Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 882736
Requerimiento de documentación complementaria en el trámite de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (PITEIB PF)
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1. El 26 de diciembre de 2023 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU) (BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023 ).
2. Los servicios técnicos de la Dirección General de Economía Circular. Transición Energética y Cambio Climático han examinado las solicitudes y han detectado que falta una serie de documentación en los expedientes, que se detalla en la siguiente tabla, y que el interesado debe aportar, de acuerdo con el apartado décimo de la resolución de la convocatoria de referencia.
3. Cabe indicar que, en el caso de la enmienda de deficiencias, la fecha de presentación de la documentación de la enmienda es la que establece la orden para resolver el expediente, y, en el caso de la presentación de la aclaración , es la fecha de registro de la solicitud la que determina el orden de prelación.
| Expediente |
Solicitante |
NIF |
Anomalías y/o aclaración |
Observaciones |
| PF_PITEIB-3030/2024 |
ANTONIO JOAQUÍN ALMENDROS RUIZ |
***0146** |
- Presupuestos, en caso de que supere los 40.000 euros: Es necesaria la presentación de la puesta en servicio, puesto que no se ha podido comprobar su registro a autoconsumo. |
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| PF_PITEIB-3927/2024 |
Catalina Gomila Gelabert |
***7957** |
- Documento 4: memoria resumen de la actuación: La memoria técnica no incluye el ratio entre el consumo anual consumidor/producción anual FV. La potencia unitaria por el núm. de módulos FV no coincide con la potencia fotovoltaica solicitada (kWp). No se indica la total potencia de los inversores (kW). |
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En caso de que no presente la documentación mencionada en el plazo de diez días desde la publicación de esta comunicación en el BOIB, se le tendrá por desistido de su petición, dado el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común y de las administraciones públicas, previa resolución que declarará concluido el procedimiento y ordenará el archivo de las actuaciones realizadas hasta ese momento, de acuerdo con el artículo 21 de esta ley.
Palma, 27 de noviembre de 2025
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez