Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 886147
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de noviembre de 2025 por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2025 correspondiente al personal funcionario y al personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el ámbito de los servicios generales

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El artículo 70.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) dispone que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal. Por otro lado, la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en su artículo 47.1, determina que constituye la oferta de empleo público anual el conjunto de plazas vacantes de personal funcionario y de personal laboral, con dotación presupuestaria, cuya cobertura resulta necesaria.

El artículo 18 de la Ley 6/2025, de 23 de julio, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025, es la norma que regula la materia relativa a las ofertas de empleo público. En concreto, determina lo siguiente:

1. Durante el año 2025, y sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente, el número total de plazas de nuevo ingreso del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de los entes que integran el sector público instrumental autonómico, y, también, en su caso, los sectores, las funciones y las categorías profesionales en las que tienen que concentrarse, y las plazas que tiene que incluir la oferta pública de empleo, se fijarán de conformidad con la delimitación que, con carácter básico, realice el Estado para el año 2025, por medio de la correspondiente norma de rango legal y en el marco de los presupuestos generales del Estado para el año 2025, o, en su defecto, con la que resulta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y de acuerdo también con el Estatuto Básico del Empleado Público.

Respetando las disponibilidades presupuestarias del ejercicio de 2025, no computarán en el límite anterior las plazas correspondientes a convocatorias pendientes de ejecución que deriven de ofertas públicas de empleo de años anteriores, ni tampoco, dentro de los límites de las leyes anuales de presupuestos generales del Estado correspondientes en lo que respecta a las tasas máximas de reposición de efectivos y, en general, al número máximo de plazas de nuevo ingreso de cada año, las plazas inherentes a estas tasas y al número máximo de efectivos de nuevo ingreso todavía no convocadas o sin oferta pública de empleo.

2. En todo caso, las ofertas públicas de empleo de personal funcionario, de personal estatutario, de personal funcionario docente y de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma y de los entes que integran el sector público instrumental autonómico requerirán los informes previos y favorables de la Dirección General de Función Pública y de la Dirección General de Presupuestos y Financiación, que deberán pronunciarse, respectivamente, sobre los aspectos de legalidad aplicables y sobre los aspectos presupuestarios y de sostenibilidad financiera, a solicitud motivada del órgano directivo competente por razón de la materia.

Esta previsión se completa con la delimitación realizada por la legislación básica en el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (prorrogada para el año 2025), que establece que, durante el 2023, la incorporación de nuevo personal al sector público estará sometida a determinados límites y requisitos: la tasa de reposición será del 120 % en los sectores prioritarios y del 110 % para el resto de sectores. En todo caso, se respetarán las disponibilidades presupuestarias del capítulo I del correspondiente presupuesto de gastos.

Asimismo, el artículo 20 de la Ley 31/2022 dispone lo siguiente:

Para calcular la tasa de reposición de efectivos, el porcentaje de tasa máximo fijado se aplicará sobre la diferencia resultante entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios en cada uno de los respectivos sectores, ámbitos, cuerpos o categorías, y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado, en el referido ejercicio, por cualquier causa, salvo los procedentes de ofertas de empleo público, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo.

A estos efectos, se computarán los ceses en la prestación de servicios por jubilación, retiro, muerte, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo, o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa.

Igualmente, se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de traslados a otras Administraciones Públicas, así como las producidas como consecuencia de lo dispuesto en el apartado seis.3 de este artículo y el apartado uno.3 de las disposiciones adicionales vigésima primera, vigésima segunda y vigésima tercera respecto de la movilidad del personal con una relación preexistente, fija e indefinida en el sector de que se trate.

Las plazas de profesor contratado doctor que queden vacantes como consecuencia del acceso a un cuerpo docente universitario se podrán incluir en la tasa de reposición del ejercicio siguiente.

Además de las plazas derivadas de la aplicación de la tasa de reposición, otro número de plazas deriva de la tasa adicional que autoriza el artículo 20.Dos.4 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

Este precepto establece que cada Administración podrá autorizar, con carácter extraordinario, una tasa específica que sea necesaria para dar cumplimiento del objetivo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de manera que la temporalidad en el empleo público no supere el 8 % de las plazas de naturaleza estructural en cada uno de sus ámbitos, siempre que venga justificada de acuerdo con el instrumento de planificación plurianual con el que deberá contar.

