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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA

Núm. 891635
Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se concede la autorización de construcción de la fase 1 del parque fotovoltaico PFV Son Vivot, ubicado en el polígono 7, parcelas 235, 659 y 690 de Inca (RE030/22)

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Texto

Hechos

1. El 25 de enero de 2025 se publicó, en el BOIB n.º 12, el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de enero de 2025 por el que se declara proyecto industrial de interés estratégico el parque fotovoltaico Son Vivot, ubicado en el polígono 7, parcelas 235, 659 y 690 de Inca

2. El 27 de enero de 2025 el consejero de Empresa, Empleo y Energía dictó la autorización administrativa previa del parque fotovoltaico PFV Son Vivot (BOIB núm. 14, de 30 de enero).

3. El 19 de septiembre de 2025, el promotor solicitó la autorización de construcción.

4. Los técnicos del Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado la documentación aportada y han emitido un informe favorable, en el que se concluye, sin entrar a valorar técnicamente el proyecto, que se han cumplido todos los trámites requeridos en el procedimiento de autorización de construcción.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 14/2019, de 29 de marzo, de Proyectos Industriales Estratégicos de las Illes Balears.

2. La Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19.

3. El Real Decreto Ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

4. La Ley 10/2019, de 22 de febrero, de Cambio Climático y Transición Energética.

5. La Ley 13/2012, de 20 de noviembre, de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas, otras actividades y medidas tributarias, para las instalaciones eléctricas descritas.

6. El Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

7. El Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears, modificado por el Decreto 33/2015.

8. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

9.  La Ley 3/2019, de 31 de enero, Agraria de las Illes Balears.

10. El Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Evaluación Ambiental de las Illes Balears

11. La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

12. El Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

13. El Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

14. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

15. La Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía 24 de julio de 2025 de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar la construcción de la fase 1 del parque fotovoltaico PFV Son Vivot, ubicado en el polígono 7, parcelas 235, 659 y 690 de Inca, promovida por Enel Green Power España, SLU (NIF B61234613), con las siguientes características:

— Expediente: RE030/22.

— Denominación: Son Vivot.

— Situación: polígono 7, parcelas 235, 659 y 690, de Inca.

— Datos técnicos:

— Tipo: parque fotovoltaico sobre el terreno.

— Superficie ocupada: 185.700 m2.

— 37.422 paneles solares de 615 Wp cada uno. Potencia de pico de 23.014,53 kWp.

— 66 inversores de 330 kW. Potencia instalada de 21.780 kWn.

— 3 centros de transformación 0,8/20 kV de 6.600 kVA cada uno.

— Subestación elevadora SE Son Vivot de 20/66 kV dentro de la parcela 235 de una superficie aproximada de 1.350 m2.

— Línea de evacuación soterrada AT de 66 kV de 5.860 m de longitud y sección 1x3x(1x630) mm2, desde la subestación SE Son Vivot, hasta la subestación SE Inca 66 kV, situada en las coordenadas aproximadas UTM, Datum ETRS89 X: 492.923, Y: 4.396.028 (huso 31).

— Instalación de una nueva posición de la SE Inca situada junto a la subestación en un recinto (polígono 12, parcela 532) de unos 408 m2 de superficie.

— Tramo de 140 m de línea AT (66 kV) soterrada desde el recinto de medición a la SE Inca.

Disponer que, antes del inicio de las obras, el promotor tiene que presentar a la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático la siguiente documentación:

— Autorización del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en relación con la afección a la canalización de gas.

— Autorización de AESA.

— Autorización del Departamento de Territorio, Movilidad e Infraestructuras del Consell de Mallorca en relación con las afecciones a carreteras.

— Acreditación de la disponibilidad efectiva de los terrenos y derechos necesarios para la construcción.

— Justificante de haber liquidado ante el ayuntamiento la tributación municipal correspondiente, tal como prevé el artículo 29 del Plan Director Sectorial Energético de las Islas Baleares.

— Nombramiento del técnico director de obra.

— Declaración responsable del promotor en la que se compromete a la correcta gestión de los residuos una vez finalizada su vida útil.

 

2. Indicar que, una vez ejecutadas las instalaciones objeto de esta autorización, el titular tiene que presentar la solicitud de puesta en servicio, a la que debe adjuntar un certificado de final de obra subscrito por un técnico facultativo, así como las pruebas reglamentarias y otra documentación que exige la reglamentación vigente.

3. Informar que esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a las licencias municipales, la ordenación del territorio y el medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones le sean de aplicación.

4. Notificar esta resolución al interesado y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, en la fecha de la firma electrónica dia 30 de noviembre de 2025

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Autónomos y Energía (BOIB n.º 97, de 24/07/2025)