Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 891630
Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se concede la autorización de construcción de la agrupación fotovoltaica Junípero Serra ubicada en el polígono 13, parcelas 1 y 2 de Sa Pobla (RE032/22, RE040/23)
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Hechos
1. El 5 de marzo de 2025 el consejero de Empresa, Empleo y Energía dictó la autorización administrativa previa de la agrupación fotovoltaica Junípero Serra (BOIB n.º 30, de 8 de marzo de 2025).
2. El 4 de noviembre de 2025 se publicó, en el BOIB n.º 146, el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2025 por el que se declara proyecto industrial de interés estratégico la agrupación fotovoltaica Junípero Serra ubicada en el polígono 13, parcelas 1 y 2 de Sa Pobla.
3. El 14 de octubre de 2025, el promotor solicitó la autorización de construcción.
4. Los técnicos del Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado la documentación aportada y han emitido un informe favorable, en el que se concluye, sin entrar a valorar técnicamente el proyecto, que se han cumplido todos los trámites requeridos en el procedimiento de autorización de construcción.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 14/2019, de 29 de marzo, de Proyectos Industriales Estratégicos de las Illes Balears.
2. La Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19.
3. El Real Decreto Ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
4. La Ley 10/2019, de 22 de febrero, de Cambio Climático y Transición Energética.
5. La Ley 13/2012, de 20 de noviembre, de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas, otras actividades y medidas tributarias, para las instalaciones eléctricas descritas.
6. El Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
7. El Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears, modificado por el Decreto 33/2015.
8. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
9. La Ley 3/2019, de 31 de enero, Agraria de las Illes Balears.
10. El Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Evaluación Ambiental de las Illes Balears
11. La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
12. El Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
13. El Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica
14. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
15. La Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía 24 de julio de 2025 de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar la construcción de la agrupación fotovoltaica Junípero Serra, promovida por Recap PVA Mallorca, SL (NIF B09944224), con las siguientes características:
— Expediente: RE032/22.
— Denominación: PFV Junípero Serra 1.
— Situación: polígono 13, parcela 2 de Sa Pobla.
— Datos técnicos:
— Tipo: parque fotovoltaico sobre el terreno.
— Superficie ocupada: 107.723 m2.
— 16.320 paneles solares de 710 Wp cada uno. Potencia de pico de 11.587kWp.
— 49 inversores de 215 kW. Potencia instalada de 10.535 kWn.
— 4 transformadores 0,8/15,4 kV de 2.700 kVA.
— 1 centro de maniobra y medida (CMM).
— Línea de evacuación soterrada MT de 15 kV de 6.449 m de longitud y sección 630 mm2, hasta la subestación eléctrica Sa Pobla, que se sitúa en las coordenadas aproximadas UTM, X: 502.716, Y: 4.401.501 (huso 31).
— Expediente: RE040/23.
— Denominación: PFV Junípero Serra 2.
— Situación: polígono 13, parcelas 1 y 2 de Sa Pobla.
— Datos técnicos:
— Tipo: parque fotovoltaico sobre el terreno.
— Superficie ocupada: 78.251 m2.
— 12.160 paneles solares de 710 Wp cada uno. Potencia de pico de 8.633 kWp.
— 39 inversores de 215 kW. Potencia instalada de 7.740 kWn.
— 3 transformadores 0,8/15,4 kV de 2.500 kVA.
— 1 centro de maniobra y medida (CMM).
— Línea de evacuación soterrada MT de 15 kV de 6.449 m de longitud y sección 630 mm2, hasta la subestación eléctrica Sa Pobla, que se sitúa a las coordenadas aproximadas UTM, X: 502.716, Y: 4.401.501 (huso 31).
Disponer que, antes del inicio de las obras, el promotor tiene que presentar a la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático la siguiente documentación:
— Autorización de AESA.
— Autorización del Departamento de Territorio, Movilidad e Infraestructuras del Consejo de Mallorca en relación con las afectaciones a carreteras.
— Autorización de la Dirección General de Movilidad en relación con la afectación a la vía del ferrocarril.
— Acreditación de la disponibilidad efectiva de los terrenos y derechos necesarios para la construcción.
— Justificando de haber liquidado ante el ayuntamiento la tributación municipal correspondiente, tal y como prevé el artículo 29 del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears.
— Nombramiento del auditor ambiental y del técnico director de obras.
— Estudio geotécnico.
— Declaración responsable del promotor en la que se compromete a la correcta gestión de los residuos una vez finalizada su vida útil.
2. Indicar que, una vez ejecutadas las instalaciones objeto de esta autorización, el titular tiene que presentar la solicitud de puesta en servicio, a la que hay de adjuntar un certificado de final de obra subscrito por un técnico facultativo, así como las pruebas reglamentarias y otra documentación que exige la reglamentación vigente.
3. Informar que esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a las licencias municipales, la ordenación del territorio y el medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que le sean aplicables.
4. Notificar esta resolución al interesado y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica dia 30 de noviembre de 2025
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Autónomos y Energía (BOIB n.º 97, de 24/07/2025)