Esta justificación consta en el correspondiente instrumento de planificación de reducción de la temporalidad aprobado mediante la Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social, el 20 de noviembre de 2025 y que contiene una previsión de las plazas a ofertar en el ejercicio actual. Esta tasa específica y extraordinaria se incorpora al presente acuerdo de oferta de empleo público de este ejercicio y corresponde a las plazas ocupadas por personal funcionario interino, y que no se han podido computar en tasas de estabilización anteriores por no reunir los requisitos establecidos.

Por otro lado, en relación con la promoción interna, hay que indicar que el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público la configura como una medida de planificación de recursos humanos que tiene por objeto contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y que la Administración debe facilitar como vía para adquirir las competencias y los requisitos necesarios correspondientes para la progresión en la carrera profesional desde los niveles inferiores hasta los superiores, y que no computa a efectos del cálculo de la tasa de reposición de efectivos.

De acuerdo con todo ello, y una vez realizado el cálculo que corresponde, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 la tasa de reposición resultante es de 191 plazas, que se ofrecerán por el turno libre; además, se aprueba una tasa específica y extraordinaria por el turno libre de 90 plazas y 66 plazas por el turno de promoción interna.

Así pues, es necesario aprobar la oferta de empleo público de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondiente al personal funcionario y al personal laboral del ámbito de los servicios generales para el año 2025, aunque, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la ejecución de esta oferta se realizará en un plazo improrrogable de tres años.

Esta oferta de empleo público se negoció en la sesión de día 20 de noviembre de 2025 de la Mesa Sectorial de Servicios Generales y del Comité Intercentros.

Por todo ello, y de conformidad con el artículo 5.2.k) de la Ley 3/2007, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera Trabajo, Función Pública y Diálogo Social, en la sesión de día 28 de noviembre de 2025, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Aprobar la oferta de empleo público para el año 2025 correspondiente al personal funcionario y laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el ámbito de los servicios generales, que supone un total de 347 plazas, con la distribución indicada en los anexos que se adjuntan y en los términos establecidos en este acuerdo.

Segundo. Desglosar las plazas de esta oferta del siguiente modo:

  1. 146 plazas de personal funcionario pertenecen a la oferta ordinaria correspondiente a la tasa de reposición de efectivos ordinaria, de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 20.Uno de la Ley 31/2022, las cuales se adjuntan a la columna de tasa ordinaria del anexo 1.
  2.  88 plazas de personal funcionario pertenecen a la oferta ordinaria correspondiente a la tasa específica y extraordinaria, de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 20.Dos.4 de la Ley 31/2022, las cuales se adjuntan a la columna de tasa específica y extraordinaria del anexo 1.
  3.  55 plazas de personal funcionario corresponden a la promoción interna de la oferta ordinaria, plazas que no computan a efectos del límite máximo de plazas derivado de la tasa ordinaria de reposición de efectivos, de acuerdo con los criterios que establece el artículo 20.Tres.4 de la Ley 31/2022, las cuales se adjuntan como anexo 2.
  4.  45 plazas de personal laboral pertenecen a la oferta ordinaria correspondiente a la tasa de reposición de efectivos ordinaria, de acuerdo con los criterios que establece el artículo 20.U de la Ley 31/2022, las cuales se adjuntan a la columna de tasa ordinaria del anexo 3.
  5.  2 plazas de personal laboral pertenecen a la oferta ordinaria correspondiente a la tasa específica y extraordinaria, de acuerdo con los criterios que establece el artículo 20.Dos.4 de la Ley 31/2022, las cuales se adjuntan a la columna de tasa específica y extraordinaria del anexo 3.
  6.  11 plazas de personal laboral corresponden a la promoción interna de la oferta ordinaria, plazas que no computan a efectos del límite máximo de plazas derivado de la tasa ordinaria de reposición de efectivos, de acuerdo con los criterios que establece el artículo 20.Tres.4 de la Ley 31/2022, las cuales se adjuntan como anexo 4.

Tercero. Reservar una cuota mínima de un 7 % del total de las plazas objeto de la oferta para que sean cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Esta reserva se desglosa de la siguiente forma:

  1.  Un mínimo del 5 % de las plazas se reservarán para personas con discapacidad funcional física, sensorial o psíquica.
  2.  Un mínimo del 2 % de las plazas se reservarán para personas con una discapacidad funcional que tenga su origen en una discapacidad funcional intelectual.

Cuarto. Disponer que las convocatorias correspondientes a los procesos selectivos de estas plazas se publicarán en el plazo improrrogable de tres años a contar desde la fecha de publicación de este acuerdo, garantizando el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y serán objeto de negociación en el correspondiente ámbito.

Quinto. Establecer que las plazas correspondientes a la oferta de empleo público para el año 2025 podrán acumularse a las que puedan corresponder a ejercicios anteriores y posteriores para que se tramiten en una única convocatoria.

Sexto. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con los artículos 8.2, 10.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que la persona interesada pueda interponer cualquier otro que considere procedente.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (28 de noviembre de 2025)

La secretaria del Consejo de Gobierno 

Antònia Maria Estarellas Torrens

 

 

La presidenta

Margarita Prohens Rigo

 

 

ANEXO 1 Oferta de empleo público ordinaria. Turno libre

Personal funcionario. Turno libre: 234 plazas (146 plazas de la tasa de reposición ordinaria y 88 de la tasa específica y extraordinaria)

Administración general: cuerpos y escalas

 

Tasa de reposición ordinaria

Tasa específica y extraordinaria

Total

Cuerpo superior

26 plazas en Mallorca

5 plazas: 4 en Mallorca y 1 en Ibiza

31 plazas: 30 en Mallorca y 1 en Ibiza

Cuerpo de gestión

3 plazas en Mallorca

 

3 plazas en Mallorca

Cuerpo administrativo

5 plazas: 4 en Mallorca y 1 en Ibiza

1 plaza en Mallorca

6 plazas: 5 en Mallorca y 1 en Ibiza

Cuerpo auxiliar

74 plazas: 70 en Mallorca, 2 en Menorca y 2 en Ibiza

34 plazas: 33 en Mallorca y 1 en Ibiza

108 plazas: 103 en Mallorca, 2 en Menorca y 3 en Ibiza

Cuerpo subalterno

 

14 plazas: 13 en Mallorca y 1 en Ibiza

14 plazas: 13 en Mallorca y 1 en Ibiza

 

Administración especial: cuerpos y escalas

Cuerpo facultativo superior

Tasa de reposición ordinaria

Tasa específica y extraordinaria

Total

Escala de arquitectura

3 plazas: 2 en Mallorca y 1 en Menorca

 

3 plazas: 2 en Mallorca y 1 en Menorca

Escala de ingeniería, especialidad ingeniería de montes

 

1 plaza en Mallorca

1 plaza en Mallorca

Escala de ingeniería, especialidad ingeniería de caminos, canales y puertos

1 plaza en Mallorca

 

1 plaza en Mallorca

Escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática

 

2 plazas en Mallorca

2 plazas en Mallorca

Escala de investigación, desarrollo e innovación, especialidad investigación y desarrollo

1 plaza en Mallorca

 

1 plaza en Mallorca

Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad ciencias de la información

1 plaza en Mallorca

1 plaza en Mallorca

2 plazas en Mallorca

Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad psicología

1 plaza en Mallorca

 

1 plaza en Mallorca

Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad asesoramiento lingüístico

 

1 plaza en Mallorca

1 plaza en Mallorca

Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad formación

 

3 plazas en Mallorca

3 plazas en Mallorca

Escala de prevención de riesgos laborales, especialidad prevención de riesgos laborales

1 plaza en Mallorca

 

1 plaza en Mallorca

Escala sanitaria, especialidad veterinaria

 

1 plaza en Ibiza

1 plaza en Ibiza

Escala sanitaria, especialidad medicina

1 plaza en Mallorca

 

1 plaza en Mallorca

 

Cuerpo facultativo técnico

Tasa de reposición ordinaria

Tasa específica y extraordinaria

Total

Escala de arquitectura técnica

 

1 plaza en Mallorca

1 plaza en Mallorca

Escala de ingeniería técnica, especialidad ingeniería técnica industrial

3 plazas: 2 en Mallorca y 1 en Menorca

2 plazas: 1 en Mallorca y 1 en Menorca

5 plazas: 3 en Mallorca y 2 en Menorca

Escala de ingeniería técnica, especialidad ingeniería técnica naval

 

1 plaza a Menorca

1 plaza a Menorca

Escala científico-técnica, especialidad medio ambiente

1 plaza a Menorca

1 plaza en Mallorca

2 plazas: 1 en Mallorca y 1 en Menorca

Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad educación social

1 plaza en Mallorca

1 plaza en Mallorca

2 plazas en Mallorca

Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad técnico/a en empleo y mercado de trabajo

