) referentes al Fondo ITS.
5. El incumplimiento de estas obligaciones podrá dar lugar al inicio de un procedimiento de reintegro o sancionador, de acuerdo con los títulos IV y V del Texto refundido de la Ley de subvenciones de les Illes Balears.
6. De acuerdo con el apartado decimosexto de la convocatoria, el pago de las subvenciones se debe hacer efectivo una vez se ha acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que se ha otorgado la subvención y se ha justificado que se ha llevado a cabo la actividad subvencionada y el pago.
Las entidades beneficiarias pueden solicitar cada tres meses, un pago fraccionado del importe de la subvención otorgada por un proyecto.
Los pagos se deben hacer de acuerdo con las prescripciones establecidas en el convenio que se firme de acuerdo con el apartado decimoquinto de la presente convocatoria. El pago se debe efectuar mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria indicada por el beneficiario de la solicitud.
Se considera gasto realizado o efectuado el que haya sido pagado efectivamente antes de la finalización del período de justificación. En este sentido, se considera gasto efectuado el que haya sido efectivamente pagado a fecha de 1 de enero de 2028 o, en su caso, en la fecha de la prórroga otorgada.
7. Notificar la resolución a los interesados en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer, alternativamente, recurso potestativo de reposición ante el consejero del Mar y del Ciclo del Agua, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 14 de noviembre de 2025)
La secretaria general Juana María Forteza Pujol Por delegación de competencias del consejero del Mar y del Ciclo del Agua (BOIB núm. 128 de 16/09/2023)