Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 879126
Constitución bolsa de trabajo extraordinaria de monitores y monitoras de apoyo para las escuelas de verano municipales
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Por Decreto de Alcaldía núm. 2025-5414, de 26 de noviembre de 2025, se ha resuelto lo siguiente:
«RESOLUCIÓN
1. Constituir, de acuerdo con la propuesta definitiva de la Comisión Técnica de Valoración, la bolsa de trabajo extraordinaria de monitores y monitoras de apoyo para las escuelas de verano municipales (BOIB núm. 44, de 10 de abril de 2025), que queda integrada por la persona siguiente:
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NÚM. |
ASPIRANTE |
PUNTOS |
|---|---|---|
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1 |
Martín Parera, Aina Maria |
0,50 |
2. Publicar esta bolsa en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Manacor y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
3. Esta bolsa tendrá una vigencia máxima de 3 años desde que se publique la resolución de constitución en el BOIB. Una vez haya transcurrido este periodo de tiempo la bolsa pierde la vigencia y no se puede reactivar.
Contra la presente resolución/acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 112 y 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podéis interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido (salvo que se trate de un acto dictado por delegación en este caso corresponderá la resolución al órgano delegante), en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación/publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.
También podéis interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la notificación /publicación de acuerdo con los artículos 8.1, 25,45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si optáis para interponer el recurso de reposición potestativo, no podréis interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel no sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, la cual se producirá si transcurre un mes sin que no se haya dictado y notificado una resolución expresa sobre el recurso presentado, podéis interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de seis meses contadores desde el día siguiente a la desestimación presunta.
Todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente».
Manacor, 26 de noviembre de 2025
La delegada genérica del área de Recursos Humanos Antònia Llodrà Brunet