1 plaza en Ibiza

 

1 plaza en Ibiza

Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad terapia

1 plaza en Mallorca

 

1 plaza en Mallorca

Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad terapia

1 plaza en Mallorca

 

1 plaza en Mallorca

Escala de archivos, museos, bibliotecas y documentación, especialidad biblioteconomía y

documentación

3 plazas: 1 en Mallorca y 2 en Menorca

 

3 plazas: 1 en Mallorca y 2 en Menorca

Escala de archivos, museos, bibliotecas y documentación, especialidad conservación y restauración de arqueología

 

2 plazas a Menorca

2 plazas a Menorca

Escala de archivos, museos, bibliotecas y documentación, especialidad técnico/a de archivos y museos

1 plaza en Ibiza

1 plaza en Mallorca

2 plazas: 1 en Mallorca y 1 en Ibiza

Escala sanitaria, especialidad ayudante técnico/a sanitario/a / DUI

1 plaza a Menorca

2 plazas en Mallorca

3 plazas: 2 en Mallorca y 1 en Menorca

Escala sanitaria, especialidad fisioterapia

1 plaza en Ibiza

 

1 plaza en Ibiza

 

 

 

 

Cuerpo ayudante facultativo

Tasa de reposición ordinaria

Tasa específica y extraordinaria

Total

Escala de agentes de medio ambiente

3 plazas: 2 en Mallorca y 1 en Menorca

2 plazas en Mallorca

5 plazas: 4 en Mallorca y 1 en Menorca

Escala socioeducativa, especialidad educación infantil

7 plazas: 3 en Mallorca, 3 a Menorca y 1 en Ibiza

8 plazas: 5 a Menorca y 3 en Ibiza

15 plazas: 3 en Mallorca, 8 en Menorca y 4 en Ibiza

Escala profesional de infraestructuras, especialidad ayudante facultativo

4 plazas: 3 en Mallorca y 1 en Menorca

3 plazas en Mallorca

7 plazas: 6 en Mallorca y 1 en Menorca

Escala de apoyo profesional especializado, especialidad delineación

1 plaza en Mallorca

 

1 plaza en Mallorca

       
       

Cuerpo auxiliar facultativo

Tasa de reposición ordinaria

Tasa específica y extraordinaria

Total

Escala de mecánica y conducción

 

1 plaza en Mallorca

1 plaza en Mallorca

 

ANEXO 2 Oferta de empleo público. Promoción interna

Personal funcionario. Promoción interna: 55 plazas

Administración general: cuerpos y escalas

Cuerpo superior

8 plazas en Mallorca

Cuerpo de gestión

4 plazas en Mallorca

Cuerpo administrativo

19 plazas: 18 plazas en Mallorca y 1 en Ibiza

Cuerpo auxiliar

21 plazas: 19 plazas en Mallorca, 1 en Menorca y 1 en Ibiza

 

​​​​​​​Administración especial: cuerpos y escalas

Cuerpo facultativo superior

Escala de ingeniería técnica, especialidad ingeniería agrónoma

1 plaza en Mallorca

Escala de ingeniería, especialidad ingeniería de caminos, canales y puertos

1 plaza en Mallorca

Cuerpo ayudante facultativo

Escala profesional de infraestructuras, especialidad ayudante facultativo

1 plaza en Mallorca

 

ANEXO 3 Oferta de empleo público ordinario. Turno libre

Personal laboral. Turno libre: 47 plazas (45 plazas de la tasa de reposición ordinaria y 2 de la tasa específica y extraordinaria)

 

Tasa de reposición ordinaria

Tasa específica y extraordinaria

Total

Auxiliar técnico/a educativo/a

42 plazas: 20 en Mallorca, 10 en Menorca, 10 en Ibiza y 2 en Formentera

 

42 plazas: 20 en Mallorca, 10 en Menorca, 10 en Ibiza y 2 en Formentera

Vigilante de seguridad

2 plazas en Mallorca

 

 

Peón especialista

1 plaza en Mallorca

1 plaza en Mallorca

2 plazas en Mallorca

Limpiador/a

 

1 plaza en Ibiza

1 plaza en Ibiza

 

ANEXO 4 Oferta de empleo público. Promoción interna

Personal laboral. Promoción interna: 11 plazas

Auxiliar técnico/a educativo/a

10 plazas: 7 en Mallorca, 1 en Menorca y 2 en Ibiza

Peón especialista

1 plaza en Mallorca