Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ARTÀ

Núm. 874617
Aprobación del plan estratégico de subvenciones del ayuntamiento de Artà para 2026

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Artà, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de noviembre de 2025, ha aprobado el Plan Estratégico de Subvenciones para 2026, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, se hace público para su general conocimiento.

“PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ARTÀ PARA EL AÑO 2026

PREÁMBULO

De acuerdo con las previsiones del artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que obliga a las administraciones que pretendan conceder subvenciones a aprobar, previamente, un Plan estratégico, y de acuerdo con el artículo 10 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, el Ayuntamiento de Artà ha elaborado el presente documento que pretende ser el Plan estratégico de subvenciones para el año 2026.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la transparencia que, junto con la gran variedad de instrumentos que se articulan en la Ley, afecta de forma directa a un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.

En este aspecto, una mayor información sobre las subvenciones hará posible eliminar las distorsiones e interferencias que puedan afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las diferentes Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento.

Para mejorar la eficacia, en la legislación se prevé que se proceda a elaborar un Plan Estratégico de Subvenciones —instrumento de organización de las políticas públicas que tiene como finalidad el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública— con carácter previo al nacimiento de las subvenciones.

Este Plan estratégico, además de cumplir con la obligación jurídica que establece la mencionada Ley General de Subvenciones, desarrollada y concretada como se ha dicho por el Real Decreto 887/2006 que aprueba su reglamento, quiere introducir una conexión entre los objetivos y los efectos que se pretenden conseguir, los costes previsibles y los fondos de financiación con el objeto de adecuar las necesidades públicas que deben cubrirse vía subvenciones con la previsión de los recursos disponibles.

Por ello, este Ayuntamiento aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones cuyo articulado figura a continuación.

 

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1

Las subvenciones que conceda el Ayuntamiento de Artà durante el año 2026, se ajustarán a lo que prevé este Plan.

Artículo 2

Para hacer efectivas las subvenciones previstas en este Plan, se requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en el Presupuesto municipal y la aprobación de las convocatorias reguladoras para su concesión, si se trata de subvenciones en concurrencia, competitiva o no, o bien del correspondiente convenio regulador o resolución de concesión, si se trata de subvenciones nominativas.

Artículo 3

Las afectaciones financieras que se comprometen en este Plan se corresponden principalmente con las previsiones presupuestarias del Capítulo IV del presupuesto de gastos municipal y con aquellas otras que, eventualmente, puedan comprometer las convocatorias pertinentes o que el objeto de la subvención nominativa prevista determine.

Artículo 4

El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Artículo 5

La aprobación del Plan estratégico de subvenciones no supone la generación de ningún tipo de derecho en favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación en caso de que el Plan no llegase a llevarse a cabo.

Artículo 6

La efectividad de este Plan queda condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, que dependerá, entre otros condicionantes básicamente, de la disponibilidad presupuestaria del ejercicio y de la solicitud de los beneficiarios, en su caso.

 

CAPÍTULO II BENEFICIARIOS Y MATERIAS EN QUE SE ESTABLECERÁN SUBVENCIONES

Artículo 7

El Ayuntamiento de Artà concederá subvenciones, mediante los procedimientos previstos en las Bases generales de subvenciones, aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento, a favor de personas, asociaciones o entidades públicas o privadas con la finalidad de fomentar y promover la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.

Artículo 8

El Ayuntamiento establece para el año 2026 los siguientes objetivos estratégicos:

1.- Fomento de la cultura, el ocio y el tiempo libre.

2.- Fomento de la participación ciudadana y el asociacionismo.

3.- Fomento de la práctica del deporte.

4.- Fomento del uso de la lengua catalana.

5.- Apoyo social.

6.- Incentivar el mantenimiento de sectores productivos.

Finalmente y con carácter general podrá marcarse como subvencionable cualquier otro objetivo siempre que sea complementario de la actividad municipal y que así lo acuerde el Ayuntamiento.

 

CAPÍTULO III CONTROL Y VIGENCIA

Artículo 9

Este Plan será vigente del día 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026 como primer documento de planificación estratégica de las políticas de subvención del Ayuntamiento de Artà. Esta coincidencia con la anualidad presupuestaria garantiza la existencia de crédito adecuado y suficiente para su ejecución.

Su aprobación se llevará a cabo con la aprobación del Presupuesto municipal, sin perjuicio de cualquier modificación, revisión o revocación anticipada que pueda formularse en función de las variaciones de los objetivos estratégicos previstos.

Artículo 10

Se prevé el control y seguimiento del presente Plan Estratégico de Subvenciones para evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos planteados y su eficacia.

 

ANEXO I PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2026

1.- Fomento de la cultura, el ocio y el tiempo libre.

2.- Fomento de la participación ciudadana y el asociacionismo.

3.- Fomento de la práctica del deporte.

4.- Fomento del uso de la lengua catalana.

5.- Apoyo social.

6.- Incentivar el mantenimiento de sectores productivos.

1.- Objetivo estratégico. Cultura, ocio y tiempo libre

Aplicación presupuestaria

Área gestora

Sector beneficiarios

Objeto

Importe

Fuente financiación

Modalidad

3231 48008 01

Servicios educativos

AMIPAs

Escuelas de verano

20.000,00

Fondos propios

Nominativa

2.- Fomento de la participación ciudadana y el asociacionismo

Aplicación

presupostaria

Area Gestora

Sector beneficiarios

Objeto

Importe

Fuente

financiación

Modalidad

3342 48001 01

Dinamización cultural

Entitadades

ciudadanas

Actividades y funcionamiento

31.250,00

Fondos propios

Concurrencia

3342 48004 01

Dinamización cultural

Revista Bellpuig

Actividades y funcionamiento

10.000,00

Fondos propios

Nominativa

3342 48005 01

Dinamización cultural

Asociación 3ª Edad Artà

Actividades y funcionamiento

4.000,20

Fondos propios

Nominativa

3342 48006 01

Dinamización cultural

Asociación 3ª Edad Colònia Sant Pere

Actividades y funcionamiento

2.500,00

Fondos propios

Nominativa

3344 48016 01

Dinamización cultural

Amics de la música de Sa Colònia

Actividades y funcionamiento

2.000,00

Fondos propios

Nominativa

4321 48000 01

Dinamización cultural

Miquel ferrer

Actividades y funcionamiento

12.000,00

Fondos propios

Nominativa

3342 48009 01

Dinamización cultural

Centre cultural Colònia Sant Pere

Actividades y funcionamiento

1.500,00

Fondos propios

Nominativa

3.- Fomento de la práctica del deporte

Aplicación

pressupuestaria

Area Gestora

Sector beneficiarios

Objeto

Importe

Fuente

financiación

Modalidad

3411 48001 01

Deportes

Deportistas

Ayudas destinadas a entidades deportivas y deportistas individuales

45.186,25

Fondos propios

Concurrencia

3411 48001 02

Deportes

Club atletismo

Fomento del deporte

5.500,00

Fondos propios

Nominativa

3411 48001 03

Deportes

Club ciclista

Fomento del deporte

4.700,00

Fondos propios

Nominativa

3411 48001 04

Deportes

Club Judo Renshinkan

Fomento del deporte

2.000,00

Fondos propios

Nominativa

3423 48010 01

Deportes

Club Hípic

Fomento del deporte

10.000,00

Fondos propios

Nominativa

3423 48011 01

Deportes

Associació Cavalls de Vida Capdepera

Fomento del deporte

34.000,00

Fondos propios

Nominativa

4.- Fomento del uso de la lengua catalana

Aplicació pressupostaria

Area Gestora

Sector beneficiarios

Objeto

Importe

Fuente

financiación

Modalidad

3341 47900 01

Normalización

lingüística

Empresas

Fomento del uso de la lengua catalana

3.000,00

Fondos propios

Concurrencia

5.- Objetivo estratégico. Bienestar social

Aplicación presupuestaria

Área Gestora

Sector beneficiarios

Objeto

Importe

Fuente financiación

Modalidad

2311 48000 01

Servicios sociales

Familias

Ayudas destinadas a necesidades básicas y escolares

10.000,00

Fondos propios

Concurrencia

2315 48015 01

Servicios sociales

Fondo Mallorquín Solidaridad

Proyectos sociales

5.000,00

Fondos propios

Nominativa

2315 48016 01

Servicios sociales

Aproscom

Programas, proyectos y acciones para personas atendidas en la entidad

10.135,00

Fondos propios

Nominativa

2315 48017 01

Servicios sociales

Estel de Llevant

Proyectos sociales

4.531,00

Fondos propios

Nominativa

2315 48018 01

Servicios sociales

Deixalles

Programas, proyectos y acciones para personas atendidas en la entidad

12.000,00

Fondos propios

Nominativa

2315 48027 01

Servicios sociales

Esclerosi múltiple

Programas, proyectos y acciones para personas atendidas en la entidad

800,00

Fondos propios

Nominativa

2315 48028 01

Servicios sociales

Creu Roja

Proyectos sociales

10.400,00

Fondos propios

Nominativa

2315 48029 01

Servicios sociales

Projecte Home

Programas, proyectos y acciones para personas atendidas en la entidad

8.000,00

Fondos propios

Nominativa

2315 48030 01

Servicios sociales

Convenio Som capaços

Programas, proyectos y acciones para personas atendidas en la entidad

2.000,00

Fondos propios

Nominativa

2315 49000 01

Servicios sociales

Cooperació internacional

Proyectos de carácter social

10.000,00

Fondos propios

Concurrencia

6.- Incentivo sectores productivos

Aplicación

pressupuostaria

Area Gestora

Sector beneficiarios

Objeto

Importe

Fuente

financiación

Modalidad

4301 48032 01

Promoción

económica

Conveni Artà empresarial

Fomento de la actividad empresarial y comercial

15.000,00

Fondos propios

Nominativa

4301 48031 01

Promoción

económica

Empresas y comercios

Fomento de la actividad empresarial y comercial

5.000,00

Fondos propios

Concurrencia

 

(Firmado electrónicamente: 25 de noviembre de 2025

El alcalde Manuel Galán Massanet)